Norma Legal Oficial del día 09 de marzo del año 2011 (09/03/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 9 de marzo de 2011

impuesto total resultante y debe pagarse hasta el ultimo dia habil del mes de Febrero; asimismo, el ultimo parrafo del articulo 29 del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo N° 135-99EF, establece que el plazo para el pago de la obligacion tributaria podra ser prorrogado con caracter general por la Administracion Tributaria; Que, el Decreto Supremo Nº 135-99-EF que aprueba el Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, en la MORDAZA IV del Titulo Preliminar senala que los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza, pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 004-2011, publicada en el diario oficial El Peruano con fecha 29 de enero de 2011, se establecio el Programa de Incentivos Tributarios "Cumple Mas y Paga Menos 2011" ademas de aprobar el beneficio tributario por el pago anual de los Arbitrios Municipales del presente ejercicio para aquellos contribuyentes que efectuen el pago de los mismos, conforme a los plazos y porcentajes de descuento establecidos en el articulo 5 de la mencionada norma; Que, mediante Memorando Nº 334-2011-MPC-GGATR la Gerencia General de Administracion Tributaria y Rentas remite para la aprobacion del Concejo Municipal el proyecto de la presente Ordenanza, asimismo, mediante Memorando Nº 237-2011-MPC/GGAJC la Gerencia General de Asesoria Juridica y Conciliacion es de la opinion que resulta procedente la aprobacion de la presente Ordenanza; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Provincial del Callao, con el MORDAZA unanime del Cuerpo de Regidores, ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE LA PRORROGA DE DIVERSOS BENEFICIOS TRIBUTARIOS Y REGULACION DE DISPOSICIONES CONTENIDOS EN LA ORDENANZA MUNICIPAL Nº 004-2011 Y QUE AMPLIA LAS FECHAS DE VENCIMIENTO DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES 2011 Articulo 1º.- Modificase el plazo establecido en el primer parrafo del articulo 4 de la Ordenanza Municipal Nº 004-2011, respecto de la fecha limite para acogerse a los beneficios sobre deudas de anos anteriores descritos en dicho articulo, entendiendose que el plazo para el acogimiento de los mismos se prorroga hasta el 31 de marzo de 2011. Articulo 2º.- Modificase el plazo establecido en el articulo 5 de la Ordenanza Municipal Nº 004-2011, por el siguiente texto: "Los contribuyentes que hasta el 31 de marzo de 2011, realicen la cancelacion total del monto anual de los Arbitrios Municipales del presente ejercicio, tendran un descuento del 5% sobre el monto determinado de arbitrios de dicho ejercicio." Articulo 3º.- Ampliase el plazo del vencimiento de pago del Impuesto Predial del ejercicio 2011, de la siguiente manera: 1) Pago al Contado: Hasta el 31 de marzo de 2011. 2) Pago Fraccionado: Primera Cuota: Hasta el 31 de marzo de 2011. Articulo 4º.- Modificase las fechas de vencimiento de los Arbitrios Municipales de los meses de Enero y Febrero del ejercicio 2011, entendiendose como fecha de vencimiento de dichos tributos y periodos el 31 de marzo de 2011. Articulo 5º.- Precisase que la presente Ordenanza Municipal unicamente amplia los plazos de vencimiento en los terminos descritos en los articulos anteriores, sin modificar los terminos, condiciones y demas conceptos y/o disposiciones establecidos en la Ordenanza Municipal Nº 004-2011 publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 29 de enero de 2011, en consecuencia, se mantiene la vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 0042011, en cuanto a las disposiciones y plazos que no son modificados por la presente MORDAZA legal.

Articulo 6º.- Encargase a la Gerencia General de Administracion Tributaria y Rentas y a la Gerencia de Informatica, el fiel cumplimiento de la presente MORDAZA y a las Gerencias Generales de Relaciones Publicas, de Asentamientos Humanos y de Participacion Vecinal la difusion de la misma. Articulo 7º.- Facultase al senor MORDAZA de la Municipalidad Provincial del Callao para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las medidas complementarias necesarias para la adecuada aplicacion de la presente MORDAZA legal, asi como para la prorroga del vencimiento de las obligaciones que esta Ordenanza dispone. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 611016-1

MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA
Establecen beneficio de amnistia de deudas tributarias y no tributarias para contribuyentes del distrito
ORDENANZA MUNICIPAL N° 01-2011/MDV Ventanilla, 31 de enero de 2011 EL SENOR MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA VISTO: En Sesion Ordinaria del Concejo Municipal Distrital, de fecha 31 de enero de 2011; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 55º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, modificado mediante Decreto Legislativo Nº 981, establece que "es funcion de la administracion tributaria recaudar los tributos" y el articulo 69º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades senala "son rentas municipales, los tributos creados por ley a su favor y las contribuciones, tasas, arbitrios, licencias, multas y derechos creados por su Concejo Municipal, los que constituyen sus ingresos propios". Que, el articulo 41º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario MORDAZA citado, establece que "excepcionalmente, los Gobiernos Locales podran condonar, con caracter general, el interes moratorio y las sanciones, respecto de los impuestos que administren. En el caso de contribuciones y tasas dicha condonacion podra alcanzar al tributo". Que, esta Entidad MORDAZA, es la encargada de recaudar y administrar los ingresos tributarios por concepto de Impuesto Predial y por arbitrios Municipales, conforme se encuentra establecido en los articulos 6º y 60º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, Decreto Supremo Nº 156-2004-EF; y en las Ordenanzas Municipales en materia de regulacion de Arbitrios Municipales emitidas por esta Entidad Edil; asimismo, recauda los ingresos no tributarios provenientes de la emision e imposicion de Multas Administrativas emitidas al MORDAZA de lo establecido en la Ordenanza Municipal Nº 031-2009/MDV, por la cual se aprueba el Reglamento de Aplicacion de Multas y Sanciones de esta entidad edil. Que, mediante Memorando Nº 038-2011/MDVGRM de la Gerencia de Rentas Municipales informa que existe un alto indice de morosidad de parte de los contribuyentes, y siendo necesario recuperar las deudas