Norma Legal Oficial del día 12 de enero del año 2010 (12/01/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 12 de enero de 2010

La Carta Nº 0040-2010-GG del 08 de enero de 2010 presentadas por la Gerencia General de la Empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de MORDAZA, en adelante SEDAPAL S.A.; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 034-2006-SUNASS-CD del 20 de MORDAZA de 2006¹, el Consejo Directivo de la SUNASS aprobo de oficio la Formula Tarifaria, Estructura Tarifaria y Metas de Gestion² que serian de aplicacion por la empresa SEDAPAL S.A. para el quinquenio 2006 ­ 2011; Que, en el MORDAZA del articulo 102-A del T.U.O. del Reglamento de la Ley General de Servicios de Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0232005-VIVIENDA, SEDAPAL S.A. solicito, la aprobacion de Formula Tarifaria, Estructuras Tarifarias y Metas de Gestion para los proximos cinco (05) anos y de los Precios de los Servicios Colaterales, cuya documentacion adjunta es evaluada para los fines de la expedicion del presente acto administrativo, con arreglo a lo dispuesto en el numeral 40.1.1 del articulo 40º de la Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, mediante Carta Nº 0040-2010-GG del 08 de enero de 2010, SEDAPAL S.A. presento el Acuerdo de Directorio de FONAFE mediante el cual aprueba la aceptacion de constituir un fondo exclusivo de inversiones, como requisitos para la admisibilidad del Plan Maestro Optimizado presentado con Carta Nº 1643-2009-GG del 02 de setiembre de 2009; Que, conforme a lo dispuesto en el articulo 17° del Reglamento General de Tarifas, aprobado por Resolucion de Consejo Directivo Nº 009-2007-SUNASSCD, la solicitud de aprobacion de la Formula Tarifaria, Estructuras Tarifarias y Metas de Gestion presentada por la EPS, debe estar acompanada del Plan Maestro Optimizado que sustenta su propuesta; Que, de acuerdo con lo previsto en la Resolucion de Consejo Directivo Nº 052-2007-SUNASS-CD, que modifico la MORDAZA Disposicion Transitoria del Reglamento General de Tarifas, "Las EPS podran remitir su PMO sin la propuesta tarifaria para los servicios colaterales hasta el 30 de septiembre del 2008. Cumplida esta fecha, las EPS deberan adjuntar indefectiblemente a su PMO, su propuesta tarifaria para servicios colaterales"; Que, atendiendo a lo dispuesto en las normas legales MORDAZA descritas, la Gerencia de Regulacion Tarifaria ha procedido a efectuar la revision de la solicitud y demas documentacion presentada por SEDAPAL S.A.; Que, segun el Reglamento General de Tarifas, corresponde a la Gerencia de Regulacion Tarifaria, una vez recibida la solicitud de aprobacion del Plan Maestro Optimizado, asi como de determinacion de Precios de Servicios Colaterales del solicitante, y verificado el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad y procedencia a que se refieren los articulos 18° y 19° del citado Reglamento, admitir a tramite la referida solicitud; En uso de las facultades conferidas por el Reglamento General de Tarifas, aprobado mediante Resolucion de Consejo Directivo N° 009-2007-SUNASS-CD; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Admitir a tramite la solicitud presentada por SEDAPAL S.A. para la determinacion de la Formula Tarifaria, Estructuras Tarifarias y Metas de Gestion para el proximo quinquenio regulatorio, asi como de determinacion de Precios de Servicios

Colaterales, con lo cual se da inicio a los procedimientos establecidos en el Reglamento General de Tarifas, aprobado mediante Resolucion de Consejo Directivo N° 009-2007-SUNASS-CD. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA LUCICH LARRAURI Gerente de Regulacion Tarifaria
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PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Convierten diversos organos jurisdiccionales en lo Contencioso Administrativo Transitorios de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 404-2009-CE-PJ

MORDAZA, 21 de diciembre de 2009 VISTO: El Oficio N° 143-2009-OCTI-PJ cursado por la Jefa de la Oficina de Cooperacion Tecnica Internacional del Poder Judicial, remitiendo el informe de la Consultoria de Asistencia Tecnica de corto plazo de apoyo a la reduccion de la carga procesal en la Corte Superior de Justicia de Lima; CONSIDERANDO: Primero: Que, mediante Resolucion Administrativa N° 148-2007-CE-PJ, publicada el 15 de agosto de 2007, se convirtieron cinco juzgados civiles en el 11°, 12°, 13°, 14° y 15° juzgados especializados en lo contencioso administrativo de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, los mismos que posteriormente, mediante Resolucion Administrativa N° 157-2008-CE-PJ publicada el 2 de MORDAZA de 2008, se convirtieron en la sub especialidad previsional, asumiendo la carga de tal materia de forma exclusiva, en tanto que los demas juzgados permanentes, del 1° al 10°, mantuvieron su competencia sobre temas contenciosos administrativos propiamente dichos; Segundo: Que, dada la carga procesal que venian manteniendo los juzgados de la referida especialidad y dentro del Plan Nacional de Descarga Procesal se crearon diez juzgados transitorios en lo contencioso administrativo mediante Resolucion Administrativa N° 029-2008-CE-PJ, publicada el 14 de febrero de 2008, cuyo funcionamiento ha sido prorrogado hasta el 31 de diciembre del presente ano mediante Resolucion Administrativa N° 192-2009-CEPJ, publicada el 8 de MORDAZA del ano en curso; de los cuales cuatro (del 1° al 4° Juzgados Transitorios) se designaron para tramitar a exclusividad la carga previsional; Tercero: Que, mediante Ley N° 29364, se incorpora el inciso I) al articulo 51° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, estableciendose la competencia de los Juzgados Especializados de Trabajo para conocer demandas contenciosa administrativas en materia laboral y previsional, en atencion a lo cual se dicto la Resolucion Administrativa N° 226-2009-CE-PJ, publicada el 26 de MORDAZA ultimo, por la cual se convirtieron el 3° y 4° Juzgados Especializados en lo Contencioso Administrativo Transitorios con Subespecialidad Previsional de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, en el 6° y 7° Juzgados Especializados de Trabajo Transitorios con Subespecialidad Previsional, los cuales asumirian

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Publicada en el Diario Oficial El Peruano el 22 de MORDAZA de 2006. Las metas de gestion fueron modificadas por Resolucion de Consejo Directivo N° 074-2007-SUNASS-CD del 12 de noviembre de 2007.