Norma Legal Oficial del día 09 de julio del año 2019 (09/07/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

Martes 9 de julio de 2019 /

El Peruano

PRODUCE
Designan miembro del Consejo Directivo del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES, en representación del Ministerio de Salud
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 013-2019-PRODUCE Lima, 8 de julio de 2019 VISTO: El Oficio N° 810-2019-DM/MINSA del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 013-2018PRODUCE, se designa al señor Percy Rudy Montes Rueda, representante del Ministerio de Salud, como miembro del Consejo Directivo del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera ­ SANIPES; Que, con Oficio N° 810-2019-DM/MINSA, el Despacho Ministerial de Salud comunica a la Titular del Ministerio de la Producción la renuncia del señor Percy Rudy Montes Rueda como miembro del Consejo Directivo del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera ­ SANIPES en representación del MINSA; asimismo comunica que la señora Cedilia Victoria Akemi Kuroiwa Pérez asumirá la representación del Ministerio de Salud ante el referido Consejo Directivo; Que, en este sentido, corresponde aceptar la renuncia formulada por el señor Percy Rudy Montes Rueda, y designar a la nueva representante del Ministerio de Salud ante el Consejo Directivo del SANIPES; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 30063, Ley de Creación del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera ­ SANIPES; y el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera ­ SANIPES, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2014-PRODUCE y modificatoria; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Percy Rudy Montes Rueda, representante del Ministerio de Salud, como miembro del Consejo Directivo del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera ­ SANIPES, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar a la señora Cedilia Victoria Akemi Kuroiwa Pérez, representante del Ministerio de Salud, como miembro del Consejo Directivo del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera ­ SANIPES. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema es refrendada por la Ministra de la Producción. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República ROCÍO INGRED BARRIOS ALVARADO Ministra de la Producción 1786674-14

VISTO: El acta de fecha 28 de junio de 2019 del Comité Permanente de Normalización; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad, dispone que el Instituto Nacional de Calidad - INACAL, es un Organismo Público Técnico Especializado, adscrito al Ministerio de la Producción, con personería jurídica de derecho público, con competencia a nivel nacional y autonomía administrativa, funcional, técnica, económica y financiera; además es el ente rector y máxima autoridad técnico normativa del Sistema Nacional para la Calidad; Que, las actividades de Normalización se realizan sobre la base del Código de Buena Conducta para la Elaboración, Adopción y Aplicación de Normas, que como Anexo 3 forma parte del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la Organización Mundial del Comercio (OMC), en concordancia con el artículo 4 de la Ley N° 30224, en el marco del Principio de no obstaculización comercial del Sistema Nacional para la Calidad; Que, el numeral 19.1 del artículo 19 de la citada Ley establece que el órgano de línea responsable de la materia de normalización del INACAL, es la autoridad competente en materia de normalización, y puede delegar parte de las actividades de normalización en otras entidades, reservando para sí la función de aprobación de Normas Técnicas Peruanas; asimismo, el numeral 19.5 señala que, el órgano de línea a través del Comité Permanente de Normalización, aprueba las Normas Técnicas Peruanas y textos afines; Que, conforme a lo establecido en el artículo 19 de la Ley N° 30224, en concordancia con el artículo 35 del Decreto Supremo N° 004-2015-PRODUCE, Reglamento de Organización y Funciones del INACAL, modificado por Decreto Supremo N° 008-2015-PRODUCE, la Dirección de Normalización es la Autoridad Nacional competente para administrar la política y gestión de la Normalización, encontrándose encargada de conducir el desarrollo de normas técnicas para productos, procesos o servicios; aprobando las Normas Técnicas Peruanas y Textos Afines a las Actividades de Normalización a través del Comité Permanente de Normalización; y de acuerdo al artículo 36 del citado Reglamento, tiene entre sus funciones, la correspondiente a revisar y actualizar periódicamente las Normas Técnicas Peruanas, así como su difusión; Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 20.3 del artículo 20 de la Ley N° 30224, los Comités Técnicos de Normalización en materia de: a) Cereales, leguminosas y productos derivados, b) Conductores eléctricos, c) Agregados, concreto, concreto armado y concreto pretensado, d) Productos agroindustriales de exportación, e) Bioseguridad en organismos vivos modificados, f) Leche y productos lácteos, g) Petróleo y derivados. Combustibles líquidos, h) Uso racional de energía y eficiencia energética, y i) Aceros y aleaciones relacionadas, proponen aprobar 15 Proyectos de Normas Técnicas Peruanas; y dejar sin efecto 03 Normas Técnicas Peruanas, sustentando ello en los informes que figuran en los expedientes correspondientes; Que, mediante el Informe N°005-2019-INACAL/ DN.PN de fecha 28 de junio de 2019, la Dirección de Normalización señaló que las normas técnicas propuestas descritas en el considerando precedente han cumplido con el procedimiento establecido en el artículo 20 de la Ley N° 30224; Que, con base en los informes de los Comités Técnicos de Normalización y al informe de la Dirección de Normalización descrito precedentemente, el Comité Permanente de Normalización reconformado con la Resolución de Presidencia Ejecutiva N°017-2016INACAL/PE, modificada con la Resolución de Presidencia Ejecutiva N°121-2018-INACAL/PE, en sesión de fecha 28 de junio del presente año, acordó por unanimidad aprobar 15 Normas Técnicas Peruanas; y dejar sin efecto 03 Normas Técnicas Peruanas; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad; el Decreto Supremo Nº

Aprueban Normas Técnicas Peruanas referidas a maíz morado, conductores eléctricos y otros
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 008-2019-INACAL/DN Lima, 4 de julio de 2019