Norma Legal Oficial del día 12 de septiembre del año 2019 (12/09/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

El Peruano / Jueves 12 de setiembre de 2019

NORMAS LEGALES

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caso, para el proceso de ejecución de las actividades o proyectos de inversión pública materia del convenio; Que, con Oficio N° 101-2019-MDP/A de fecha 29.MAY.2019, el Alcalde de la Municipalidad Distrital de Parcoy, solicita ante el Gobernador Regional el Financiamiento y Transferencia Financiera para ejecutar el PIP, código único de inversión N° 2320779, "Mejoramiento del Servicio Educativo de la I.E. 80454 Andrés Avelino Cáceres, nivel primario en la localidad de Parcoy ­ Pataz ­ La Libertad", por la suma de S/. 2,292,453.95; Que, la solicitud antes referida, ha sido canalizada a la Gerencia Regional de Infraestructura, quién con Oficio N° 1002-2019-GRLL-GGR/GRI de fecha 12.JUN.2019, solicita ante la Gerencia Regional de Administración el informe que contenga la opinión favorable y la disponibilidad de recursos financieros destinados a la Transferencia Financiera requerida por la Municipalidad Distrital de Parcoy, precisándose que la citada información constituye el requisito indispensable para la elaboración del Convenio de Transferencia Financiera, siguiendo los lineamientos contenidos en la Norma General Regional que regula el procedimiento para la admisión, aprobación y ejecución de Transferencias Financieras a Gobiernos Locales, aprobada con Resolución Ejecutiva Regional N° 1041-2016-GRLL/ GOB; Que, la Gerencia General de Administración, mediante su Oficio N° 384-2019-GRLL-GGR/GRA de fecha 13.JUN.2019, en atención a la solicitud promovida por la Gerencia Regional de Infraestructura, indicada en el párrafo precedente, informa a la Gerencia Regional de Presupuesto, que cuenta con la disponibilidad presupuestal financiera en los saldos de balance determinados al 31 de diciembre del 2018, proveniente de los fondos del canon y sobre canon, regalías, renta de aduanas y participaciones, fuente financiamiento Recursos Determinados, por el monto de S/. 2,292,453.95 "Mejoramiento del Servicio Educativo de la I.E. 80454 Andrés Avelino Cáceres, nivel primario en la localidad de Parcoy ­ Pataz ­ La Libertad"; Que, el Gerente Regional de Presupuesto con Informe N° 116-2019-GR-LL-GGR-GRP, emite la opinión correspondiente relativa a la transferencia financiera referida en el párrafo precedente, señalando que cuenta con la respectiva disponibilidad presupuestal del Gobierno Regional La Libertad, por el monto de S/. 2,292,453.95, de la fuente de financiamiento cano y sobre canon, sujetándose además a las disposiciones señaladas en el literal e) del numeral 16.1; así como a lo establecido en los numerales 16.2 y 16.3 de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, y a lo dispuesto en la Norma General Regional que regula el procedimiento para la admisión, aprobación y ejecución de Transferencias Financieras a Gobiernos Locales, aprobada con Resolución ejecutiva Regional N° 1041-2016-GRLL/GOB; Que, con Informe Legal N° 09-2019-GRLL-GGR/ GRAJ, el Gerente Regional de Asesoría Jurídica opina que es FAVORABLE la aprobación por el Pleno del Consejo Regional La Libertad, el proyecto de Acuerdo Regional relativo a APROBAR la Transferencia Financiera a favor de la Municipalidad Distrital de Parcoy, hasta por la suma de DOS MILLONES, DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL, CUATROCIENTOS CINCUENTA Y TRES CON 95/100 SOLES (S/. 2,292,453.95) destinados al cofinanciamiento de la ejecución del PIP, CON CÓDIGO ÚNICO DE INVERSIÓN 2320779 "MEJORAMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO DE LA I.E. 80454 ANDRÉS AVELINO CÁCERES, NIVEL PRIMARIO EN LA LOCALIDAD DE PARCOY ­ PATAZ ­ LA LIBERTAD"; los cuales no podrán ser destinados a fines distintos para los cuales son transferidos; Que, con Oficio N° 402-2019-GRLL-GOB/GGR de fecha 27.JUN.2019, el Gerente General Regional Ing. Eduardo José Azabache Alvarado, comunica al Consejo Regional La Libertad, el levantamiento de observaciones efectuadas por el Consejo Regional en sesión extraordinaria de fecha 18.JUN.2019, reingresando el expediente para su respectiva merituación por el Pleno del Consejo Regional; Que, en consideración el análisis efectuado, lo sustentado por el Gerente de Presupuesto, la normatividad vigente, y estando al sustento de la opinión técnica y legal expuesta en el presente, precisando que en virtud del principio de Buena Fe, Presunción de Veracidad y Confianza, se debe asumir que los órganos competentes

del Gobierno Regional La Libertad le proporcionan información al Consejo Regional que se ajusta a la realidad y que es correcta, debiendo proceder conforme a ella. Sin embargo, se prescribe que dicha información, es de naturaleza iuris tantum por tratarse de una presunción que admite prueba en contrario y, por tanto, podrá ser objeto de fiscalización y control posterior por los órganos y organismos correspondientes El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, en uso de sus atribuciones conferidas por los Artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Perú; Ley Orgánica de Gobierno Regionales, Ley N° 27867 y sus modificatorias; y los Artículos 23° y 64° del Reglamento Interno del Consejo Regional La Libertad aprobado con Ordenanza Regional N° 005-2010-GRLL/CR, demás normas complementarias; con dispensa de lectura y aprobación de Acta, el Pleno del Consejo Regional ACORDÓ POR UNANIMIDAD: Artículo Primero.- APROBAR la Transferencia Financiera a favor de la Municipalidad Distrital de Parcoy, hasta por la suma de DOS MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y TRES CON 95/100 SOLES (S/. 2,292,453.95), destinados al cofinanciamiento de la ejecución del PIP, con CÓDIGO ÚNICO DE INVERSIÓN 2320779 "MEJORAMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO DE LA I.E. 80454 ANDRÉS AVELINO CÁCERES, NIVEL PRIMARIO EN LA LOCALIDAD DE PARCOY ­ PATAZ ­ LA LIBERTAD", los cuales no podrán ser destinados a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo Segundo.- AUTORIZAR, al Gobernador Regional del Gobierno Regional La Libertad, la suscripción del Convenio respectivo, conforme a lo determinado en el literal e) del numeral 16.1 del artículo 16° de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, así como disponer las acciones necesarias para la transferencia financiera autorizada en el artículo precedente. Artículo Tercero.- DESIGNAR al Gerente Regional de Infraestructura del Gobierno Regional de La Libertad, bajo responsabilidad, del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales son entregados los recursos que comprenden la Transferencia Financiera que se aprueba en el artículo primero del presente Acuerdo Regional. Artículo Cuarto.- DIFUNDIR el presente Acuerdo Regional en el Diario Oficial El Peruano y a través del portal electrónico del Gobierno Regional de La Libertad. POR TANTO: Regístrese, notifíquese y cúmplase. DAVID OSVALDO CALDERÓN DE LOS RÍOS Presidente 1805583-1

Autorizan Transferencia Financiera al Programa de Compensación para la Competitividad - AGROIDEAS destinada a cofinanciar la ejecución de proyectos
ACUERDO REGIONAL N° 041-2019-GR-LL/CR Trujillo, 28 de junio del 2019. APRUEBAN AUTORIZAR LA TRANSFERENCIA FINANCIERA AL PROGRAMA DE COMPENSACIÓN PARA LA COMPETITIVIDAD - AGROIDEAS, DESTINADA A COFINANCIAR LA EJECUCIÓN DE LOS PROYECTOS "PLANTA DE PROCESAMIENTO DE PAPA EN LA PROVINCIA DE JULCÁN" Y "PLANTA DE DESAPONIFICADO DE QUINUA Y DE DESAMARGADO DE TARWI EN LA PROVINCIA DE SÁNCHEZ CARRIÓN" El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, en su Sesión Extraordinaria de fecha 28 de junio