Norma Legal Oficial del día 09 de julio del año 2019 (09/07/2019)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 38

38

NORMAS LEGALES

Martes 9 de julio de 2019 /

El Peruano

Artículo 2.- La lista es elaborada y emitida de conformidad con el artículo 216° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702, para los fines establecidos en dicho dispositivo. Artículo 3.- Derogar la Circular Nº 0010-2019-BCRP. RENZO ROSSINI MIÑÁN Gerente General 1786293-1

ocupe provisionalmente dicho cargo, previa verificación de los requisitos de ley. Estando a lo expuesto en el mencionado documento y de conformidad con lo establecido en el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluida la designación del abogado José Del Carmen Grandez Odiaga, Fiscal Adjunto Superior Titular Penal de Cajamarca, Distrito Fiscal de Cajamarca, en el Despacho de la Segunda Fiscalía Superior Penal de Cajamarca, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1714-2010-MPFN, de fecha 14 de octubre de 2010. Artículo Segundo.- Nombrar al abogado José Del Carmen Grandez Odiaga, como Fiscal Superior Provisional del Distrito Fiscal de Cajamarca, designándolo en el Despacho de la Segunda Fiscalía Superior Penal de Cajamarca, con retención de su cargo de carrera. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Cajamarca, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y al fiscal mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese.

MINISTERIO PUBLICO
Aceptan renuncia, dan por concluidas designaciones y nombramientos, designan, asignan y nombran fiscales en diversos Distritos Fiscales
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1551-2019-MP-FN Lima, 8 de julio de 2019 VISTO Y CONSIDERANDO: El oficio Nº 868-2019-MP-FN-PJFSCALLAO, remitido por la abogada Jesús María Elena Guerra Cerrón de Mullner, encargada en ese entonces de la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal del Callao, mediante el cual eleva la carta de renuncia de la abogada Rocío Carolina Flores Rondoy, al cargo de Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal del Callao y a su designación en el Despacho de la Décima Fiscalía Provincial Penal Corporativa del Callao, por motivos estrictamente personales. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por la abogada Rocío Carolina Flores Rondoy, al cargo de Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal del Callao y a su designación en el Despacho de la Décima Fiscalía Provincial Penal Corporativa del Callao, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 849-2018-MP-FN, de fecha 12 de marzo de 2018. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal del Callao, Gerencia General, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Control de la Productividad Fiscal, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y a la Fiscal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese. ZORAIDA AVALOS RIVERA Fiscal de la Nación 1786644-1 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1557-2019-MP-FN Lima, 8 de julio de 2019 VISTO Y CONSIDERANDO: El oficio Nº 45-2019-MP-FN-PJFSCAJAMARCA, cursado por el abogado Cristian Javier Araujo Morales, Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Cajamarca, mediante el cual formula propuesta para cubrir la plaza de Fiscal Superior, para el Despacho de la Segunda Fiscalía Superior Penal de Cajamarca, la misma que, a la fecha, se encuentra vacante; en consecuencia, se hace necesario nombrar al fiscal que

ZORAIDA AVALOS RIVERA Fiscal de la Nación 1786644-2 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1558-2019-MP-FN Lima, 8 de julio de 2019 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Legislativo N° 957, se promulgó el Código Procesal Penal, el mismo que establece en su Primera Disposición Final de las Disposiciones Complementarias, que entrará en vigencia progresivamente en los diferentes Distritos Judiciales según el Calendario Oficial. Que, el Decreto Legislativo N° 958, en sus artículos 16º, 17º y 18º, regula el proceso de implementación y transitoriedad de la mencionada norma procesal, así como la adecuación de denuncias y liquidación de procesos en etapa de investigación. Que, a través del Decreto Supremo Nº 007-2006JUS, se aprobó la actualización del Calendario Oficial de Aplicación Progresiva del Código Procesal Penal. Que, mediante Decreto Supremo Nº 015-2017-JUS, se modificó el Calendario Oficial de Aplicación Progresiva del Código Procesal Penal, especificando en dicha norma que la implementación del mencionado Código, entrará en vigencia en el Distrito Judicial del Callao, el 01 de julio de 2017. Que, por Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 004-2018-MP-FN-JFS, de fecha 29 de enero de 2018, se crearon, entre otros, despachos y plazas fiscales en el Distrito Fiscal del Callao, conforme a lo señalado en el oficio N° 767-2017-MP-FN-ETI-NCPP/ST, del 21 de diciembre de 2017, el mismo que contiene la propuesta de dimensionamiento y distribución del personal fiscal y administrativo, elaborado en función a la asignación del segundo tramo presupuestal transferido por el Ministerio de Economía y Finanzas al Ministerio Público; asimismo, señala que dicho presupuesto se encuentra destinado a cubrir el déficit de personal fiscal y administrativo existente, así como al fortalecimiento de fiscalías del Distrito Fiscal del Callao. Del mismo modo, y de acuerdo a lo dispuesto en la referida resolución, debe tenerse en cuenta que las plazas fiscales creadas deberán ser cubiertas únicamente con fiscales provisionales. En tal sentido, dada la necesidad de servicio, se hace necesario emitir el resolutivo respectivo en el