Norma Legal Oficial del día 22 de octubre del año 2019 (22/10/2019)


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NORMAS LEGALES

Martes 22 de octubre de 2019 /

El Peruano

Especializada en Delitos de Crimen Organizado y de Corrupción de Funcionarios. CONSIDERANDO: Primero. Que, mediante Resolución Administrativa N° 276-2019-CE-PJ de fecha 3 de julio de 2019, se prorrogó por el plazo de 90 días calendarios el proceso de reestructuración y adaptación de los órganos jurisdiccionales y administrativos que conforman la Corte Superior de Justicia Especializada en Delitos de Crimen Organizado y de Corrupción de Funcionarios. Segundo. Que, la Presidenta (P) de la Corte Superior de Justicia Especializada en Delitos de Crimen Organizado y de Corrupción de Funcionarios remite el Informe Ampliatorio N° 09-2019-P-CSJE-PJ, que contiene los escenarios puntuales que fueron trabajados en el proceso de reestructuración y adaptación de los órganos jurisdiccionales y administrativos que conforman la referida Corte Superior; estableciendo cuatro secciones de análisis representadas de la siguiente forma: 1) Antecedentes 2) Objetivos trasados al solicitarse la prórroga del régimen transitorio en la Corte Superior de Justicia Especializada en Delitos de Crimen Organizado y de Corrupción de Funcionarios. 3) Acciones adoptadas en el Periodo de Gestión Transitorio. 4) Conclusiones y propuestas presentadas al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. Tercero. Que, asimismo, la Presidenta (P) de la Corte Superior de Justicia Especializada en Delitos de Crimen Organizado y de Corrupción de Funcionarios, solicita que se otorgue un plazo adicional razonable de 90 días para concluir el proceso de aprobación de documentos de gestión de la referida Corte Superior. Cuarto. Que el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. En consecuencia, en mérito al Acuerdo N° 12632019 de la cuadragésimo primera sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Lecaros Cornejo, Arévalo Vela, Lama More, Álvarez Trujillo, Pareja Centeno y Castillo Venegas en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Tener presente la información remitida por la Presidenta (P) de la Corte Superior de Justicia Especializada en Delitos de Crimen Organizado y de Corrupción de Funcionarios. Artículo Segundo.- Prorrogar por el plazo de 90 días calendarios, el proceso de reestructuración y adaptación de los órganos jurisdiccionales y administrativos que conforman la Corte Superior de Justicia Especializada en Delitos de Crimen Organizado y de Corrupción de Funcionarios. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Presidenta (P) de la Corte Superior de Justicia Especializada en Delitos de Crimen Organizado y de Corrupción de Funcionarios; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO Presidente 1819065-1

Prorrogan ampliación de funcionamiento del 3° Juzgado de Paz Letrado del distrito y provincia de Huaraz, Corte Superior de Justicia de Ancash, y dictan otras disposiciones
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 415-2019-CE-PJ Lima, 16 de octubre de 2019 VISTO: El Oficio N° 594-2019-OPJ-CNPJ-CE/PJ que adjunta el Informe N° 068-2019-OPJ-CNPJ-CE/PJ, cursado por el Jefe de la Oficina de Productividad Judicial. CONSIDERANDO: Primero. Que, el Secretario General del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial derivó al Jefe de la Oficina de Productividad Judicial el Oficio N° 3730-2019-P-CSJANPJ, a través del cual el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ancash solicita ampliar la permanencia del 3° Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Huaraz. Segundo. Que, el Jefe de la Oficina de Productividad Judicial remite a la Presidencia de este Órgano de Gobierno el Informe N° 068-2019-OPJ-CNPJ-CE/PJ, a través del cual informó lo siguiente: a) El 3° Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Huaraz, cuya sede de origen corresponde al Distrito de Chacas de la Provincia de Asunción, al mes de junio de 2019 resolvió solo 305 expedientes de una carga procesal de 1,061 expedientes, presentando un avance de meta de tan solo 25%, el cual representó un atraso superior a los dos meses respecto al avance ideal del 45% que debió presentar al referido mes; mientras que durante el mismo período el 1° y 2° Juzgados de Paz Letrados resolvieron 706 y 629 expedientes, de los cuales 297 y 434, respectivamente, correspondieron a "improcedencias", las cuales representaron respectivamente el 42% y 69% de sus expedientes resueltos, manteniéndose una elevada carga pendiente promedio de 845 expedientes. b) Debido a la considerable cantidad de "improcedencias" registradas por el 1º y 2º Juzgados de Paz Letrados del Distrito y Provincia de Huaraz; así como a la problemática que ha originado el bajo desempeño del 3º Juzgado de Paz Letrado del Distrito y Provincia de Huaraz, señala que estos aspectos fueron observados desde la evaluación de prórroga de funcionamiento del 3° Juzgado de Paz Letrado de Huaraz en el mes de junio de 2019, lo cual motivó que el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispusiera mediante el artículo décimo de la Resolución Administrativa Nº 256-2019-CE-PJ de fecha 26 de junio de 2019, que la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Ancash informe en breve plazo a la Presidencia de la Comisión Nacional de Productividad Judicial sobre dichos aspectos; sin embargo, debido al incumplimiento de dicha disposición, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante el artículo noveno de la Resolución Administrativa N° 341-2019-CE-PJ de fecha 21 de agosto de 2019, exhortó a la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Ancash para que en el breve plazo presente el informe requerido. Al respecto, la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Ancash remitió el 24 y 27 de setiembre de 2019 los Oficios Nros. 170 y 172-2019-J-ODECMA-CSJAN/PJ de fechas 18 y 26 de setiembre de 2019, después de aproximadamente tres meses de publicada la Resolución Administrativa N° 256-2019-CE-PJ (29.06.2019) en la que originalmente se requirió dicho informe y de aproximadamente un mes de publicada la Resolución Administrativa N° 341-2019-CEPJ (29.08.2019) que reiteró el citado requerimiento, no señalando los motivos por los cuales el 1° y 2° Juzgados