Norma Legal Oficial del día 25 de diciembre del año 2013 (25/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano Miercoles 25 de diciembre de 2013

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persona humana. La gestion de los residuos solidos en el MORDAZA tiene como finalidad su manejo integral y sostenible, mediante la articulacion, integracion y compatibilizacion de las politicas, planes, programas, estrategias y acciones de quienes intervienen en la gestion y el manejo de los residuos solidos; Que, la MORDAZA Disposicion Complementaria, Transitoria y Final del Reglamento de la Ley General de Residuos Solidos, aprobado por el Decreto Supremo Nº 057-2004-PCM establece la obligacion de una adecuada disposicion final de residuos cualquiera sea su origen asi como la importacion de residuos solidos, por lo que esta obligacion se hace extensiva a los residuos solidos de la construccion y demolicion resultantes de las actividades de construccion, rehabilitacion, restauracion, remodelacion y demolicion de edificaciones e infraestructura; Que, segun el articulo 73, numeral 2.1 de la Ley Nº 27972, las municipalidades tienen, dentro del MORDAZA de las competencias y funciones especificas que asumen con caracter compartido el saneamiento ambiental, salubridad y salud, que conlleven al saneamiento ambiental, asi como, la limpieza, higiene y salubridad en los lugares publicos, lo cual pueden realizar en estrecha coordinacion y en forma compartida con la Municipalidad Provincial y los Organos Regionales, conforme se establece en el articulo 75 de la citada Ley; Que, en el articulo 80, numerales 3.1 y 3.4 de la Ley Nº 27972, son funciones especificas exclusivas de las municipalidades distritales proveer del servicio de limpieza publica determinando las areas de acumulacion de desechos, rellenos sanitarios y el aprovechamiento industrial de desperdicios, asi como fiscalizar y realizar labores de control respecto de la emision de humos, gases, ruidos y demas elementos contaminantes de la atmosfera y el ambiente, respectivamente; Que, de acuerdo con la normatividad citada y a fin de cumplir lo establecido en MORDAZA, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Medio Ambiente emite el Informe Nº 49-2013GDUMA/MM de fecha 19 de diciembre de 2013, que contiene el Informe Final formulado por el Equipo de Trabajo conformado para el cumplimiento de la "META 32: Elaborar un plan de gestion de residuos de la construccion y demolicion depositados en espacios publicos y de obras menores", los informes tecnicos que lo sustentan y el correspondiente Plan de Gestion a aprobarse mediante decreto de alcaldia. En efecto, debe mencionarse que la Subgerencia de Racionalizacion y Estadistica, mediante Informe Nº 069-2013-SGRE-GPP/MM del 19 de diciembre de 2013, senala que la informacion y Plan de Gestion presentados por la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Medio Ambiente se encuentran conformes, a efectos de remitirlos al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; Que, a mayor sustento, la Gerencia de Asesoria Juridica mediante Informe Legal Nº 557-2013-GAJ/MM de fecha 17 de diciembre de 2013, concluye que es indispensable emitir el decreto de alcaldia con el que se aprobara el Plan de Gestion presentado por la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Medio Ambiente, a fin de publicar el mismo, dentro del plazo previsto en la normativa aplicable, y remitir los actuados al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades contenidas en el articulo 20, numeral 6, y el articulo 42 de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; DECRETA: Articulo Primero.- Aprobar el "Plan de gestion de residuos de la construccion y demolicion depositados en espacios publicos y de obras menores" asi como el Anexo que forma parte integrante del mencionado plan, de conformidad con las consideraciones expuestas en el presente decreto de alcaldia. Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Medio Ambiente, la implementacion y ejecucion del plan aprobado segun el Articulo Primero, de acuerdo con sus atribuciones. Articulo Tercero.- Disponer que se remita la publicacion del presente decreto de alcaldia asi como el plan aprobado en virtud del Articulo Primero, a la Oficina de Medio Ambiente del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Articulo Cuarto.- Encargar a la Secretaria General la publicacion del presente decreto de alcaldia en el Diario

de La MORDAZA, aprobado mediante Ordenanza N° 102MDLM y sus modificatorias; acorde a lo previsto en la Ley N° 29090, Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, y en el Reglamento de Licencias de Habilitacion MORDAZA y Licencias de Edificacion aprobado por Decreto Supremo N° 008-2013-VIVIENDA, con respecto a los procedimientos de edificaciones y habilitaciones urbanas, y en la Ley N° 28976, Ley MORDAZA de Licencia de Funcionamiento, con respecto a los procedimientos de licencia de funcionamiento; conforme al Anexo que forma parte del presente Decreto de Alcaldia. Articulo Segundo.- ACTUALIZAR el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA de la Municipalidad de La MORDAZA, con las modificaciones mencionadas en el articulo precedente. Articulo Tercero.- DEJAR SIN EFECTO toda disposicion que se oponga a lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldia. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicacion del presente Decreto de Alcaldia en El Diario Oficial "El Peruano" y a la Gerencia de Tecnologias de Informacion y Comunicacion, la publicacion del presente Decreto de Alcaldia y el Anexo, en la pagina web de la entidad: www.munimolina.gob.pe, en el MORDAZA del Estado Peruano: www.peru.gob.pe y en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas: www.serviciosalciudadano.gob. pe. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA ZUREK P.F. MORDAZA 1031206-1

MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES
Aprueban el "Plan de gestion de residuos de la construccion y demolicion depositados en espacios publicos y de obras menores"
DECRETO DE ALCALDIA Nº 017-2013/MM Miraflores, 23 de diciembre de 2013 EL MORDAZA DE MIRAFLORES CONSIDERANDO: Que, conforme con lo establecido en el articulo 194 de la Constitucion Politica del Peru, las municipalidades provinciales y distritales son los organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia. De igual modo, segun el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, la autonomia que la Carta Magna establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 002-2013-EF se aprobaron los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignacion de los recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestion y Modernizacion Municipal del ano 2013, aplicable a todas las municipalidades provinciales y distritales del pais. Asimismo, segun el articulo 6 de este dispositivo, las municipalidades deben cumplir con determinadas metas para acceder a los recursos del Plan de Incentivos, y las metas se establecen para cada MORDAZA de municipalidad tomando en consideracion la finalidad del citado Plan; Que, la Ley Nº 27314, Ley General de Residuos Solidos, establece derechos, obligaciones, atribuciones y responsabilidades de la sociedad en su conjunto para asegurar una gestion y manejo de los residuos solidos, sanitaria y ambientalmente adecuada, con sujecion a los Principios de Minimizacion, Prevencion, de Riesgo Ambiental y Proteccion de la Salud y el bienestar de la