Norma Legal Oficial del día 09 de marzo del año 2011 (09/03/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, miercoles 9 de marzo de 2011

NORMAS LEGALES

438647

Que, mediante Memorando N° 0526-2011-PRODUCE/ OGPP la Directora General de la Oficina General de Planificacion y Presupuesto hace MORDAZA el Informe N° 0652011-PRODUCE/OGPP-Op; Que, estando a lo informado en los documentos del visto, contando con el visado de la Oficina General de Planificacion y Presupuesto la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29626 ­ Ley que aprueba el Prepuesto del Sector Publico para el Ano 2011, el Decreto Legislativo Nº 1047 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, y el Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Desagregacion de recursos Apruebese la desagregacion de los recursos aprobados mediante el Decreto Supremo N° 031-2011-EF, por un monto de CIENTO SETENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS Y 00/100 (S/. 175 800,00), con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, de acuerdo al siguiente: EGRESOS: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA PLIEGO : GOBIERNO CENTRAL : 038 MINISTERIO DE LA PRODUCCION UNIDAD EJECUTORA : 001 MINISTERIO DE LA PRODUCCION FUNCION : 24 Prevision PROGRAMA FUNCIONAL : 052 Prevision Social SUBPROGRAMA FUNCIONAL : 0116 Sistemas de Pensiones Actividad : 1.000347 Obligaciones Previsionales FUENTE DE FINANCIAMIENTO : 1 Recursos Ordinarios Categoria de Gasto : 5 Gasto Corriente Generica de Gasto : 2.2 Pensiones y Otras Prestaciones Sociales TOTAL UNIDAD EJECUTORA TOTAL PLIEGO

VISTOS: El Oficio Nº DE-100-087-2011-PRODUCE/ IMP del Instituto MORDAZA del Peru - IMARPE, el Informe Directoral Nº 016-2011-PRODUCE/DGEPP-DCHI de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero y el Informe Nº 042-2011-PRODUCE/OGAJrzarate de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, conforme al articulo 2º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, los recursos hidrobiologicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Peru son patrimonio de la Nacion, por lo que corresponde al Estado regular el manejo integral y la explotacion racional de dichos recursos, considerando que la actividad pesquera es de interes nacional; Que, el articulo 9º del citado Decreto Ley establece que sobre la base de evidencias cientificas disponibles y de factores socioeconomicos, el Ministerio de la Produccion determina, segun el MORDAZA de pesquerias, los sistemas de ordenamiento pesquero, las cuotas de captura permisible, las temporadas y zonas de pesca, la regulacion del esfuerzo pesquero, los metodos de pesca, las tallas minimas de captura y demas normas que requieran la preservacion y explotacion racional de los recursos hidrobiologicos; Que, el Decreto Legislativo Nº 1084 - Ley sobre Limites Maximos de Captura por Embarcacion, establece el mecanismo de ordenamiento pesquero aplicable a la extraccion de los recursos anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta MORDAZA (Anchoa nasus) destinada al consumo humano indirecto, con el fin de mejorar las condiciones para su modernizacion y eficiencia, promover su desarrollo sostenido como fuente de empleo e ingresos; y, asegurar un aprovechamiento responsable de los recursos hidrobiologicos, en MORDAZA con la preservacion del medio ambiente y la conservacion de la biodiversidad; Que, el articulo 3º del Decreto Supremo Nº 0212008-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de la Ley sobre Limites Maximos de Captura por Embarcacion, establece que el Ministerio de la Produccion en funcion al informe cientifico que emita el Instituto MORDAZA del Peru - IMARPE en concordancia con la Ley General de Pesca, determinara, entre otros, el inicio y la conclusion de las temporadas de pesca que corresponde a cada una de ellas, salvo circunstancias ambientales o biologicas. Asimismo, estipula que la definicion de la temporada de pesca debera ser publicada con una anticipacion minima de quince (15) dias habiles; Que, en el Informe cientifico denominado "Desarrollo del MORDAZA Reproductivo del Stock Norte-Centro de anchoveta (al 28 de febrero de 2011)", adjunto al Oficio Nº DE-100-087-2011-PRODUCE/IMP, el IMARPE determina que, de acuerdo a un analisis historico del MORDAZA de desove, en la MORDAZA norte-centro, del recurso anchoveta, este debe estar concluyendo durante la quincena del presente mes, lo que habilita a que el Ministerio de la Produccion autorice el inicio de la primera temporada de pesca 2011. Por otro lado, el plazo anticipado de la publicacion de la presente Resolucion permite a los armadores establecer estrategias para el desarrollo de la actividad extractiva, como por ejemplo a traves de la asociacion con otros armadores que tambien cuenten con permiso de pesca y tengan asignado el Porcentaje MORDAZA de Captura por Embarcacion - PMCE; Que, mediante la Resolucion Ministerial Nº 279-2010PRODUCE, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 28 de octubre de 2010, se autorizo el inicio de la MORDAZA temporada de pesca de los recursos anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta MORDAZA (Anchoa nasus), en la MORDAZA comprendida entre el extremo norte del dominio maritimo del Peru y los 16º 00' Latitud Sur, a partir de las 00:00 horas del 20 de noviembre de 2010; Que, las circunstancias ambientales y biologicas ocurridas durante la MORDAZA temporada de pesca de los recursos anchoveta y anchoveta MORDAZA, motivaron la expedicion de las Resoluciones Ministeriales Nos. 319, 327, 337-2010-PRODUCE, asi como

175 800,00 ---------------175 800,00 ---------------175 800,00 =========

Articulo 2°.Notas para Modificacion Presupuestaria La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego instruye a la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de la Produccion para que elabore las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 3°- Remision MORDAZA del presente dispositivo se remite a los organismos senalados en el articulo 23°, numeral 23.2, de la Ley N° 28411- Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ELISBAN VILLASANTE MORDAZA Ministro de la Produccion 610629-1

Autorizan inicio de la primera temporada de pesca de los recursos anchoveta y anchoveta MORDAZA correspondiente al 2011, en MORDAZA del litoral
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 083-2011-PRODUCE MORDAZA, 8 de marzo de 2011