Norma Legal Oficial del día 19 de mayo del año 2018 (19/05/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

El Peruano / Sábado 19 de mayo de 2018

NORMAS LEGALES

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PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAZAMARI
Aprueban actualización del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA)
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 23-2017-CM/MDM Mazamari, 15 de diciembre del 2017 POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAZAMARI En Sesión de Concejo Ordinaria Nº 23 - 2017, de fecha 15 del mes de diciembre del 2017, con la participación de los Regidores Miguel Francisco Ríos Ortecho, Jorge Luis Ramírez Aliaga, Regidora Jenny Elena Sánchez Pozo, Regidor Lenin Constantinov Conde Huamán, Regidor Elvis Alfonso Curi Orna, Regidora Jocelyne Lisset Chirisente Arca, Regidor Helberto Meza Aranda, Regidor Juan José Encarnación Juárez, Regidora Ana Luz Peña Morote, se trató el Dictamen Nº 011-2017-CPGM/MDM, de la Comisión Permanente de Gestión Municipal, Informe Nº 051-2017-GM/MDM, del Gerente Municipal, Informe Nº 753-2017-GPyP/MDM de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Informe Nº 095--2017-GAJ-MDM, del Gerente de Asesoría Jurídica, Informe Nº 207-2017-GAF/ MDM de la Gerencia de Administración y Finanzas, Informe Nº 720-2017-GPyP/MDM del Gerente de Planeamiento y Presupuesto, en referencia a la actualización del Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA ­ 2017. CONSIDERANDO: Que, el Art. 194º de la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, concordante con el Art. II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, Ley 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, en su Artículo II del Título Preliminar, señala que las municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Asimismo, el numeral 8) del Artículo 9º de dicha Ley establece que son atribuciones del concejo Municipal aprobar, modificar o derogar Ordenanzas. Que el Art. 41º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, precisa que los acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referida a los asuntos, específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de Gobiernos para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. Que, el Decreto Supremo Nº 353-2016-EF refiere que durante el año 2017 el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) como índice de referencia en normas tributarias será de Cuatro Mil Cincuenta y 00/100 soles (S/. 4.050.00). Que, el artículo 37º de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimientos Administrativo General, establece el contenido del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA). Que, el numeran 38.5, del articulo Nº 38 de la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444, establece que una vez aprobado el TUPA, toda modificación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derecho de tramitación o requisitos, se debe realizar por Resolución Ministerial del Sector, Norma Regional de rango equivalente o Decreto de Alcaldía, o por Resolución del Titular del Organismo Autónomo conforme a la Constitución, según el nivel de

gobierno respectivo. En caso contrario, su aprobación se realiza conforme al mecanismo establecido en el numeral 38.1. En ambos casos se publicará la modificación según lo dispuesto por el numeral 38.3. Que, en el número 38.1, del artículo Nº 38 de la Ley del Procedimiento Administrativo General señala "El Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) es aprobado por...Ordenanza Municipal...". Por tanto la actualización e incorporación de procedimientos administrativos del Texto Único de Procedimientos Administrativos debe hacerse mediante Ordenanza Municipal y publicarse en el Diario Oficial El Peruano. Que, conforme al numeral 12 del artículo 55º del Reglamento de Organización y Funciones ROF de la Municipalidad Distrital de Mazamari, es función de la Gerencia de Planeamiento y presupuesto "Formular la actualización y/o modificación de los documentos de Gestión Municipal, el Texto único de Procedimiento Administrativo TUPA y Texto Único de Servicios no Exclusivo TUSNE". Que, mediante Informe Nº 207-2017-GAF/MDM, con fecha 09 de noviembre del 2017, el Gerente de Administración y Finanzas, remite la opinión técnica de la actualización del Texto Único de Procedimientos Administrativos, informando que revisada la propuesta del cálculo de costeo (Tabla ASME y Anexos), y Formato de Sustentación Legal Técnica, señala que se encuentra elaborado en función a los costos generados para la atención de diversos servicios que brinda la Municipalidad Distrital de Mazamari a través de las Unidades Orgánicas, el mismo que está debidamente sustentado los procedimientos y respaldado legalmente por normatividad. Que, mediante Informe Nº 95-2017-GAJ/MDM, con fecha15 de noviembre del 2017, el Gerente de Asesoría Jurídica, da a conocer que se ha cumplido con los lineamientos establecidos en la Resolución de Secretaria de Gestión Publica Nº 003-2010-PCM-SGP,que aprueba la Guía Metodológica de Determinación de Costos de los Procedimientos Administrativos y Servicios prestados en exclusividad ,en cumplimiento de la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 064-2010-PCM,Decreto Supremo que aprueba la metodología de determinación de costos de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad comprendidos en los Textos Únicos de Procedimientos Administrativos de las entidades Públicas. Que Mediante Informe Nº 753-2017-GPyP/MDM, con fecha 20 de Noviembre del 2017, el Gerente de Planeamiento y Presupuesto, señala que el TUPA ha sido adecuado y/o actualizado principalmente en el costeo de los procedimientos Administrativos, el cual fue elaborado a través del MODULO WEB MI COSTO, de la Secretaria de Gestión Pública-PCM y en concordancia a la Metodología que emana la normatividad vigente. Que, mediante Informe Nº 051-2017-GM/MDM, con fecha 20 de noviembre del 2017, el Gerente Municipal, da su opinión favorable al Proyecto de Ordenanza Municipal que aprueba la actualización del TUPA de la Municipalidad Distrital de Mazamari, ya que se encuentra sujeto al marco normativo vigente y cuenta con los informes de la Gerencias competentes, con la exposición de motivos, con los formatos rellenados y firmados por los funcionarios competentes. Estando a lo expuesto y contando con la aprobación unánime del Concejo Municipal en Pleno, en el Cumplimiento de las facultades conferidas por el numeral 8) del Art. 9º y los Artículos 39º, 40º y 44º de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; aprobaron la siguiente Ordenanza: ORDENANZA QUE APRUEBA LA ACTUALIZACIÓN DEL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) Artículo 1º.- OBJETIVO DE LA ORDENANZA. La presente Ordenanza tiene por objetivo APROBAR, la actualización del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), que consta de 150 Procedimientos Administrativos. Artículo 2º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y Secretaría General el seguimiento a la modificación de los