Norma Legal Oficial del día 09 de marzo del año 2011 (09/03/2011)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, miercoles 9 de marzo de 2011

NORMAS LEGALES

438645

SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar la renuncia presentada por la senorita MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como representante titular del Ministerio de Economia y Finanzas y Presidente de la Comision Especial a la que se refiere el articulo 7º de la Ley Nº 28933 y su modificatoria, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- Designar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como representante titular del Ministerio de Economia y Finanzas y Presidente de la Comision Especial a la que se refiere el articulo 7º de la Ley Nº 28933 y su modificatoria. Articulo 3º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Ministerial a las entidades y organismos que integran la Comision Especial y a los interesados para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Economia y Finanzas 611666-1

ENERGIA Y MINAS
Aprueban razones de caso fortuito o fuerza mayor sustentadas por TERMOCHILCA S.A.C. al MORDAZA del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas y aprueban modificacion de autorizacion para desarrollar actividades de generacion en la Central Termica MORDAZA MORDAZA de los Olleros
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 113-2011-MEM/DM MORDAZA, 2 de marzo de 2011 VISTO: El Expediente Nº 33180209, organizado por TERMOCHILCA S.A.C., persona juridica inscrita en la Partida Nº 12114169 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de MORDAZA, sobre solicitud de modificacion de la autorizacion de generacion de energia electrica en la futura Central Termica MORDAZA MORDAZA de los Olleros; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 552-2009MEM/DM, publicada el 01 de enero de 2010, se otorgo a favor de TERMOCHILCA S.A.C. la autorizacion para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en la futura Central Termica MORDAZA MORDAZA de los Olleros; Que, mediante documento con Registro Nº 2049892 de fecha 10 de diciembre de 2010, TERMOCHILCA S.A.C. presento una solicitud de modificacion de la autorizacion de generacion de energia electrica en la futura Central Termica MORDAZA MORDAZA de los Olleros, rectificada el 05 de enero de 2011 con la carta GG-0102011, ingresada bajo el Registro N° 2055980, invocando causa de fuerza mayor relacionadas al MORDAZA de evaluacion crediticia del proyecto y la determinacion de las condiciones contractuales para el cierre financiero, vinculadas principalmente a los siguientes hechos: 1) modificacion del hito correspondiente a la suscripcion del contrato, debido a que con posterioridad a haber obtenido la autorizacion para la construccion del proyecto, y luego de iniciadas las negociaciones para el financiamiento, el banco le ha requerido a TERMOCHILCA S.A.C., como condicion precedente al cierre, la suscripcion del contrato llave en mano (EPC),

de modo que este pueda ser revisado por el ingeniero independiente y se tenga mayor certeza del monto del financiamiento, y 2) una exigencia de la Corporacion MORDAZA de Fomento (CAF), no prevista inicialmente, consistente en una evaluacion ambiental y social del proyecto; Que, con fecha 01 de febrero de 2011, TERMOCHILCA S.A.C. amplio los fundamentos de su solicitud y argumento como nueva causal de modificacion de la autorizacion de generacion de energia electrica, las demoras en las negociaciones para la suscripcion del contrato de distribucion de gas; Que, mediante Informe Legal Nº 002 -2011-EMDGE del 09 de febrero de 2011, se califico las razones expuestas por la titular como caso fortuito o fuerza mayor; solo en los aspectos senalados en el considerando anterior; por no haberse concluido con las negociaciones para la suscripcion del contrato de suministro de gas, en consideracion a que el perfeccionamiento de este contrato de suministro constituye una condicion sin la cual la titular no podra obtener el financiamiento ni poner en operacion la Central Termica MORDAZA MORDAZA de los Olleros; Que, se verifica de los documentos presentados que la titular ha cumplido a la fecha con el cronograma de obras aprobado y ha realizado los mayores esfuerzos para llegar a un acuerdo con la suministradora de gas natural, sin embargo, han existido demoras por parte de la proveedora de gas natural en la evaluacion y analisis de los documentos entregados por TERMOCHILCA, lo cual ha llevado a que despues de mas de un ano del inicio de las negociaciones aun no se MORDAZA concluido con las mismas; Que, dichas circunstancias corresponden a la figura de fuerza mayor prevista en el articulo 1315º del Codigo Civil, por lo que constituyen eventos imprevisibles, extraordinarios e irresistibles, y tienen una vinculacion directa con el fiel cumplimiento del cronograma de obras aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 552-2009MEM/DM, el cual, si bien hasta la fecha ha sido cumplido por TERMOCHILCA, pueden surgir atrasos, no solo en la Puesta en Operacion Comercial, sino en el cierre del contrato de financiamiento; en el caso que las gestiones con la suministradora de gas se prolonguen mas de lo previsto; Que, la peticion se ampara en las disposiciones contenidas en el articulo 38º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, y en el articulo 67º de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 00993-EM; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Apruebese las razones de caso fortuito o fuerza mayor sustentadas por TERMOCHILCA S.A.C., al MORDAZA del literal e) del Articulo 69º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM. Articulo 2º.- Aprobar la modificacion de autorizacion para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en la Central Termica MORDAZA MORDAZA de los Olleros de la que es titular la TERMOCHILCA S.A.C., y que debera efectuar las obras y puesta en servicio hasta el 30 de noviembre de 2012. Articulo 3º.- La presente Resolucion Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 67º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, sera publicada en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez y por cuenta del titular, dentro de los cinco (5) dias calendario siguientes a su expedicion, y entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 610063-1