Norma Legal Oficial del día 09 de marzo del año 2011 (09/03/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 9 de marzo de 2011

monitorea en el MORDAZA pedagogico y administrativo a las Unidades de Gestion Educativa Local; - Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2009PCM se aprobo el "Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del ano 2009" bajo un MORDAZA enfoque para la continuacion de la descentralizacion administrativa, consistente en el "Desarrollo de la Gestion Descentralizada"; - Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 03002008-ED, se declara la conclusion del MORDAZA de transferencia de funciones sectoriales en materia de Educacion, Cultura, Ciencia, Tecnologia, Deporte y Recreacion, senaladas en el articulo 47º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales; y en el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del ano 2007, a los Gobiernos Regionales de Amazonas, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Huancavelica, Ica, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA, Pasco, MORDAZA, MORDAZA, San MORDAZA, Tacna, Tumbes y Ucayali; Que, mediante Dictamen Nº 001-2011-GR.CAJ-CR/ COAJ-CODESO evacuado por las Comisiones Ordinarias de Asuntos Juridicos y Desarrollo Social, de fecha 07 de febrero del ano 2011, se emite opinion favorable para la aprobacion del Proyecto Ordenanza Regional que dispone "Facultar al Presidente Regional para designar y MORDAZA a los funcionarios de confianza de las Unidades de Gestion Educativa Local del Gobierno Regional Cajamarca", proyecto remitido por el Director Regional de Asesoria Juridica, Abg. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por los argumentos que se exponen en los considerandos precedentes; Estando a lo acordado por el Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA en su Sesion Ordinaria de fecha 07 de febrero del ano 2011; y a las atribuciones conferidas por la Ley de Bases de la Descentralizacion Nº 27783; Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por las Leyes Nºs. 27902, 28013, 28961, 28968 y 29053; Reglamento Interno del Consejo del Gobierno Regional de MORDAZA, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 004-2008-GRCAJ-CR, con el MORDAZA mayoritario el Pleno aprobo la siguiente: ORDENANZA REGIONAL Primero.- FACULTAR al Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA designe y cese a los funcionarios de confianza de las Unidades de Gestion Educativa Local del Gobierno Regional de MORDAZA, de conformidad a lo previsto en el articulo 2º de la Ley Nº 27867 y en atencion a los considerandos precedentes. Segundo.- ENCARGAR al Organo Ejecutivo del Gobierno Regional MORDAZA la publicacion de la presente Ordenanza Regional en el MORDAZA electronico del Gobierno Regional MORDAZA (www.regioncajamarca. gob.pe). Tercero.- La presente Ordenanza Regional entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Por tanto: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la sede institucional del Gobierno Regional MORDAZA, a los siete dias del mes de febrero del ano dos mil once. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 610550-1

Reconocen a la Comision Ambiental Regional - CAR
ORDENANZA REGIONAL Nº 002 -2011-GRCAJ-CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL MORDAZA POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL MORDAZA Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: - Que, el articulo 191° de la Constitucion Politica del Estado, concordante con el articulo 2° de la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia; - Que, la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, en el articulo 15º, literal a) prescribe que es atribucion del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. De otro lado, en el articulo 37º literal a) establece que los Gobiernos Regionales a traves de su Consejo Regional dicta las normas y disposiciones como Ordenanzas Regionales y Acuerdos del Consejo Regional. Y en el articulo 53º (Funciones en materia ambiental y de ordenamiento territorial) en el literal a) establece que es politica de los Gobiernos Regionales formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y politicas en materia ambiental y de ordenamiento territorial, en concordancia con los planes de los Gobiernos Locales" y en el literal b) senala que la Implementacion del sistema regional de gestion ambiental, se realiza en coordinacion con las comisiones ambientales regionales; - Que, la Ley Nº 28245, Ley MORDAZA del Sistema Nacional de Gestion Ambiental, en el articulo 22º, numeral 22.1, establece que los Gobiernos Regionales ejercen sus funciones ambientales sobre la base de sus leyes correspondientes, en concordancia con las politicas, normas y planes nacionales y sectoriales, en el MORDAZA de los principios de la gestion ambiental contenidos en la ley. Finalmente, en el articulo 23º (De las Comisiones Ambientales Regionales), establece que las Comisiones Ambientales Regionales, CAR, son las instancias de gestion ambiental, de caracter multisectorial, encargadas de coordinar y concertar la politica ambiental regional. Promueven el dialogo y el acuerdo entre los sectores publico y privado; el Consejo Directivo del CONAM aprueba la creacion de la Comision Ambiental Regional, su ambito, funciones y composicion; - Que, la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, en el articulo 61º (De la concertacion en la gestion ambiental regional) establece que los Gobiernos Regionales, a traves de sus Gerencias de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente, y en coordinacion con las Comisiones Ambientales Regionales y la Autoridad Ambiental Nacional, implementan un Sistema Regional de Gestion Ambiental, integrando a las entidades publicas y privadas que desempenan funciones ambientales o que inciden sobre la calidad del medio ambiente, asi como a la sociedad civil, en el ambito de actuacion del gobierno regional; - Que, la creacion de la Comision Ambiental Regional de MORDAZA, ha sido aprobada mediante Resolucion Nº 002-CD-CONAM, de fecha 7 de febrero del 2002, emitida por el Consejo Nacional del Ambiente y con el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del