Norma Legal Oficial del día 12 de enero del año 2010 (12/01/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 12 de enero de 2010

14167-PM, con 213.00 m3 de capacidad de bodega en los mismos terminos y condiciones en los que fue otorgado. Articulo 2°.- El permiso de pesca a que se refiere el articulo 1° de la presente Resolucion, sera ejercido conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 0012002-PRODUCE, que establece que los recursos sardina, jurel y caballa, seran destinados al consumo humano directo; o las normas que lo modifiquen o sustituyan; y a las sanciones previstas por su incumplimiento, establecidas en el Decreto Supremo N° 016-2007-PRODUCE. En este supuesto la totalidad de las bodegas de la embarcacion deben mantener implementado y operativo el medio o el sistema de preservacion a bordo RSW o CSW, cuyo funcionamiento es obligatorio. Articulo 3°.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca de la embarcacion pesquera "SHUR II" de matricula CE-14167-PM otorgado a CORPORACION PESQUERA M&E S.A.C.; e incorporar a la EMPRESA PESQUERA PUERTO RICO S.A.C. ­ EPPRISAC como el MORDAZA titular del permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera "SHUR II" de matricula CE14167-PM, asi como la presente Resolucion, al Anexo I de la Resolucion Ministerial N° 084-2007-PRODUCE en cuyo literal A) se incluira la embarcacion pesquera. Articulo 4°.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero
443523-1

Declaran inadmisible solicitud presentada por Pesquera MORDAZA S.A. relacionada a la ampliacion de permiso de pesca
RESOLUCION DIRECTORAL N° 1008-2009-PRODUCE/DGEPP

MORDAZA, 30 de diciembre del 2009 Vistos los escritos con Registro Nº 00097526 de fecha 07 y 09 de diciembre de 2009, presentado por la empresa PESQUERA MORDAZA S.A. CONSIDERANDO: Que, la Resolucion Ministerial Nº 280-96-PE, otorgo permiso de pesca, entre otros, a la empresa PESQUERA TANBORERO S.R.Ltda. para operar la embarcacion MORDAZA 6 de matricula Nº CE-4826-PM, para dedicarse a la extraccion de recursos hidrobiologicos de consumo humano indirecto en el ambito del litoral peruano, fuera de las cinco millas costeras, utilizando redes de cerco con longitud minima de malla de ½ pulgada (13 mm.); Que, mediante Resolucion Directoral Nº 417-2003PRODUCE/DNEPP, se aprueba el cambio de titular a favor de la empresa PESQUERA MORDAZA S.A., del Permiso de Pesca de la embarcacion pesquera MORDAZA 6 de matricula Nº CE-4826-PM, de 395.14 m3 de capacidad de bodega, en los terminos y condiciones en que fue otorgado; Que, el numeral 3 del inciso b) y el numeral 1 del inciso c) del articulo 43º de la Ley General de Pesca Decreto Ley Nº 25977, establece que para el desarrollo de las actividades pesqueras conforme lo disponga el

Reglamento de la Ley General de Pesca, la personas naturales y juridicas, requeriran de autorizacion de incremento de flota y permiso de pesca para la operacion de embarcaciones pesqueras de bandera nacional; Que, mediante Decreto Supremo Nº 011-2007PRODUCE del 13 de MORDAZA del 2007, se aprobo el Reglamento de Ordenamiento Pesquero de Jurel y Caballa, en cuyo numeral 5.1 del articulo 5º se establece que el acceso a la actividad extractiva de los citados recursos se obtiene mediante autorizaciones de incremento de flota y permisos de pesca; Que, la MORDAZA Disposicion Final, Complementaria y Transitoria del citado Reglamento establece que el Ministerio de la Produccion exceptuara de la autorizacion de incremento de flota y otorgara permiso de pesca de jurel y caballa para el consumo humano directo a las embarcaciones de cerco con permiso de pesca para el consumo humano indirecto que contando con sistema de preservacion a bordo con agua refrigerada MORDAZA R.S.W. y que acogiendose a los convenios celebrados al MORDAZA de la R.M. Nº 150-2001-PE demuestren haber realizado esfuerzo pesquero de jurel y caballa para el consumo humano directo, de acuerdo a los terminos del Reglamento de la Ley General de Pesca. Para efectos de consideracion del esfuerzo pesquero senalado en el parrafo anterior este sera computado a partir de la fecha de vigencia del D.S. Nº 001-2002-PRODUCE. El plazo para solicitar el permiso de pesca es de 120 dias calendario contados desde la entrada en vigencia del presente Decreto Supremo; Que, mediante los escritos del visto, la empresa PESQUERA MORDAZA S.A., solicita ampliacion de permiso de pesca en lo referido a la extraccion de los recursos jurel y caballa, para la embarcacion pesquera MORDAZA 6 con Matricula Nº CE-4826-PM con permiso otorgado mediante Resolucion Ministerial Nº 280-96-PE, presentando documentacion de acuerdo al procedimiento Nº 5 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE; Que, de la evaluacion efectuada a la solicitud y a los antecedentes que obran en el expediente administrativo, se determina que, PESQUERA MORDAZA S.A. presento la solicitud de ampliacion de permiso de pesca, fuera del plazo de 120 dias contados desde la entrada en vigencia del Decreto Supremo Nº 011-2007-PRODUCE, en virtud de la MORDAZA Disposicion Final, Complementaria y Transitoria del Reglamento de Ordenamiento Pesquero de Jurel y Caballa aprobado por el Decreto Supremo N° 0112007-PRODUCE; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero mediante el Informe Nº 6802009-PRODUCE/DGEPP-Dch y con la opinion favorable del Area Legal correspondiente; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 ­ Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el Reglamento de Ordenamiento Pesquero de Jurel y Caballa, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2007PRODUCE; En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar inadmisible la solicitud presentada por PESQUERA MORDAZA S.A., relacionado a la ampliacion del permiso de pesca otorgado a la embarcacion pesquera denominada MORDAZA 6 con Matricula Nº CE-4826-PM, en lo referido a la extraccion de los recursos jurel y caballa, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y a la