Norma Legal Oficial del día 25 de marzo del año 2019 (25/03/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES ORGANISMOS EJECUTORES

Lunes 25 de marzo de 2019 /

El Peruano

ORGANISMOS REGULADORES

ARCHIVO GENERAL DE LA NACION
Aceptan renuncia, dejan sin efecto designacion y encargan funciones de la Dirección de Archivo Notarial
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 064-2019-AGN/J Lima, 22 de marzo de 2019 VISTA, la carta de renuncia de fecha 21 de marzo de 2019, y; CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo N° 005-2018MC, publicado el 15 de junio de 2018, se aprueba el Reglamento de Organizaciones y Funciones (ROF) del Archivo General de la Nación; Que, a través de la Resolución Ministerial N° 500-2018MC, de fecha 30 de noviembre de 2018, se aprueba el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP del Archivo General de la Nación, que contempla el cargo de confianza de Director de la Dirección de Archivo Notarial; Que, mediante Resolución Jefatural N° 313-2018-AGN/J, publicada el 8 de diciembre de 2018, se designa al señor Luis Guillermo Agurto Villegas en el cargo de Director de la Dirección de Archivo Notarial del Archivo General de la Nación; Que, se designa temporalmente al señor Luis Guillermo Agurto Villegas como Jefe del Área de Control y Supervisión de la Dirección de Desarrollo de Políticas Archivísticas con Resolución Jefatural N° 038-2019-AGN/J; Que, mediante documento de Vista el señor Luis Guillermo Agurto Villegas formula renuncia al cargo y funciones designadas, por lo que corresponde aceptar la misma y encargar las funciones desempeñadas, en tanto se designe al Titular; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el Reglamento de Organización y Funciones del Archivo General de la Nación, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2018-MC; Con los visados del Área de Recursos Humanos, Oficina de Administración, Oficina de Asesoría Jurídica y Secretaría General; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Luis Guillermo Agurto Villegas al cargo de Director de Archivo Notarial y Jefe del Área de Control y Supervisión de la Dirección de Desarrollo de Políticas Archivísticas, dándole las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Dejar sin efecto la Resolución Jefatural N° 038-2019-AGN/J en el extremo referido a la designación temporal de la Jefatura del Área de Control y Supervisión de la Dirección de Desarrollo de Políticas Archivísticas, por los considerandos expuestos. Artículo 4.- Encargar a la señora Marlitt Rodríguez Francia las funciones de la Dirección de Archivo Notarial del Archivo General de la Nación, en tanto se designe al Titular. Artículo 5.- Disponer que el Área de Trámite Documentario y Archivo, notifique la presente Resolución Jefatural a los interesados. Artículo 6.- Publicar la presente Resolución Jefatural en el en el Diario Oficial el Peruano y en el portal web Institucional del Archivo General de la Nación (www.agn. gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS GUILLERMO CORTÉS CARCELÉN Jefe Institucional (e) 1752923-1

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE DE USO PUBLICO
Aprueban el Reglamento de Atención de Reclamos de Usuarios presentado por la empresa concesionaria Salaverry Terminal Internacional S.A.
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 0016-2019-CD-OSITRAN Lima, 20 de marzo de 2019 VISTOS: La Carta Nº 022-2019-STI/GAF remitida por Salaverry Terminal Internacional S.A.; el Memorando Nº 107-2019-GAU-OSITRAN de la Gerencia de Atención al Usuario; el Memorando Nº 111-2019-GAJ-OSITRAN de la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Informe Nº 033-2019-GAUOSITRAN de la Gerencia de Atención al Usuario; y, CONSIDERANDO: Que, la misión de OSITRAN es regular el comportamiento de los mercados en los que actúan las entidades prestadoras, así como el cumplimiento de los contratos de concesión, cautelando de forma imparcial y objetiva los intereses del Estado, de los inversionistas y de los usuarios, a fin de garantizar la eficiencia en la explotación de la infraestructura bajo su ámbito; Que, el literal c) del numeral 3.1. de la Ley Nº 27332, señala que los Organismos Reguladores ejercen la función normativa que comprende la facultad de dictar en el ámbito y en materia de sus respectivas competencias, los reglamentos, normas que regulen los procedimientos a su cargo, otras de carácter general y mandatos u otras normas de carácter particular referidas a intereses, obligaciones o derechos de las entidades o actividades supervisadas o de sus usuarios; Que, el artículo 6 de la Ley Nº 26917, Ley de Supervisión de la Inversión Privada en Infraestructura de Transporte de Uso Público, establece que el OSITRAN ejerce entre otras, la atribución normativa la cual comprende la potestad exclusiva de dictar, en el ámbito de sus competencias, reglamentos autónomos y otras normas referidas a intereses, obligaciones o derechos de las Entidades Prestadoras o de los usuarios; Que, en el artículo 12 del Reglamento General de OSITRAN, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 044-2006-PCM y sus modificatorias, se establece que la referida función normativa es ejercida de manera exclusiva por el Consejo Directivo del OSITRAN y se ejerce a través de resoluciones; Que, en el artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones de OSITRAN, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2015-PCM, se establece que el Consejo Directivo tiene entre sus funciones el ejercicio de la función normativa y reguladora respecto de la Infraestructura de Transporte Público de competencia de OSITRAN; Que, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 019-2011-CD-OSITRAN se aprobó el nuevo Reglamento de Atención de Reclamos y Solución de Controversias de OSITRAN, y con Resolución de Consejo Directivo Nº 034-2011-CD-OSITRAN se modificaron los artículos 12 y 41, la Tercera y Cuarta Disposiciones Transitorias y Complementarias, así como se incluyó la Quinta Disposición Transitoria y Complementaria; Que, mediante cartas Nº 087-2018/STI/GAF y 0132019/STI/GAF, de fechas de recepción 20 de diciembre de 2018 y 31 de enero de 2019, respectivamente, la