Norma Legal Oficial del día 23 de julio del año 2018 (23/07/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

El Peruano / Lunes 23 de julio de 2018

NORMAS LEGALES

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Asimismo, controla y supervisa el traslado de la carga hasta su entrega al almacén aduanero, puerto de embarque o aeropuerto, según corresponda. 3. Medidas de seguridad a cargo del almacén aduanero: a) Verificar la integridad del precinto aduanero con carga sellada que ingresen a sus recintos. b) Controlar y supervisar las operaciones de llenado y colocación de precintos aduaneros, así como otras operaciones que se realicen en las zonas operativas. c) Controlar el ingreso, permanencia y salida de las personas y vehículos que acceden a las zonas operativas de sus instalaciones, impidiendo el acceso a personas no autorizadas. d) Controlar y supervisar el traslado de la carga, desde la salida del depósito temporal hasta su entrega al puerto de embarque, aeropuerto o transportista internacional, según corresponda. 4. Medidas de seguridad a cargo del administrador o concesionario de la instalación portuaria o aeroportuaria: a) Verificar la integridad del precinto aduanero con carga que ingresen a sus recintos. b) Controlar y supervisar las operaciones de llenado y colocación de precintos aduaneros. c) Controlar el ingreso, permanencia y salida de las personas y vehículos que acceden a las zonas operativas de sus instalaciones, impidiendo el acceso a personas no autorizadas. VIII. VIGENCIA El presente procedimiento entra en vigor al día siguiente de su publicación. IX. ANEXOS

intendentes, jefes de oficina y demás jefes de órganos son responsables de proponer a los trabajadores que serían designados como fedatarios institucionales en las unidades orgánicas a su cargo; Que en mérito al Informe N.º 006-2018-SUNAT/3J0000, se ha estimado conveniente proceder a designar a los trabajadores Ruly Alim Falla Muro, Percy Luis Palomino Borja y Roberto Ancelmo Paredes López, así como los trabajadores Edwin Medina Ramirez, José Carlos Ninamaque Cieza y Kevin Diego Peña Izquierdo, quienes ejercerán la función de fedatarios institucionales titulares y alternos respectivamente, en la Intendencia de Aduana de Tumbes; En uso de la facultad conferida en el inciso j) del Artículo 18° del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia N.º 122-2014/SUNAT y modificatoria; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar como fedatarios institucionales de la Intendencia de Aduana de Tumbes, a los siguientes trabajadores: Fedatarios Institucionales Titulares: - RULY ALIM FALLA MURO - PERCY LUIS PALOMINO BORJA - ROBERTO ANCELMO PAREDES LOPEZ Fedatarios Institucionales Alternos: - EDWIN MEDINA RAMIREZ - JOSE CARLOS NINAMAQUE CIEZA - KEVIN DIEGO PEÑA IZQUIERDO Regístrese, comuníquese y publíquese.

Los anexos del presente procedimiento publicados en el portal web de la SUNAT. 1671921-1

serán MAGNET CARMEN MÁRQUEZ RAMÍREZ Superintendenta Nacional Adjunta de Administración y Finanzas 1672496-1

Designan fedatarios institucionales titulares y alternos de la Intendencia de Aduana de Tumbes
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADMINISTRACION Y FINANZAS N° 083-2018-SUNAT/800000 Lima, 20 de julio de 2018 VISTO: El Informe N.º 006-2018-SUNAT/3J0000 de la Intendencia de Aduana de Tumbes, por el cual propone la designación de fedatarios institucionales en la unidad organizacional a su cargo. CONSIDERANDO: Que el Artículo 136° del Texto Único Ordenado de la Ley N.º 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado por Decreto Supremo N.º 006-2017JUS, establece el Régimen de Fedatarios de la Entidades de la Administración Pública, señalando en su numeral 1, que cada Entidad debe designar fedatarios institucionales adscritos a sus unidades de recepción documental, en número proporcional a sus necesidades de atención; Que el numeral 5.2.1. del Reglamento para la autenticación de copias de documentos institucionales o certificación de reproducciones de documentos electrónicos institucionales emitidos por los funcionarios, directivos o por los sistemas informáticos de la SUNAT, o que obran en custodia de los archivos oficiales de la SUNAT para su empleo en trámites y procedimientos fuera de la institución, aprobado por Resolución de Gerencia de Administración Documentaria y Archivo N.º 001-2016-SUNAT/1M2000, establece que los

ORGANISMOS AUTONOMOS

JURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Confirman resolución que declaró improcedente solicitud de inscripción de lista de candidatos para las elecciones municipales de la organización política MAS San Martín, para el distrito de Nuevo Progreso, provincia de Tocache, departamento de San Martín
RESOLUCIÓN Nº 0464-2018-JNE Expediente N° ERM.2018017955 NUEVO PROGRESO - TOCACHE - SAN MARTÍN JEE MARISCAL CÁCERES (ERM.2018001326) ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2018 RECURSO DE APELACIÓN Lima, tres de julio de dos mil dieciocho VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Juber Romero Chinguel, personero legal titular de la organización política MAS San Martín, contra la Resolución N° 015-2018-JEE-MCAC/ JNE, de fecha 12 de junio de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Mariscal Cáceres, que declaró improcedente la solicitud de inscripción de la lista de