Norma Legal Oficial del día 19 de mayo del año 2018 (19/05/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano / Sábado 19 de mayo de 2018

NORMAS LEGALES

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Autorizan viaje de Asesor del Despacho Viceministerial de Turismo a España, en comisión de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 179-2018-MINCETUR Lima, 16 de mayo de 2018 CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ­ MINCETUR, es el órgano competente para definir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de comercio exterior y de turismo; es responsable en materia de la promoción de las exportaciones y de las negociaciones comerciales internacionales; promueve, orienta y regula la actividad turística, con el fin de impulsar su desarrollo sostenible; el Ministro de Comercio Exterior y Turismo ejerce la representación titular del Perú ante la Asamblea General de la OMT; Que, la 108 Reunión del Consejo Ejecutivo de la Organización Mundial de Turismo ­ OMT, se llevará a cabo en la ciudad de San Sebastián, Reino de España, del 23 al 25 de mayo de 2018, con el fin de revisar la ejecución del programa general de trabajo de la organización, las actividades que se vienen realizando y la toma de medidas necesarias, en consulta con el Secretario General, para ejecutar decisiones y recomendaciones adoptadas en Asamblea General; Que, en el evento el Secretario General informará sobre los avances realizados en materia de competitividad y calidad, sostenibilidad y ética, cooperación técnica y otras actividades como el sistema de las Naciones Unidas y se recibirán los reportes de trabajo del Comité de Turismo y Competitividad - CTC, Comité de Turismo y Sostenibilidad y del Comité de Estadísticas y Cuenta Satélite del Turismo, entre otros temas; Que, previamente, en la ciudad de Madrid, el día 22 de mayo de 2018, se realizará una Reunión Especial de Coordinación del CTC, que actualmente el Perú preside, con los funcionarios del Programa de Gestión y Calidad de Destinos, para revisar el Informe que se presentará ante el Consejo Directivo, y evaluar su programa de trabajo; Que, en concordancia con el Reglamento de Organización y Funciones del MINCETUR, es función del Viceministerio de Turismo proponer, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política y estrategia de desarrollo de la actividad turística y artesanal, dirigir y supervisar los planes proyectos y programas correspondientes al ámbito de su competencia y emitir opinión respecto a convenios y acuerdos de carácter internacional en materia de turismo; Que, por tanto, la Viceministra de Turismo solicita que se autorice el viaje del señor Ernesto Arturo García Calderón, Asesor del Despacho Viceministerial de Turismo, para que en representación del MINCETUR participe en los eventos antes mencionados, habida cuenta que el Perú es miembro electo del Consejo Ejecutivo para el período 2020-2021, es el Presidente del CTC y miembro activo del Comité de Estadísticas y Cuenta Satélite del Turismo, entre otros Comités y Grupos de Trabajo de la OMT; De conformidad con la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modificatorias, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Ernesto Arturo García Calderón, Asesor del Despacho Viceministerial de Turismo, a las ciudades de Madrid y San Sebastián, Reino de España, del 20 al 26 de mayo de 2018, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ­ MINCETUR, participe en los eventos a que se

refiere la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución estarán a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Aéreos : US$ Viáticos (US$ 540,00 x 05 días) : US$ 2 344,20 2 700,00

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el señor Ernesto Arturo García Calderón, presentará al Ministro de Comercio Exterior y Turismo un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en los eventos a los que asistirá; asimismo, presentará la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROGERS VALENCIA ESPINOZA Ministro de Comercio Exterior y Turismo 1648489-1

CULTURA
Definen al Proyecto Especial Arqueológico Caral - Supe como entidad pública Tipo B del Ministerio de Cultura, para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL Nº 112-2018-SG/MC Lima, 17 de mayo de 2018 VISTOS, el Oficio N° 087-2017-D-ZAC-UE.003/MC de la Unidad Ejecutora 003/MC Zona Arqueológica Caral; el Memorando N° 003221-2017/OGRH/SG/MC de la Oficina General de Recursos Humanos; el Memorando N° 001335-2017/OGPP/SG/MC de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, tiene por finalidad que las entidades públicas del Estado alcancen mayores niveles de eficacia y eficiencia, y presten efectivamente servicios de calidad a través de un mejor Servicio Civil, así como promover el desarrollo de las personas que lo integran; Que, el literal a) del artículo IV del Título Preliminar del Reglamento General de la Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, establece que solo para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, se considera como entidad pública Tipo B a aquellos órganos desconcentrados, proyectos, programas o unidades ejecutoras conforme a la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, de una entidad pública Tipo A que, conforme a su manual de operaciones o documento equivalente, cumplan con los siguientes criterios: i) tenga competencia para contratar, sancionar y despedir; ii) cuente con una oficina de recursos humanos o la que haga sus veces, un titular, entendiéndose como la máxima autoridad administrativa y/o una alta dirección o la que haga sus veces; y, iii) cuente con resolución del titular de la entidad pública a la que pertenece definiéndola como Entidad Tipo B; Que, mediante Decreto Supremo N° 003-2003-ED se crea el Proyecto Especial Arqueológico Caral ­ Supe, con plena autonomía de gestión científica, administrativa y financiera, adscrito al Instituto Nacional de Cultura,