Norma Legal Oficial del día 09 de marzo del año 2011 (09/03/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

El Peruano MORDAZA, miercoles 9 de marzo de 2011

el contribuyente la sustituya por otras a satisfaccion de la administracion. Articulo Decimo Segundo.- EXCLUSIONES No se encuentran incluidos en los alcances de la presente Ordenanza: a) Los contribuyentes que tengan expedientes en tramite sobre reclamaciones y/o impugnaciones, demanda contenciosa administrativa, accion de MORDAZA en tramite ante la Municipalidad, Tribunal Fiscal o Poder Judicial, salvo que presenten su solicitud de desistimiento de acuerdo a las normas del procedimiento administrativo, tributario, contencioso tributario y/o procesal civil, segun corresponda, caso contrario solo podran acogerse por la parte de la deuda no reclamada. b) Los contribuyentes que hubieren abonado el total de sus obligaciones con anterioridad a la entrada en vigencia del presente dispositivo. Articulo Decimo Tercero.- PLAZO DE VIGENCIA La presente Ordenanza entrara en vigencia desde el 01 al 28 de febrero de 2011. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS, TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- PENSIONISTAS Los contribuyentes pensionistas que gozan del beneficio de deduccion de 50 UIT de la Base Imponible del Impuesto Predial, tendran como beneficio, la deduccion del 50 % de la Tasa por concepto de Arbitrios Municipales, aun cuando la deuda se encuentre vencida, siempre que cancelen su adeudo durante la vigencia de la presente Ordenanza. Segunda.- Aquellos contribuyentes que adeudan los arbitrios municipales de Limpieza Publica del ejercicio 2010, a cuyos predios de uso industrial se les hubiera incrementado en mas de un cincuenta por ciento (50%) respecto del ejercicio 2009, solo tendran un incremento de dicho porcentaje como maximo.. Este unico beneficio regira excepcionalmente hasta el 31 de Diciembre del 2011. Tercera.- Se encarga a la Gerencia de Rentas Municipales y Sub Gerencias dependientes de dicha unidad organica, Gerencia de Comunicaciones, Gerencia de Administracion, Gerencia de Tecnologia de la Informacion, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza y todas las demas dependencias de la Municipalidad deberan prestar el apoyo y facilidades para su cabal cumplimiento. Cuarta.- Facultese al senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones complementarias y necesarias para la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza, asi como tambien para establecer su prorroga de ser el caso. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 611078-1

Aprueban fijacion de monto por concepto de emision mecanizada de actualizacion de valores y determinacion del Impuesto Predial del Ejercicio Fiscal 2011
ORDENANZA MUNICIPAL N° 02-2011/MDV Ventanilla, 31 de enero de 2011 EL SENOR MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA VISTO: En Sesion Ordinaria del Concejo Municipal Distrital, de fecha 31 de enero de 2011; y,

Que, el articulo 55º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, modificado mediante Decreto Legislativo Nº 981, establece que "es funcion de la administracion tributaria recaudar los tributos" y el articulo 69º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades senala "son rentas municipales, los tributos creados por ley a su favor y las contribuciones, tasas, arbitrios, licencias, multas y derechos creados por su Concejo Municipal, los que constituyen sus ingresos propios". Que, esta Entidad MORDAZA, es la encargada de recaudar y administrar los ingresos tributarios por concepto de Impuesto Predial y por Arbitrios Municipales, conforme se encuentra establecido en los articulos 6º y 60º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, Decreto Supremo Nº 156-2004-EF; y en las Ordenanzas Municipales en materia de regulacion de Arbitrios Municipales emitidas por esta Entidad Edil. Que, la Cuarta Disposicion Final del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, senala "las municipalidades que brinden el servicio de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion de impuestos y de recibos de pago correspondientes, incluida su distribucion a domicilio, quedan facultadas a cobrar por dichos servicios no mas del 0.4% de la UIT vigente al 01 de enero de cada ejercicio, en cuyo caso esta valorizacion sustituye la obligacion de MORDAZA de declaraciones juradas"; Que, mediante Memorando Nº 006-2011/MDV-GRM, la Gerencia de Rentas Municipales, manifiesta que el mecanismo de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion de impuestos y de recibos de pago correspondientes, sustituye la obligacion de MORDAZA de declaraciones juradas; razon por la cual, propone la expedicion de la MORDAZA que establezca la prorroga de la vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 037-2008/MDV-CDV de fecha 17 de Diciembre del 2008, ratificada por Acuerdo de Concejo Nº 000077 de la Municipalidad Provincial del Callao, que aprobo la Fijacion del Monto por Concepto de Emision Mecanizada de Actualizacion de Valores y Determinacion del Impuesto Predial del Ejercicio Fiscal 2009, debiendo aplicarse para el ejercicio fiscal 2011 por el importe de S/. 6.90 (seis y 90/100 Nuevos Soles) Que, mediante Dictamen Nº 001-2011/MDV-CRM de la Comision de Rentas, se aprobo recomendar al honorable Concejo, la aprobacion de la Ordenanza Municipal que fije el monto por concepto de la tasa por emision mecanizada de actualizacion de valores y determinacion de Impuesto Predial del ejercicio 2011, prorrogando la Ordenanza Nº 037-2008/MDV. Que, las Municipalidades gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, concordante con el articulo II del Titulo preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades. Que, el articulo 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, establece que las ordenanzas son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, asimismo, indica que mediante ordenanza, se crean, modifican, suprimen o exonerar, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los limites establecidos por ley. Estando a lo expuesto y con el Dictamen Favorable de la Comision de Rentas Municipales, y en uso de las atribuciones conferidas en la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal Distrital con el MORDAZA POR UNANIMIDAD; y con la dispensa de la lectura y aprobacion del Acta; Aprobo la siguiente Ordenanza: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA FIJACION DE MONTO POR CONCEPTO DE EMISION MECANIZADA DE ACTUALIZACION DE VALORES Y DETERMINACION DEL IMPUESTO PREDIAL DEL EJERCICIO FISCAL 2011 Articulo Primero.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 037-2008/MDV, de fecha 17 de