Norma Legal Oficial del día 31 de julio del año 2019 (31/07/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano / Miércoles 31 de julio de 2019

NORMAS LEGALES

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correspondientes a cada uno de los despachos conferidos, así como, deberán proceder a la entrega inmediata de las credenciales de magistrados otorgadas para el ejercicio de sus funciones, las mismas que serán devueltas a la Secretaria General de esta Corte Superior de Justicia, encargándose a la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de esta Corte la verificación del cumplimiento de lo dispuesto en el presente artículo en el extremo referido a la entrega del inventario respectivo. Artículo Quinto.- Hacer de conocimiento la presente resolución al Señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Sur, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Lima Sur, Gerencia de Administración Distrital, Unidad de Planeamiento y Desarrollo, Área de Recursos Humanos de esta Corte Superior de Justicia, y Magistrados para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. JUAN VICENTE VELIZ BENDRELL Presidente Corte Superior de Justicia de Lima Sur 1792739-1

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD DE ATE
Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 499MDA, que establece beneficios tributarios y no tributarios en el distrito
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 018-2019/MDA Ate, 25 de julio de 2019 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO; la Ordenanza Nº 499-MDA que establece Beneficios Tributarios y No Tributarios en la Jurisdicción del Distrito de Ate; el Informe Nº 112-2019-MDA/GAT de la Gerencia de Administración Tributaria; el Informe Nº 5722019-MDA/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Proveído Nº 352-2019-MDA/GM de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 74º de la Constitución Política del Perú y la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario y sus modificatorias, establecen que los Gobiernos Locales mediante Ordenanza pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley; Que, de conformidad con el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley Nº 30305, Ley de Reforma Constitucional de los artículos 191º, 194º y 203º de nuestra Constitución, las Municipalidades Provinciales y distritales son órganos de gobierno local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza Nº 499-MDA, de fecha 17 de junio del 2019, publicada en el Diario Oficial "El Peruano" de fecha 30 de junio del 2019, se dispuso otorgar beneficios tributarios y no tributarios en el Distrito de Ate, por concepto de Impuesto Predial, Impuesto a los Espectáculos Públicos No Deportivos, Impuesto a los Juegos, Arbitrios de Limpieza Pública, Barrido de Calles y Recojo de Residuos Sólidos, Arbitrios de Parques y Jardines y Arbitrios de Serenazgo; y, las multas tributarias y

administrativas; así como a las deudas que se encuentran con convenio de fraccionamiento de pago; disponiéndose su vigencia hasta el 15 de julio del presente año fiscal, el mismo que fue prorrogado hasta el 31 de julio mediante Decreto de Alcaldía Nº 017-2019/MDA; Que, en la Sexta Disposición Final de la citada normativa, se faculta al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias para la adecuación y mejor aplicación de la Ordenanza; así como para establecer , prorroga en la vigencia de la misma; Que, mediante Informe Nº 121-2019-MDA/GAT, la Gerencia de Administración Tributaria señala que estando por vencer la fecha de vigencia de la normativa, se propone prorrogar la vigencia de Ordenanza Nº 499MDA, "Ordenanza que establece Beneficios Tributarios y No Tributarios en la Jurisdicción del Distrito de Ate", con la finalidad que nuestros contribuyentes puedan regularizar el pago de sus obligaciones hasta el 16 de Agosto del 2019; Que, mediante Informe Nº 495-2019-MDA/GAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que es procedente emitir el Decreto de Alcaldía que disponga la prórroga de la vigencia de la Ordenanza Nº 499-MDA hasta el 16 de Agosto del 2019, conforme lo propone la Gerencia de Administración Tributaria; Que, el artículo 42º, de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, señala que: Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal; Que, mediante Proveído Nº 352-2019-MDA/GM, la Gerencia Municipal indica se proyecte el Decreto de Alcaldía correspondiente; Estando a las consideraciones expuestas y en uso de las facultades conferidas en el numeral 6) del artículo 20º, y artículo 42º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA: Artículo Único.- PRORROGAR, la vigencia de la Ordenanza Nº 499-MDA, "Ordenanza que establece Beneficios Tributarios y No Tributarios en la Jurisdicción del Distrito de Ate", hasta el 16 de agosto del 2019; en mérito a los considerandos antes expuestos. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. EDDE CUELLAR ALEGRIA Alcalde 1792727-2

MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA
Disponen la publicación del proyecto de Ordenanza que Regula el Comercio Ambulatorio en los Espacios Públicos y promueve su Formalización en el distrito de La Victoria
ACUERDO DE CONCEJO Nº 063-2019/MLV La Victoria, 19 de julio de 2019 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LA VICTORIA VISTO: en Sesión Ordinaria de Concejo, el Dictamen Conjunto Nº 10-2019-CPPAL-CSATDE/MDLV de las Comisiones de Planificación, Presupuesto y Asuntos Legales y de Servicios de Administración Tributaria y de Desarrollo Económico; y,