Norma Legal Oficial del día 13 de octubre del año 2019 (13/10/2019)
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NORMAS LEGALES
Domingo 13 de octubre de 2019 /
El Peruano
Que, la citada Sexagésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693 establece que los gastos que se efectúen en el marco de lo establecido por dicha disposición, deberán contar previamente con una autorización aprobada mediante resolución del titular del Ministerio de Relaciones Exteriores; Que, la cooperación entre la República de Perú y la República del Paraguay se enmarca en el Convenio Básico de Cooperación Técnica y Científica, suscrito el 7 de agosto de 1996, a través del cual se estableció un mecanismo de seguimiento, cuyas reuniones se realizan cada dos (02) años alternadamente; Que, en la III Reunión de la Comisión Mixta PeruanoParaguaya, realizada el 31 de octubre de 2017, se aprobó el Programa de Cooperación 2017-2019, el cual está conformado, entre otros, por el Proyecto denominado "Descripción, Digitalización, Conservación y Restauración de Documentos"; Que, en el marco del mencionado Proyecto, se ha programado la cuarta actividad que se llevará a cabo en la ciudad de Asunción, República del Paraguay, del 3 al 8 de noviembre 2019 y cuyas instituciones ejecutoras son, el Archivo General de la Nación (AGN) de la República del Perú y el Archivo Nacional de Asunción (ANA) de la República del Paraguay; Que, en la referida actividad, la asistencia técnica y capacitación que brindará el AGN contribuirá al fortalecimiento de las capacidades técnicas del ANA en materia de Paleografía, Instituciones Coloniales, documentales, encuadernación, cosido a la española, entre otros, lo que coadyuvará a la elaboración de mejores inventarios y catálogos, mejorar la descripción documental de los fondos y brindar una mejor calidad a los usuarios del ANA del Paraguay; Que, en dicha actividad, participarán los servidores civiles de nacionalidad peruana Doris Isabel Argomedo Cabezas, Celia Miriam Soto Molina y Amancio Demetrio Arellan Malpica, quienes brindarán asistencia técnica y capacitación en la ciudad de Asunción, República del Paraguay; Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos que irrogue el desplazamiento de los mencionados servidores civiles serán cubiertos con el presupuesto institucional de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional APCI; Que, mediante Memorándum N° 0752-2019-APCI/ OGA, de 6 de setiembre de 2019, la Oficina General de Administración de la APCI informó respecto del importe de los pasajes aéreos y viáticos a ser autorizados; asimismo, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la APCI, mediante los Memorándums N° 0403-2019-APCI/ OPP y N° 0411-2019-APCI/OPP, de 2 y 6 de setiembre de 2019, indicaron que se cuenta con la disponibilidad presupuestal, emitiendo las respectivas certificaciones de crédito presupuestal; Que, a su vez, la Dirección de Gestión y Negociación Internacional de la APCI, mediante Informe N° 0117-2019APCI/DGNI, de 10 de setiembre de 2019, emitió opinión técnica, concluyendo que resulta necesario proceder con la autorización de gasto por concepto de pasajes aéreos y viáticos para el desplazamiento de los servidores civiles del AGN de la República del Perú; por lo que siendo así, la Oficina de Asesoría Jurídica de la APCI, mediante Informe N° 0229-2019/APCI-OAJ, de 11 de setiembre de 2019, verificó el cumplimiento de los requisitos y disposiciones establecidas en la normativa sobre la materia y sus directivas internas, opinando favorablemente por la gestión de la autorización de gasto; Que, a través del Memorándum (DCI) N° DCI000613/2019, la Dirección de Cooperación Internacional de la Dirección General para Asuntos Económicos del Ministerio de Relaciones Exteriores, indica que ha verificado que lo requerido por la APCI se encuentra en consonancia con el objetivo estratégico del sector relacionado con el fortalecimiento de la Cooperación Sur-Sur y del rol de nuestro país como oferente de cooperación; De conformidad con la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones
Exteriores, aprobado mediante Decreto Supremo N° 135-2010-RE; la Ley N° 27692, Ley de creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional APCI; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la APCI, aprobado por Decreto Supremo N° 028-2007-RE, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar a la Agencia Peruana de Cooperación Internacional APCI, el gasto por concepto de adquisición de pasajes aéreos y viáticos para el desplazamiento de los señores, Doris Isabel Argomedo Cabezas, Celia Miriam Soto Molina y Amancio Demetrio Arellan Malpica, servidores civiles peruanos del Archivo General de la Nación de la República del Perú, quienes brindarán asistencia técnica y capacitación en el marco de la ejecución de la cuarta actividad del Proyecto denominado "Descripción, Digitalización, Conservación y Restauración de Documentos", a realizarse en la ciudad de Asunción, República del Paraguay, del 3 al 8 de noviembre de 2019, de acuerdo con el siguiente detalle:
Pasajes Aéreos Viáticos Total de Número Clase Económica por día viáticos de días en USD USD USD 633.43 633.43 633.43 370.00 370.00 370.00 6 6 6 2220.00 2220.00 2220.00
Nombres y Apellidos Doris Isabel Argomedo Cabezas Celia Miriam Soto Molina Amancio Demetrio Arellan Malpica
Artículo 2°.- La Agencia Peruana de Cooperación Internacional APCI, remitirá al Ministerio de Relaciones Exteriores, un informe detallado con posterioridad al cierre de la actividad, sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos, así como el detalle de los gastos efectuados, en base a la presente autorización. Artículo 3°.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. GUSTAVO MEZA-CUADRA V. Ministro de Relaciones Exteriores 1815098-2
Autorizan viaje de funcionaria diplomática a Chile, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0709/RE-2019 Lima, 9 de octubre de 2019 CONSIDERANDO: Que, la Alianza del Pacífico es una iniciativa de integración regional para conformar un área de integración profunda en la que se busca avanzar hacia la liberación del comercio de bienes, y la libre circulación de servicios, capitales y personas, como parte de una estrategia para consolidar una plataforma económica común para proyectarse al Asia-Pacífico y al mundo; Que, el Plan Estratégico Institucional 2017-2019 del Ministerio de Relaciones Exteriores, establece como acción estratégica sectorial, para el logro del objetivo estratégico referido al fortalecimiento y la ampliación de las relaciones bilaterales y multilaterales en regiones estratégicas, el "Fortalecer esquemas modernos y efectivos de integración regional, priorizando la Alianza del Pacífico y la Comunidad Andina"; Que, en la XIV Cumbre de la Alianza del Pacífico se trasladó la Presidencia Pro Témpore a la República de Chile, país que ha organizado en la ciudad de Santiago, República de Chile, entre otras, las siguientes reuniones: