Norma Legal Oficial del día 09 de julio del año 2019 (09/07/2019)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 26

26
VISTOS:

NORMAS LEGALES

Martes 9 de julio de 2019 /

El Peruano

El Informe Nº 0330-2019-MTC/26 de la Dirección General de Políticas y Regulación en Comunicaciones y el Informe Nº 002-2019-COMISION_MULTISECTORIAL_PNAF de la Comisión Multisectorial Permanente del PNAF; y, CONSIDERANDO: Que, el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, establece en sus artículos 57 y 58 que el espectro radioeléctrico es un recurso natural de dimensiones limitadas que forma parte del patrimonio de la Nación; cuya administración, asignación y control corresponden al Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), en las condiciones señaladas por la Ley y su Reglamento; Que, el artículo 199 del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC, en adelante el Reglamento General, establece que le corresponde al MTC la administración, atribución, asignación, control y, en general, cuanto concierna al espectro radioeléctrico; asimismo el artículo 200 dispone que toda asignación de frecuencias se realiza en base al respectivo plan de canalización, el cual es aprobado por resolución viceministerial; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 187-2005MTC/03, se aprobó el Plan Nacional de Atribución de Frecuencias (PNAF), documento técnico normativo que contiene los cuadros de atribución de frecuencias, la clasificación de usos del espectro radioeléctrico y las normas técnicas generales para la utilización del espectro radioeléctrico; Que, por Decreto Supremo Nº 041-2011-PCM, se creó la Comisión Multisectorial Permanente encargada de emitir informes técnicos especializados y recomendaciones para la planificación y gestión del espectro radioeléctrico y adecuaciones del PNAF, adscrita al Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 0852019 MTC/01.03, se fijan topes a la asignación de espectro radioeléctrico, por grupo de bandas, aplicable por operadora o grupo económico, en una misma área geográfica de asignación a nivel nacional, provincial y/o distrital; Que, la citada Resolución Ministerial, dispone que en un plazo máximo de seis (6) meses, contado desde la entrada en vigencia de la misma, el MTC elabora una propuesta de atribución y canalización de la banda de frecuencias 3 400 ­ 3 800 MHz; Que, mediante el Informe Nº 002-2019 COMISIÓN _ MULTISECTORIAL _ PNAF, la Comisión Multisectorial Permanente del PNAF propone, entre otros, identificar la banda de frecuencias 3 300 ­ 3 800 MHz para el desarrollo de IMT, debiendo modificar la nota P51A e incorporar las notas P73A y P73B al PNAF, así como modificar el Cuadro de Atribución Nacional de Frecuencias, con la finalidad de que con dichas medidas se promueva la expansión de la tecnología 4G, y se establezcan las condiciones adecuadas en materia de espectro radioeléctrico para la introducción de la tecnología 5G en el país; Que, la Dirección General de Políticas y Regulación en Comunicaciones, mediante Informe Nº 0330-2019MTC/26, recomienda la publicación del Proyecto de Resolución Ministerial que modifica la nota P51A e incorpora las notas P73A y P73B en el Plan Nacional de Atribución de Frecuencias ­ PNAF, así como el Cuadro Nacional de Atribución de Bandas de Frecuencias; incluyendo la modificación de la Resolución Ministerial Nº 085-2019-MTC/01.03 referida a los topes de asignación de espectro radioeléctrico, como consecuencia de la modificación de las notas antes señaladas; a efectos de recibir las sugerencias y comentarios de la ciudadanía en general; Que, el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009JUS, señala en su artículo 14 que las entidades públicas deben disponer la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia, en el Diario Oficial El Peruano, en sus portales electrónicos o mediante cualquier otro medio, debiendo permitir que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas;

Que, el literal b) del numeral 5.1 del acápite V de la Directiva Nº 010-2018-MTC/01 "Directiva que establece el procedimiento para realizar la publicación de proyectos normativos", aprobada por Resolución Ministerial Nº 9772018 MTC/01, establece que mediante Resolución Ministerial publicada en el Diario Oficial El Peruano se dispone la difusión de todo proyecto normativo de carácter general, en el portal institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones o mediante cualquier otro medio, por un plazo no menor de diez (10) días hábiles, salvo que por mandato legal expreso se establezca un plazo diferente; Que, el artículo 19 de los Lineamientos para Desarrollar y Consolidar la Competencia y la Expansión de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones en el Perú, incorporados al Decreto Supremo Nº 020-98-MTC, mediante Decreto Supremo Nº 003-2007-MTC, establece que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones publicará para comentarios por un plazo mínimo de quince (15) días calendario, entre otros, los dispositivos legales referidos a los servicios de telecomunicaciones, los estudios sobre nuevas tendencias y otros que consideren relevantes, siendo aplicable en el presente caso el citado plazo por tratarse de un proyecto normativo relacionado principalmente a equipos para servicios públicos de telecomunicaciones; Que, en consecuencia, resulta necesario disponer la publicación del proyecto de Resolución Ministerial que modifica la nota P51A e incorpora las notas P73A y P73B al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias ­ PNAF, así como el Cuadro Nacional de Atribución de Bandas de Frecuencias, incluyendo la modificación de la Resolución Ministerial Nº 085-2019-MTC/01.03; a efectos de recibir las sugerencias y comentarios de la ciudadanía en general; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Resolución Ministerial Nº 145-2019-MTC/01; el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS que aprueba el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General; Los Lineamientos para Desarrollar y Consolidar la Competencia y la Expansión de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones en el Perú, incorporados al Decreto Supremo Nº 020-98-MTC, mediante Decreto Supremo Nº 003-2007-MTC; y la Directiva Nº 010-2018MTC/01 "Directiva que establece el procedimiento para realizar la publicación de proyectos normativos", aprobada por Resolución Ministerial Nº 977-2018 MTC/01; SE RESUELVE: Artículo 1.- Publicación Dispóngase la publicación del proyecto de la Resolución Ministerial que modifica la Nota P51A e incorpora las Notas P73A y P73B al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias - PNAF, y modifica el Cuadro Nacional de Atribución de Bandas de Frecuencias respecto de la banda de frecuencias 3 300 ­ 3 800 MHz, e incluye la modificación de la Resolución Ministerial Nº 0852019-MTC/01.03, en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), a efectos de recibir los comentarios de la ciudadanía en general, durante el plazo de quince (15) días calendario, contado a partir del día siguiente de publicada la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 2.- Recepción y sistematización de comentarios Las opiniones, comentarios y/o sugerencias sobre el proyecto de Resolución Ministerial a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución, deben ser remitidas a la sede principal del Ministerio de Transportes y Comunicaciones con atención a la Dirección General de Políticas y Regulación en Comunicaciones, ubicada en Jirón Zorritos Nº 1203, Cercado de Lima o vía correo electrónico, en formato Word, a la dirección gblanco@ mtc.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIA ESPERANZA JARA RISCO Ministra de Transportes y Comunicaciones 1786327-10