Norma Legal Oficial del día 19 de mayo del año 2018 (19/05/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano / Sábado 19 de mayo de 2018

NORMAS LEGALES

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VISTO: Informe Nº 487-2017-CONCYTEC-OGAOP, de la Encargada de las funciones de la Oficina de Personal, y; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 30057, se aprueba la Ley del Servicio Civil, la cual tiene por objeto establecer un régimen único y exclusivo para las personas que prestan servicios en las entidades públicas del Estado, así como para aquellas personas que están encargadas de su gestión, del ejercicio de sus potestades y de la prestación de servicios a cargo de estas; Que, el Artículo 92 de la citada Ley, establece que las autoridades del procedimiento administrativo cuentan con el apoyo de un Secretario Técnico, de preferencia abogado y designado mediante resolución del Titular de la entidad; Que, el Artículo 94 del Reglamento General de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, dispone que las autoridades de los órganos instructores del procedimiento administrativo disciplinario cuentan con el apoyo de una Secretaría Técnica que puede estar compuesta por uno o más servidores. Estos servidores, a su vez, pueden ser servidores civiles de la entidad y ejercer la función en adición a sus funciones regulares, siendo de preferencia abogados y son designados mediante resolución del Titular de la entidad; Que, el Artículo IV del Título Preliminar del Reglamento General de la Ley Nº 30057, señala que para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, se entiende que el Titular de la entidad es la máxima autoridad administrativa de una entidad pública; Que, el Numeral 8.1 de la Directiva Nº 02-2015-SERVIR/ GPGSC "Régimen Disciplinario y Procedimiento Sancionador de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil", aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 101-2015-SERVIR-PE, modificada por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 092-2016-SERVIR-PE, dispone que la Secretaría Técnica apoya el desarrollo del procedimiento disciplinario y está a cargo de un Secretario Técnico que es designado por la máxima autoridad administrativa de la entidad, en adición a sus funciones que viene ejerciendo en la entidad o específicamente para dicho propósito; Que, según lo establecido en el Artículo 13 y en el Literal q) del Artículo 14 del Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica ­ CONCYTEC, aprobado por Decreto Supremo Nº 026-2014-PCM, se dispone que la Secretaría General es la máxima autoridad administrativa del CONCYTEC y tiene entre sus funciones, expedir resoluciones en el ámbito de su competencia; Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 208-2014-CONCYTEC-P, de fecha 10 de diciembre de 2014, se aprobó la Directiva Nº 012-2014-CONCYTECOGA "Directiva del Régimen Disciplinario y Procedimiento Sancionador en el Pliego Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica", en cuyo acápite 4.8.4 del Numeral 4.8 se establece que el Secretario Técnico es designado por la Secretaría General del CONCYTEC, precisando además que puede desempeñar dichas labores en adición a las funciones que viene ejerciendo en la entidad o específicamente para dicho propósito; Que, mediante Resolución de Secretaria General Nº 047-2017-CONCYTEC-SG, de fecha 30 de octubre de 2017, se designa a partir del 31 de octubre de 2017 al servidor Lenin Antonio Cortez Tinco, Asesor Legal para la Oficina General de Administración, como Secretario Técnico de los órganos instructores del procedimiento administrativo disciplinario del CONCYTEC, en adición a sus funciones; Que, mediante Informe Nº 487-2018-CONCYTECOGA-OP, de la Encargada de las funciones de la Oficina de Personal, el mismo que cuenta con la conformidad de la Oficina General de Administración a través del Proveído Nº 352-2018-CONCYTEC-OGA, señala que se ha visto por conveniente dar por concluida la designación efectuada mediante Resolución de Secretaria General Nº

047-2017-CONCYTEC-SG, considerando que el señor Sandro Leoncio Lizárraga Ramos ha suscrito Contrato Administrativo de Servicios como Secretario Técnico de los órganos instructores del procedimiento administrativo disciplinario del CONCYTEC, solicitando se tramite la resolución correspondiente; Que, en consecuencia, corresponde dar por concluida la designación efectuada mediante Resolución de Secretaria General Nº 047-2017-CONCYTECSG, y designar, al Secretario Técnico de los órganos instructores del procedimiento administrativo disciplinario del CONCYTEC; Con la visación de la Secretaria General (e), la Jefa de la Oficina General de Administración, de la Jefa (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de la Encargada de las funciones de la Oficina de Personal, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil; el Decreto Supremo Nº 0402014-PCM, que aprueba el Reglamento General de la Ley del Servicio Civil; la Directiva Nº 02-2015-SERVIR/ GPGSC "Régimen Disciplinario y Procedimiento Sancionador de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil", aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 101-2015-SERVIR-PE; la Ley Nº 28613, Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica ­ CONCYTEC; y el Decreto Supremo Nº 026-2014-PCM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del CONCYTEC, y; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida, a partir del 21 de mayo de 2018, la designación del servidor Lenin Antonio Cortez Tinco, como Secretario Técnica de los órganos instructores del procedimiento administrativo disciplinario del CONCYTEC, efectuada mediante Resolución de Secretaria General Nº 047-2017-CONCYTEC-SG, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar, a partir del 21 de mayo de 2018, al servidor Sandro Leoncio Lizárraga Ramos, como Secretario Técnico de los órganos instructores del procedimiento administrativo disciplinario del CONCYTEC. Artículo 3.- Disponer que la presente Resolución sea notificada a los servidores mencionados en los artículos precedentes, así como a la Oficina de Personal, para su conocimiento y fines correspondientes. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano" y en el Portal de Transparencia del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANMARY NARCISO SALAZAR Secretaria General (e) 1649923-1

ORGANISMO TÉCNICO DE LA ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SANEAMIENTO
Designan Asesor de la Dirección Ejecutiva del OTASS
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 37-2018-OTASS/DE Lima, 15 de mayo de 2018 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1280, el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, es