Norma Legal Oficial del día 31 de julio del año 2019 (31/07/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano / Miércoles 31 de julio de 2019

NORMAS LEGALES

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Aceptan renuncia de Asesora II de la Secretaría General del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 198-2019-MIMP Lima, 24 de julio de 2019 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 147-2019MIMP se designó a la señora MARY ANN ZAVALA POLO en el cargo de confianza de Asesora II de la Secretaría General del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ MIMP; Que, la mencionada persona ha formulado renuncia al citado cargo, la que resulta pertinente aceptar; Con las visaciones de la Secretaría General, de la Oficina General de Recursos Humanos y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en el Decreto Legislativo N° 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y, en su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2012-MIMP y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar a partir del 1 de agosto de 2019, la renuncia formulada por la señora MARY ANN ZAVALA POLO al cargo de confianza de Asesora II de la Secretaría General del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ MIMP, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. GLORIA MONTENEGRO FIGUEROA Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1792239-2

De conformidad con el Reglamento de Organización y Funciones de la Biblioteca Nacional del Perú, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2018-MC; y demás normas pertinentes; SE RESUELVE: Artículo 1.- DESIGNAR TEMPORALMENTE a Luis Alberto Nauca Navarro como Jefe de la Oficina de Comunicaciones de la Biblioteca Nacional del Perú, en adición a sus funciones. Artículo 2.- DISPONER que la Oficina de Tecnologías de la Información y Estadística publique la presente Resolución en el portal web institucional (www.bnp.gob. pe) el mismo día de la publicación de la Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIA EMMA MANNARELLI CAVAGNARI Jefa Institucional 1792702-1

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

INSTITUTO GEOLOGICO MINERO Y METALURGICO
Asignan montos recaudados por los conceptos de pago del Derecho de Vigencia y Penalidad en el mes de junio del año 2019
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 061-2019-INGEMMET/PE Lima, 26 de julio de 2019 VISTO el Informe Nº 017-2019-INGEMMET/DDV/D de la Dirección de Derecho de Vigencia de fecha 25 de julio de 2019 y; CONSIDERANDO:

ORGANISMOS EJECUTORES

BIBLIOTECA NACIONAL DEL PERU
Designan Jefe Comunicaciones de la Oficina de

RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 093-2019-BNP Lima, 26 de julio de 2019 VISTOS: El Informe N° el Memorando N° de fecha 25 de julio Recursos Humanos respectivamente; y

000805-2019-BNP-GG-OA-ERH y 001801-2019-BNP-GG-OA ambos de 2019, del Equipo de Trabajo de y de la Oficina de Administración,

CONSIDERANDO: Que, de conformidad al artículo 3 de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, la designación de funcionarios en cargos de confianza distintos a los comprendidos en el artículo 1 de la citada Ley, se efectúa mediante Resolución Ministerial o del Titular de la Entidad correspondiente; Que, el cargo de Jefe/a de la Oficina de Comunicaciones de la Biblioteca Nacional del Perú se encuentra vacante; por lo que es necesario realizar la designación correspondiente; Que, mediante los documentos citados en los vistos, el Equipo de Trabajo de Recursos Humanos y la Oficina de Administración emitieron opinión favorable a fin de designar temporalmente al servidor propuesto;

Que, el artículo 57 del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, modificado por Ley Nº 29169, establece que los ingresos que se obtengan por concepto de Derecho de Vigencia, así como de la Penalidad, constituyen recursos directamente recaudados estableciendo porcentajes para la distribución entre las Municipalidades Distritales, Gobiernos Regionales, Instituto Geológico Minero y Metalúrgico ­ INGEMMET y Ministerio de Energía y Minas; Que, el artículo 3 de la Ley Nº 29169 establece que lo dispuesto en el inciso d) del artículo 57 del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, se aplicará a partir de los pagos efectuados desde el siguiente mes de su publicación; Que, la asignación de los montos recaudados por concepto de pago del Derecho de Vigencia y Penalidad corresponde a derechos mineros formulados con anterioridad y con posterioridad a la Ley que oficializa el Sistema de Cuadriculas Mineras en coordenadas UTM WG584, Ley 30428; así como aquellos efectuados en el mes de junio del año 2019 por la formulación de petitorios; Que, mediante informe de Visto la Dirección de Derecho de Vigencia informa que el monto total a distribuir correspondiente al mes de junio de 2019 es de US$ 37,713,201.51 (Treinta y Siete Millones Setecientos Trece Mil Doscientos Uno y 51/100 Dólares Americanos) y S/ 3,684,484.06 (Tres Millones Seiscientos Ochenta y Cuatro Mil Cuatrocientos Ochenta y Cuatro y 06/100 Soles), adjuntando la relación de las entidades beneficiarias con sus respectivos montos, conforme a la normativa vigente; Que, en atención a las consideraciones precedentes, y a lo dispuesto en el artículo 92 del Reglamento de Diversos Títulos del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 03-94-EM, corresponde autorizar la distribución de lo recaudado por Derecho de Vigencia y Penalidad durante el mes de