Norma Legal Oficial del día 12 de enero del año 2010 (12/01/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 12 de enero de 2010

Para ascender al grado de: Anos de servicio como Oficial MORDAZA MORDAZA, Capitan de Fragata 15 anos o Comandante MORDAZA o Capitan de Navio 20 anos

Para el ascenso al grado de General de Brigada, Contralmirante o Mayor General se requiere un minimo de 6 anos de servicio como MORDAZA o Capitan de Navio y contar con un minimo de 25 anos de servicios reales y efectivos. c. Oficiales de Servicios procedentes de universidades que se asimilan con el grado de Capitan o MORDAZA Primero:
Para ascender al grado de: Anos de servicio como Oficial 6 anos Mayor o Capitan de Corbeta MORDAZA MORDAZA, Capitan de Fragata o 13 anos Comandante 20 anos MORDAZA o Capitan de Navio

Fuerzas Armadas, que forman parte del presente Decreto Supremo, seran unicamente publicadas en las Ordenes Generales de cada Institucion Armada, en concordancia con el Articulo 2º "Clasificacion de Anexos" del Decreto Supremo Nº 011-2008-DE de fecha 8 de MORDAZA de 2008, que clasifica como "Informacion Reservada" a los citados Anexos. Articulo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Defensa. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los once dias del mes de enero del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa
444606-2

Para el ascenso al grado de General de Brigada, Contralmirante o Mayor General se requiere un minimo de 6 anos de servicio como MORDAZA o Capitan de Navio y contar con un minimo de 25 anos de servicio reales y efectivos. d. No sera considerado como tiempo de servicio en el grado, para efectos de los incisos "a", "b" y "c", aquel transcurrido por el Oficial candidato en cualquiera de las siguientes situaciones: (1) Licencia continuada mayor a noventa (90) dias calendario, excepto por maternidad de acuerdo a la ley que regula la materia y cuando la licencia es otorgada para fines de instruccion, con goce de haber y con la obligacion de servir el correspondiente tiempo compensatorio. (2) Enfermedad o lesion por un periodo continuado mayor de seis (6) meses, excepto cuando la enfermedad o lesion se MORDAZA producido en acto de servicio o como consecuencia del mismo. e. Tener como minimo un (1) ano en la situacion de actividad al 31 de diciembre del ano anterior al MORDAZA de ascenso, despues de permanecer un periodo en la situacion de disponibilidad. f. El cumplimiento de lo previsto en los literales a, b y c del presente articulo, sera de caracter obligatorio para los MORDAZA pertinentes al termino del periodo de transitoriedad establecido en la MORDAZA Disposicion Complementaria de la Ley Nº 28359, Ley de Situacion Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas y en el Decreto Supremo Nº 020-2008-DE/SG que modifica los anexos 1, 2 y 3 del Reglamento de la Ley de Situacion Militar, que establecen la implementacion de la transitoriedad en cada Institucion Armada. La determinacion de los Oficiales candidatos que cumplan con los requisitos MORDAZA detallados, sera establecida mediante Resolucion de la Direccion o Comando de Personal y se publicara en la pagina Intranet de la Institucion Armada en la primera quincena del mes de enero de cada ano y en la Orden General correspondiente." Articulo 2º.- Modificar los Anexos 3, 4 y 5 del Reglamento de la Ley de Ascensos de Oficiales de las Fuerzas Armadas Modificar los Anexos 3, 4 y 5 del Reglamento de la Ley de Ascensos de Oficiales de las Fuerzas Armadas, unica y exclusivamente en lo referente a la modificacion senalada en el articulo 1º del presente Decreto Supremo, concordante con la aplicacion del periodo de transitoriedad que se debe cumplir para el ascenso de los Oficiales de Armas; Comando General; MORDAZA, Comando y Combate; Especialistas; y de Servicios de las Fuerzas Armadas, segun lo establecido en el Decreto Supremo Nº 020-2008-DE/SG de fecha 10 de setiembre del 2008. Para tal efecto, las modificaciones a los Anexos 3, 4 y 5 del Reglamento de la Ley de Ascensos de Oficiales de las

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan viaje de Viceministro de Hacienda a EE.UU., en comision de servicio
RESOLUCION SUPREMA Nº 006-2010-EF

MORDAZA, 11 de enero de 2010 Visto, el Memorando Nº 002-2010-EF/11.03 de fecha 7 de enero de 2010, de la Secretaria Ejecutiva del Despacho del Viceministro de Hacienda del Ministerio de Economia y Finanzas, sobre autorizacion de viaje. CONSIDERANDO: Que, el senor MORDAZA Berley MORDAZA MORDAZA, Viceministro de Hacienda del Ministerio de Economia y Finanzas, viajara a la MORDAZA de MORDAZA D.C., Estados Unidos de MORDAZA, para asistir a la reunion de Gobernadores del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), asimismo acompanara a la senora Ministra de Economia y Finanzas a las reuniones previas que sostendra con el Secretario del Tesoro Americano y otros organismos multilaterales, a llevarse a cabo del 14 al 16 de enero de 2010; Que, en consecuencia, y siendo de interes para el MORDAZA, es necesario autorizar dicho viaje, debiendo el Ministerio de Economia y Finanzas asumir con cargo a su presupuesto los gastos por concepto de pasajes, viaticos y Tarifa Unificada de Uso de Aeropuerto (TUUA); De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nºs. 27619 y 29465, el Decreto de Urgencia Nº 001-2010 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar, por excepcion, el viaje en comision de servicio del senor MORDAZA Berley MORDAZA MORDAZA, Viceministro de Hacienda del Ministerio de Economia y Finanzas, a la MORDAZA de MORDAZA D.C., Estados Unidos de MORDAZA, del 14 al 16 de enero de 2010, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion, seran con cargo a la Unidad Ejecutora 001 Administracion General del Pliego Ministerio de Economia y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : US$ 2 044,62 Viaticos : US$ 880,00 Tarifa CORPAC (TUUA) : US$ 31,00