Norma Legal Oficial del día 19 de mayo del año 2018 (19/05/2018)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 34

34

NORMAS LEGALES

Sábado 19 de mayo de 2018 /

El Peruano

salvaguardar los bienes y la vida de las personas, así como, permitir a los usuarios acceder a servicios de reclamos e informaciones inherentes al servicio; Que, el numeral 3.5.1 del Plan Técnico, señala que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, por Resolución Ministerial, puede incluir otros Servicios Especiales Básicos; Que, asimismo, el numeral 6 de la Disposición Complementaria del Plan Técnico, dispone que "El Ministerio de Transportes y Comunicaciones, mediante Resolución Ministerial, podrá modificar, precisar y/o ampliar las definiciones, estructuras de numeración, procedimientos de marcación para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones, así como establecer las disposiciones necesarias para el cumplimiento del presente Plan"; Que, en atención a las disposiciones que establece el Plan Técnico, corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones administrar y supervisar el uso adecuado y eficiente de la numeración, por lo cual se encuentra facultado para incluir y modificar los Servicios Especiales Básicos, aún cuando hayan sido asignados, a efectos que estos cumplan con su finalidad de servicio a la comunidad; Que, mediante el Oficio N° 213-2018-MIDIS/DM, el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social ­ MIDIS, solicita la asignación de un número de tres dígitos (Servicio Especial Básico), para la "Línea Única de Atención Social al Ciudadano" a fin de permitir a los ciudadanos acceder a información sobre los Programas Sociales del Estado; Que, con Informe N° 0201-2018-MTC/26, ampliado con Informe N° 219-2018-MTC/26, la Dirección General de Regulación y Asuntos Internacionales de Comunicaciones señala que el uso del Servicio Especial Básico 101, no cumple con sus fines de servicios a la comunidad, por lo que corresponde reasignar el referido número al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social ­ MIDIS; Que, en esa medida, resulta necesario modificar el numeral 3.5.1 Estructura de numeración para los Servicios Especiales Básicos del Plan Técnico Fundamental de Numeración, a fin que el Servicio Especial Básico "101 Línea Única de Atención Social al Ciudadano", se encuentre a cargo de Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social ­ MIDIS, con la finalidad de que dicha entidad cumpla con sus objetivos, entre las que se encuentra, la mejora de la calidad de vida de la población en situación de vulnerabilidad y pobreza, el acceso a oportunidades y el desarrollo, facilitando el acceso a la información sobre los programas sociales del Estado a través de una línea gratuita. De conformidad con el Plan Técnico Fundamental de Numeración, aprobado mediante Resolución Suprema N° 022-2002-MTC; SE RESUELVE: Artículo Único.- Modificar el numeral 3.5.1. "Estructura de numeración para Servicios Especiales Básicos" del Plan Técnico Fundamental de Numeración - PTFN, aprobado mediante Resolución Suprema N° 0222002-MTC, y sus modificatorias, de acuerdo al siguiente texto:
"(...) 101 LINEA ÚNICA DE ATENCION SOCIAL AL CIUDADANO Los concesionarios de servicios públicos locales brindan obligatoriamente a sus usuarios, el acceso a este servicio. No son tarificados al usuario. Servicio prestado por el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social."

ORGANISMOS EJECUTORES

INSTITUTO NACIONAL DE ENFERMEDADES NEOPLASICAS
Designan Directora General de la Oficina General de Administración del INEN
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 262-2018-J/INEN Surquillo, 16 de mayo de 2018. CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28748 se creó como Organismo Público Descentralizado al Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas - INEN, con personería jurídica de derecho público interno y con autonomía económica, financiera, administrativa y normativa, adscrito al Sector Salud, actualmente Organismo Público Ejecutor según la Ley Nº 29158 Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y sus normas complementarias; Que, mediante Decreto Supremo Nº 001-2007-SA, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas (ROF ­ INEN), a través del cual, se han establecido los objetivos estratégicos y funcionales, la nueva estructura orgánica del Instituto, así como los objetivos funcionales de sus diferentes órganos y unidades orgánicas; Que, el Régimen de Contratación Administrativa de Servicios - CAS, regulado por el Decreto Legislativo Nº 1057, su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 075-2008-PCM y la Ley Nº 29849, constituye un régimen laboral especial (conforme a lo resuelto por el Tribunal Constitucional en la STC Nº 00002-2010-PI/TC). De acuerdo a su marco legal, no se encuentra sujeto a la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, al régimen laboral de la actividad privada ni a otras normas que regulan carreras administrativas especiales; señala expresamente que el CAS es una modalidad laboral especial que, entre otros aspectos, se encuentra caracterizado por su temporalidad; Que, de conformidad con la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29849 (que modificó el Decreto Legislativo Nº 1057) la misma que está referida al personal comprendido en el artículo 4º de la Ley Nº 28175 ­ Ley Marco del Empleo Público (Funcionarios Públicos, Empleados de Confianza y Directivos Superiores), dispone que sólo pueden ser contratados para ocupar una plaza orgánica contenida en los documentos de gestión interna, los cuales son de libre nombramiento y remoción, los mismos que se excluyen de la realización de concurso público; Que, es necesario precisar que las entidades públicas se encuentran facultadas para contratar personal directamente bajo el régimen especial del Contrato Administrativo de Servicios ­ CAS para que ejerzan funciones propias de un funcionario o directivo de la entidad, siempre que ocupe una plaza orgánica contenida en el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) y que su designación en el cargo se haya efectuado por libre decisión del titular de la entidad, la misma que deberá respetar los topes máximos establecidos mediante Decreto de Urgencia Nº 038-2006 (Decreto que modifica la Ley Nº 28212) y concordante con el artículo 39º de la Constitución Política del Perú; Que, con Resolución Jefatural Nº 202-2018-J/INEN, de fecha 30 de abril de 2018, se resolvió Designar Temporalmente, a la CPC Teresita de Jesús COLLANTES SAAVEDRA en el cargo de confianza de Directora General de la Oficina General de Administración del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas ­ INEN, Nivel F-4; Contando con el visto bueno del Sub Jefe Institucional, del Secretario General, de la Directora Ejecutiva de la

Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Transportes y Comunicaciones 1648998-1