Norma Legal Oficial del día 18 de agosto del año 2010 (18/08/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano MORDAZA, miercoles 18 de agosto de 2010

NORMAS LEGALES

423971

Articulo 5°.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Energia y Minas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 532097-8

Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energia y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 061-2006-EM; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar concesion temporal a favor de COMPANIA HIDROELECTRICA TINGO S.A., que se identificara con el codigo Nº 24193210, para desarrollar estudios a nivel de factibilidad relacionados con la actividad de transmision de energia electrica de la futura Linea de Transmision de 50 kV SE Tingo - SE Santander, por un plazo de doce (12) meses, contados a partir de la vigencia de la presente Resolucion, y que estara ubicada en los distritos de Atavillos Alto y MORDAZA MORDAZA de Andamarca, provincia de Huaral, departamento de Lima. Articulo 2º.- Los estudios se realizaran al MORDAZA de la presente concesion temporal, y comprenderan la MORDAZA delimitada por las coordenadas UTM (PSAD 56) que figura en el Expediente, con las caracteristicas que aparecen en el siguiente cuadro:
Salida/Llegada de la Linea de transmision Tension (kV) Nº de Ternas Longitud (km) Ancho de la faja de servidumbre (m) 16

Otorgan concesion temporal a favor de Compania Hidroelectrica Tingo S.A. para desarrollar estudios relacionados con la actividad de transmision de energia electrica de futura linea de transmision ubicada en la provincia de Huaral, departamento de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 336-2010-MEM/DM MORDAZA, 10 de agosto de 2010 VISTO: El Expediente Nº 24193210, sobre otorgamiento de concesion temporal para desarrollar estudios relacionados con la transmision de energia electrica, de acuerdo con el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, presentado por COMPANIA HIDROELECTRICA TINGO S.A., persona juridica inscrita en la Partida Nº 12288746 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de Lima; CONSIDERANDO: Que, COMPANIA HIDROELECTRICA TINGO S.A., mediante documento con registro de ingreso Nº 1977424, de fecha 31 de marzo de 2010, presento solicitud sobre otorgamiento de concesion temporal para realizar estudios sobre transmision de energia electrica de la futura instalacion de la Linea de Transmision de 50 kV SE Tingo - SE Santander, al MORDAZA de lo dispuesto por el articulo 30º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, la referida instalacion estara ubicada en los distritos de Atavillos Alto y MORDAZA MORDAZA de Andamarca, provincia de Huaral, departamento de MORDAZA, en la MORDAZA comprendida dentro las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente; Que, mediante la Resolucion Directoral Nº 034-2010EM/DGE, notificada al administrado el 16 de junio de 2010, se declaro improcedente la solicitud de concesion temporal a que se refiere el primer considerando de la presente Resolucion, debido a que de acuerdo a lo requerido mediante el Oficio Nº 392-2010/MEM-DGE, COMPANIA HIDROELECTRICA TINGO S.A., no cumplio con presentar las publicaciones del Aviso de Peticion de Concesion; Que, mediante la Resolucion Directoral Nº 0392010-EM/DGE de fecha 22 de MORDAZA de 2010, se declaro fundado el Recurso de Reconsideracion interpuesto por COMPANIA HIDROELECTRICA TINGO S.A., por el hecho que la MORDAZA de la publicacion del Aviso de Peticion de Concesion no constituye una formalidad esencial del procedimiento, puesto que con la sola publicacion de dicho Aviso se cumplio cabalmente la finalidad establecida en el Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, y el no haberlas presentado a la administracion no ha perjudicado los derechos de terceros ni el interes publico; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la empresa solicitante ha cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, ha emitido el Informe Nº 159-2010-DGE-DCE; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 23º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, el articulo 36º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas y el item CE02 del Anexo Nº 01 del Texto

SE Tingo - SE Santander

50

01

16,6

Articulo 3º.- El concesionario esta obligado a realizar los estudios, respetando las normas tecnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nacion, asi como al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y demas normas legales pertinentes. De conformidad con el articulo 36º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, si vencido el plazo mencionado en el articulo 1º de la presente Resolucion, el concesionario no cumpliera con las obligaciones contraidas en su solicitud, respecto a la ejecucion de los estudios y cumplimiento del cronograma correspondiente, la Direccion General de Electricidad ejecutara la garantia otorgada. Articulo 4º.- La presente Resolucion, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 36º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, sera publicada en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez y por cuenta del interesado, y entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 530119-1

Aceptan renuncia de Director General de la Direccion General de Hidrocarburos del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 355-2010-MEM/DM MORDAZA, 17 de agosto de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial N° 322-2009MEM/DM se designo al senor ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA Tamayo en el cargo de Director General de la Direccion General de Hidrocarburos del Ministerio de Energia y Minas; Que, el citado funcionario ha formulado renuncia al mencionado cargo; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27594 - Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos y el Decreto Ley N° 25962;