Norma Legal Oficial del día 22 de julio del año 2019 (22/07/2019)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 34

34

NORMAS LEGALES

Lunes 22 de julio de 2019 /

El Peruano

de la SMV, aprobado por Decreto Supremo N° 216-2011EF, así como a lo acordado por el Directorio de la SMV en su sesión del 18 de julio del 2019; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar la difusión del proyecto de modificación del Reglamento de Agentes de Intermediación. Artículo 2.- Disponer que el proyecto señalado en el artículo precedente se difunda en el Portal del Mercado de Valores (www.smv.gob.pe). Artículo 3.- El plazo para que las personas interesadas puedan remitir a la Superintendencia del Mercado de Valores sus comentarios y observaciones sobre el proyecto señalado en los artículos anteriores es de veinte (20) días calendario, contados a partir del día siguiente de la fecha de publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 4.- Los comentarios y observaciones a los que se hace referencia en el artículo anterior, podrán ser presentados vía la Oficina de Trámite Documentario de la Superintendencia del Mercado de Valores, ubicada en la Avenida Santa Cruz N° 315 - Miraflores, provincia y departamento de Lima, o través de la siguiente dirección de correo electrónico: ProyModRAI@smv. gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ MANUEL PESCHIERA REBAGLIATI Superintendente del Mercado de Valores 1790673-1

ORGANISMOS AUTONOMOS

FUERO MILITAR POLICIAL
Aprueban el Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Fuero Militar Policial
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 015-2019-FMP/CE/SG Lima, 19 de julio de 2019 VISTO: El Informe N° 006-2019-FMP/DIR.RRHH de fecha 15 de julio de 2019, de la Dirección de Recursos Humanos del Fuero Militar Policial; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 29182, Ley de Organización y Funciones del Fuero Militar Policial, se estableció la naturaleza, estructura, organización, competencia, jurisdicción, funciones y atribuciones del Fuero Militar Policial, como organismo autónomo e independiente, en armonía con las normas y principios establecidos en la Constitución Política del Perú; Que, el artículo 5° de la referida Ley, modificado por el artículo Único de la Ley N° 29955, establece que el Consejo Ejecutivo del Fuero Militar Policial es el máximo órgano de gobierno y administración, con competencia para aprobar los instrumentos de gestión administrativa y funcional de los diferentes órganos jerárquicos del Fuero Militar Policial; Que, mediante Resolución Administrativa N° 0132019-FMP/CE/SG de fecha 28 de junio de 2019, se aprobó la modificación de los artículos 111° y 113° del Reglamento de la Ley N° 29182, Ley de Organización y Funciones del Fuero Militar Policial, aprobado por Resolución Administrativa N° 126-2011-FMP-TSMP-SG;

Que, en este contexto, mediante Resolución Administrativa N° 014-2019-FMP/CE/SG de fecha 15 de julio de 2019, se aprobó la modificación del Reglamento de Organización y Funciones del Fuero Militar Policial, estableciéndose una nueva estructura orgánica de la entidad; Que, mediante Resolución Administrativa N° 0962019-FMP/DE/RRHH de fecha 15 de julio de 2019, se aprobó el Manual de Clasificador de Cargos del Fuero Militar Policial; Que, si bien conforme a la Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, se crea el Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE como instrumento de gestión que reemplaza al Cuadro de Asignación de Personal CAP y al Presupuesto Analítico de Personal - PAP, la Duodécima Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento General de la citada Ley prevé que mediante la Directiva de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, se establecerá la progresividad de la implementación de la aprobación de los cuadros de puestos de las entidades; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR-PE, se aprobó la Directiva Nº 002-2015-SERVIR-GDSRH, "Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE", modificada por la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 057-2016-SERVIR-PE, que establece normas técnicas y procedimientos de observancia obligatoria que las entidades públicas deben seguir para la elaboración y aprobación del Cuadro de Puesto de la Entidad - CPE; Que, de acuerdo con el numeral 7.5 de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR-GDSRH, el Cuadro de Asignación Provisional - CAP Provisional es el documento de gestión institucional de carácter temporal que contiene cargos definidos y aprobados por la Entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones - ROF o Manual de Operaciones, según corresponda, cuya finalidad es viabilizar la operación de las entidades públicas durante el periodo de transición del Sector Público al Régimen del Servicio Civil, previsto en la Ley Nº 30057, siendo procedente su aprobación en tanto la entidad no haya aprobado su Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE; Que, de acuerdo con el numeral 1.1 del Anexo Nº 4 de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR-GDSRH, son supuestos que habilitan la aprobación del Cuadro de Asignación Provisional - CAP Provisional, la reasignación de funciones existentes dentro de una entidad, situación que resulta aplicable al Fuero Militar Policial, según recomendación de la Dirección de Recursos Humanos mediante el Informe del VISTO; Que, mediante Resolución Administrativa N° 002-2011-PECEFMP/SG de fecha 07 de diciembre de 2011, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal del Fuero Militar Policial; Que, mediante Resolución Administrativa N° 0232016-FMP/DAF de fecha 15 de marzo de 2016, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal del Fuero Militar Policial, por la reestructuración del Cuadro para Asignación de Personal para el tránsito a la Ley del Servicio Civil; Que, en atención a los cambios producidos en los instrumentos de gestión del Fuero Militar Policial que anteceden y en mérito a las consideraciones expuestas, resulta necesario aprobar el Cuadro de Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional del Fuero Militar Policial, en concordancia con su estructura orgánica vigente; Que, en Sesión de la fecha, el Consejo Ejecutivo del Fuero Militar Policial acordó aprobar el Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Fuero Militar Policial; De conformidad con los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas en el inciso 1) del artículo 23° del Reglamento de la Ley N° 29182, Ley de Organización y Funciones del Fuero Militar Policial;