Norma Legal Oficial del día 12 de enero del año 2010 (12/01/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano MORDAZA, martes 12 de enero de 2010

NORMAS LEGALES

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del vencimiento del plazo de vigencia indicado en el mencionado articulo 1º y se sujeta al cumplimiento de las condiciones previstas en el articulo 69º del Reglamento de la Ley de Radio y Television. Articulo 11º.- Dentro de los sesenta (60) dias de notificada la presente Resolucion, el titular de la autorizacion efectuara el pago correspondiente al derecho de autorizacion y canon anual, caso contrario, la autorizacion quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio de que el Ministerio emita el acto administrativo pertinente. Articulo 12º.- La autorizacion a la que se contrae la presente Resolucion se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan. Articulo 13º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones para las acciones que corresponda, de acuerdo a su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones
443558-1

Otorgan autorizacion a la asociacion Ministerio La Luz para prestar servicio de radiodifusion sonora educativa en Onda Media en la localidad de Ica MORDAZA - Chincha
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 674-2009-MTC/03

2008-MTC/03, se aprobaron los Planes de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias en la banda de OM para diversas localidades del departamento de Ica, entre las cuales se encuentra la localidad de Ica-Pisco-Chincha, la misma que incluye al distrito, provincia y departamento de Ica; Que, con Informe Nº 2221-2009-MTC/28, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones senala que se considera viable otorgar la autorizacion solicitada por la Asociacion MINISTERIO LA LUZ, para la prestacion del servicio de radiodifusion sonora educativa en Onda Media (OM) en el distrito, provincia y departamento de Ica; De conformidad con la Ley de Radio y Television - Ley Nº 28278, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, y modificado por Resolucion Ministerial Nº 644-2007-MTC/01, el Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias en la banda de Onda Media (OM) para la localidad de Ica-Pisco-Chincha, aprobado por Resolucion Viceministerial Nº 029-2005-MTC/03 y ratificado con Resolucion Viceministerial Nº 746-2008-MTC/033, las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion, aprobadas por Resolucion Ministerial Nº 358-2003MTC/03, y sus modificatorias; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar autorizacion a la Asociacion MINISTERIO LA LUZ, por el plazo de diez (10) anos, para prestar el servicio de radiodifusion sonora educativa en Onda Media (OM) en la localidad de Ica-Pisco-Chincha, departamento de Ica de acuerdo a las condiciones esenciales y caracteristicas tecnicas que se detallan a continuacion:
Condiciones Esenciales: Modalidad Frecuencia Finalidad Caracteristicas Tecnicas: Indicativo Emision Potencia Nominal del Transmisor Clasificacion de Estacion Ubicacion de la Estacion: Estudio Coordenadas Geograficas Planta Transmisora Coordenadas Geograficas MORDAZA de Servicio : Av. MORDAZA Nº 579, distrito, provincia y departamento de Ica. : Longitud Oeste : 75° 45' 13'' Latitud Sur : 14° 03' 52'' : MORDAZA MORDAZA, distrito, provincia y departamento de Ica. : Longitud Oeste : 75° 46' 06'' Latitud Sur : 14° 03' 48'' : El area comprendida dentro del contorno de 62 dB V/m : OBU-5H : 10K0A3EGN : 1 Kw :D : RADIODIFUSION SONORA EN OM : 1420 KHz. : EDUCATIVA

MORDAZA, 30 de diciembre de 2009 VISTO, el Expediente Nº 2005-000608 presentado por la Asociacion MINISTERIO LA LUZ, sobre otorgamiento de autorizacion para la prestacion del servicio de radiodifusion sonora educativa en Onda Media (OM) en el distrito, provincia y departamento de Ica; CONSIDERANDO: Que, el articulo 14º de la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, establece que para la prestacion del servicio de radiodifusion, en cualquiera de sus modalidades, se requiere contar con autorizacion, la cual se otorga por Resolucion del Viceministro de Comunicaciones, segun lo previsto en el articulo 19º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; Que, asimismo el articulo 14º de la Ley de Radio y Television indica que la autorizacion es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para establecer un servicio de radiodifusion. Ademas, el citado articulo senala que la instalacion de equipos en una estacion de radiodifusion requiere de un Permiso, el mismo que es definido como la facultad que otorga el Estado, a personas naturales o juridicas, para instalar en un lugar determinado equipos de radiodifusion; Que, el articulo 26º de la Ley de Radio y Television establece que otorgada la autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion, se inicia un periodo de instalacion y prueba que tiene una duracion improrrogable de doce (12) meses; Que, el articulo 29º del Reglamento de la Ley de Radio y Television indica que para obtener autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompanar con la informacion y documentacion que en dicho articulo se detallan; Que, con Resolucion Viceministerial Nº 029-2005MTC/03, ratificada con Resolucion Viceministerial Nº 746-

La autorizacion otorgada incluye el permiso para instalar los equipos de radiodifusion correspondientes. De acuerdo con lo establecido en el articulo 52º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, para el caso de los enlaces auxiliares se requiere de autorizacion previa otorgada por la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones. El plazo de la autorizacion y permiso concedidos se computaran a partir del dia siguiente de notificada la presente Resolucion, la cual, ademas, sera publicada en el Diario Oficial El Peruano.