Norma Legal Oficial del día 25 de marzo del año 2019 (25/03/2019)


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NORMAS LEGALES

Lunes 25 de marzo de 2019 /

El Peruano

su artículo 10 dispone que, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos se aprueban conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, y sus normas reglamentarias; Que, la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, prevé que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y en el marco de dicha competencia es responsable de la vigilancia, de la seguridad de las operaciones aéreas, seguridad que comprende la actividad de chequear las aptitudes del personal aeronáutico de los explotadores aéreos, así como el material aeronáutico que emplean; Que, la empresa SKY AIRLINE PERU S.A.C. presenta a la Autoridad Aeronáutica Civil, una solicitud para efectuar chequeo técnico inicial en el equipo A-319/A-320 en simulador de vuelo a su personal aeronáutico, acompañando los requisitos establecidos en el Procedimiento Nº 01 correspondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil, previsto en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y sus modificatorias; Que, asimismo, la citada empresa cumple con el pago del derecho de tramitación correspondiente al Procedimiento a que se refiere el considerando precedente, ante la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; por lo que, los costos del viaje de inspección están íntegramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viáticos; Que, la solicitud de autorización de viaje, ha sido calificada y aprobada por la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, según se desprende del Informe Nº 076-2019-MTC/12.04, al que se anexa la respectiva Orden de Inspección, así como por la citada Dirección General, según el Informe Nº 094-2019MTC/12.04, verificándose el cumplimiento de lo señalado en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, asimismo, la Dirección General de Aeronáutica Civil señala a través de su Informe Nº 094-2019MTC/12.04, que el presente viaje resulta de interés institucional, toda vez que se realiza en cumplimiento
Código: F-DSA-P&C-002

de sus funciones atribuidas en la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú; el Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, Decreto Supremo que Aprueba el Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil del Perú; la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y sus modificatorias; y, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Decreto Supremo que Aprueba Normas Reglamentarias sobre Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios del señor OSCAR ALBERTO PARODI SOLARI, inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la ciudad de México, Estados Unidos Mexicanos, del 03 al 06 de abril de 2019, de acuerdo con el detalle consignado en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que demande el viaje autorizado precedentemente, han sido íntegramente cubiertos por la empresa SKY AIRLINE PERU S.A.C., a través de los recibos de acotación que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución, abonados a la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo las asignaciones por concepto de viáticos. Artículo 3.- El inspector autorizado en el artículo 1 de la presente resolución, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, deberá presentar al Titular de la Entidad, un informe detallado de las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas. Artículo 4.- La presente resolución no libera ni exonera del pago de impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Transportes y Comunicaciones
Revisión: Original Fecha: 30.08.10

DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL DEL PERÚ (DGAC) Cuadro Resumen de Viajes RELACIÓN DE VIAJES POR COMISIÓN DE SERVICIOS DE INSPECTORES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL ESTABLECIDOS EN EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - DIRECCIÓN DE SEGURIDAD AERONÁUTICA - COMPRENDIDOS DURANTE LOS DÍAS 03 AL 06 DE ABRIL DE 2019 Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES Nº 076-2019-MTC/12.04 Y Nº 094-2019-MTC/12.04
ORDEN DE INSPECCIÓN Nº INICIO FIN VIÁTICOS SOLICITANTE (US$) INSPECTOR CIUDAD PAÍS DETALLE RECIBOS DE ACOTACIÓN Nºs

546-2019-MTC/12.04 03-abr

06-abr US$ 880.00 SKY AIRLINE PARODI SOLARI, CIUDAD DE PERU S.A.C. OSCAR ALBERTO MEXICO

ESTADOS Chequeo técnico Inicial en el 4413-4414-4637 UNIDOS equipo A-319/A-320 en simulador MEXICANOS de vuelo a su personal aeronáutico.

1753127-2

Autorizan viaje de funcionario de la Autoridad Portuaria Nacional a Panamá, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 211-2019 MTC/01 Lima, 22 de marzo de 2019 VISTOS: La Comunicación OF.RE (AMA) N° 2-15B/965, de la Dirección de Asuntos Marítimos del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Comunicación GS-OAS/

SEDI/CIP/OF-57-11-2018, suscrita por el Secretario de la Comisión Interamericana de Puertos de la Organización de Estados Americanos, el Ministro de Asuntos Marítimos de la Autoridad Marítima de Panamá y el Director General de Políticas Publicas y Estrategia de la Asociación Internacional de Puertos y Muelles; y el Oficio N° 0292019-APN/PD-DIPLA, de la Autoridad Portuaria Nacional, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Comunicación OF.RE (AMA) N° 2-15B/965, de la Dirección de Asuntos Marítimos del Ministerio