Norma Legal Oficial del día 18 de agosto del año 2010 (18/08/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano MORDAZA, miercoles 18 de agosto de 2010

NORMAS LEGALES

424021

104-2010/DREM.M-GRM, de fecha 24 de junio del 2010 (D. El Algarrobal P. Ilo). 10) PAPALAN II con codigo 6800018-10, mediante R.D. 107-2010/DREM.M-GRM, de fecha 24 de junio del 2010 (D. MORDAZA P. Mariscal Nieto). 11) JUVIEL 2010 I con codigo 68-00007-10, mediante R.D. 108-2010/DREM.M-GRM, de fecha 24 de junio del 2010 (D. Moquegua/La Capilla P. Mariscal Nieto/ General MORDAZA Cerro). Registrese y comuniquese. MORDAZA L. MORDAZA MORDAZA Directora Regional Direccion Regional de Energia y Minas 531240-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ATE
Aprueban modificacion del planeamiento integral del MORDAZA La Roncadora Grande y de la MORDAZA Granja MORDAZA
ORDENANZA Nº 252-MDA Ate, 5 de agosto de 2010 POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de Ate, en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 5 de agosto de 2010, visto el Dictamen Nº 021-2010-MDA/CDUyOP de la Comision de Desarrollo MORDAZA y Obras Publicas; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru en su articulo 194º (modificado por la Ley Nº 27680), establece que las Municipalidades son organos de gobierno local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, establece en su articulo Nº 79º inciso 3) numeral 3.6, que las Municipalidades Distritales en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo, ejercen funcion especifica exclusiva a fin de normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias, y realizar la fiscalizacion de Habilitaciones Urbanas; construccion, remodelacion o demolicion de inmuebles y declaratoria de fabrica de acuerdo a los planes y normas sobre la materia (acapite 3.6.1 y 3.6.2 del numeral 3.6 del inciso 3, del articulo 79º de la Ley Nº 27972); Que, el Reglamento Nacional de Edificaciones, Titulo II, Capitulo V, articulos 37º al 42º establece que el Planeamiento Integral comprende la definicion de vias y los usos de la totalidad del predio, asi como la propuesta de integracion a la trama MORDAZA mas cercana en funcion de los lineamientos establecidos en el Plan de Desarrollo MORDAZA correspondiente. El Planeamiento Integral aprobado tendra una vigencia de 10 anos. Las modificaciones al Plan de Desarrollo MORDAZA deberan tomar en cuenta los planeamientos integrales vigentes y una vez aprobado tendra caracter obligatorio para las habilitaciones futuras, debiendo ser inscrito obligatoriamente en los Registros Publicos. Asimismo, la MORDAZA GH 20 Capitulo I y II aprueba los componentes de diseno MORDAZA y diseno de vias condicionados por los criterios de diseno establecidos en la MORDAZA A 120 de accesibilidad para personas discapacitadas; Que, la Ordenanza Metropolitana Nº 341-MML de fecha 6 de diciembre del 2001, que aprueba la actualizacion del Sistema Vial Metropolitano de MORDAZA, indica que el sector materia de planificacion, la principal via de acceso al MORDAZA La Roncadora Grande forma parte del Sistema Vial Metropolitano con un ancho variable entre 15.00 y 18.00 ml. (Seccion C ­ 03); Que, en la jurisdiccion del distrito de Ate, se tiene por objetivo atender las necesidades de las ocupaciones informales tomando conocimiento de la realidad y reconocimiento del espacio fisico del sector, poniendo a

disposicion un instrumento de gestion de ordenamiento del territorio mediante Planeamientos Integrales por sectores, motivo por el cual se intervienen en terrenos que conforman parte del Sector Catastral Nº 29, cuya finalidad es el acondicionamiento progresivo en donde se han detectado terrenos rusticos, asi como ocupaciones y construcciones irregulares, debido al crecimiento desordenado de la poblacion, lo cual viene provocando una dinamica MORDAZA inadecuada, por lo que se hace necesario dictar las normas urbanisticas dentro del Planeamiento Integral del sector, que permita adoptar la estrategia a fin de insertar los sectores normativos dentro del MORDAZA territorial existente determinando una estructura basica, promoviendo las gestiones de desarrollo y la promocion de la inversion, asi como las directrices normativas que permitan implementar las politicas urbanas y las acciones municipales para elevar las condiciones de calidad de MORDAZA de los habitantes del sector; Que, mediante Resolucion de Gerencia Nº 094 de fecha 11 de marzo de 2010, se resuelve Declarar la Nulidad de Oficio de la Resolucion de Sub Gerencia Nº 240 emitida en fecha 7 de diciembre de 2009 por la Sub Gerencia de Planificacion MORDAZA y Catastro, por haberse emitido contraviniendo las normas, senalando asimismo en su Articulo Cuarto: Disponer la evaluacion tecnica del Planeamiento Integral del Sector 29 MORDAZA MORDAZA, aprobado por Ordenanza Nº 125-MDA, determinando las diferencias o incongruencias tecnicas entre lo aprobado y la Habilitacion MORDAZA existente; Que, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA es la encargada de ejecutar la Modificacion del Planeamiento Integral del MORDAZA La Roncadora Grande en atencion al requerimiento de las necesidades urbanas de la MORDAZA y a pedido de los interesados que conforman parte del Sector Catastral Nº 29, por lo que se requiere mediante la presente Ordenanza la definicion de modulos viales locales, adecuandola a la realidad fisica existente; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y el Decreto Supremo Nº 011-2006-VIVIENDA que aprobo el Reglamento Nacional de Edificaciones; Estando a los fundamentos MORDAZA expuestos, en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, contando con el MORDAZA por mayoria de los senores Regidores asistentes a la Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion de actas se ha dado la siguiente: ORDENANZA APROBATORIA DE LA MODIFICACION DEL PLANEAMIENTO INTEGRAL DEL MORDAZA LA RONCADORA GRANDE - PARTE DEL SECTOR Nº 29, DE LOS MODULOS VIALES Y EL DISENO MORDAZA QUE ORDENA LAS AREAS DE RECREACION PUBLICA Articulo Primero.- APROBAR la Modificacion del Planeamiento Integral del MORDAZA La Roncadora Grande - Parte del Sector Nº 29, a nivel de Modulos Viales y el Diseno MORDAZA que ordena las areas de Recreacion Publica, en base a las actividades que se desarrollan en la MORDAZA, las que deberan de garantizar su optimo funcionamiento mediante una adecuada infraestructura que facilitara la realizacion correcta de dichas actividades, conforme al Plano signado con el Nº 008-2010-PISGPUC-GDU/MDA, el mismo que es parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- ESTABLECER que el Planeamiento Integral define los modulos de los componentes viales y las secciones transversales de las calzadas, veredas y bermas de estacionamiento, asi como el Diseno MORDAZA para las futuras edificaciones sobre areas con fines de Recreacion Publica. Correspondiendole las normas para el diseno de vias locales en Habilitaciones Urbanas y el Reglamento Nacional de Edificaciones en la MORDAZA A 120 de Accesibilidad para personas con discapacidad y la MORDAZA GH 020 del Titulo II - Habilitaciones Urbanas que aprueba los Componentes del Diseno MORDAZA y el Diseno de Vias (Capitulo I y II). Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, para que a traves de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA se cumpla con la inscripcion de la modificacion del presente Planeamiento Integral en la Superintendencia Nacional de Registros Publicos y en coordinacion con la Gerencia de Servicios Sociales y la Secretaria de Imagen