Norma Legal Oficial del día 04 de septiembre del año 2008 (04/09/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, jueves 4 de setiembre de 2008

VISTOS: los Oficios Nºs 08 y 09-2008-PRODUCE/Com. Transf.Fusion de la Comision de Transferencia encargada del MORDAZA de transferencia derivado de la fusion por absorcion aprobada por Decreto Supremo Nº 009-2007PRODUCE, el Oficio Nº 886-2008-PRODUCE/OGPP de la Oficina General de Planificacion y Presupuesto y el Informe Nº 107-2008-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoria Juridica, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 009-2007PRODUCE se aprobo la fusion del Centro de Entrenamiento Pesquero de Paita ­ CEP PAITA con el Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero ­ FONDEPES, bajo la modalidad de fusion por absorcion, correspondiendole a dicho Fondo la calidad de entidad incorporante; Que, el articulo 5º del mencionado Decreto Supremo constituyo una Comision encargada de velar por el cumplimiento de la transferencia de los bienes muebles e inmuebles, recursos, personal, acervo documentario, posicion contractual, obligaciones, pasivos y activos correspondientes, del CEP Paita al FONDEPES; disponiendo que una vez culminada sus actividades, la Comision presentara a la entidad incorporante, con MORDAZA al Ministerio de la Produccion y a la Secretaria de Gestion Publica de la Presidencia del Consejo de Ministros, un informe detallado de las acciones desarrolladas durante el MORDAZA de transferencia; Que, conforme a la Primera Disposicion Transitoria del Decreto Supremo en mencion, el CEP Paita queda desactivado y extinguido una vez concluido el MORDAZA de fusion, precisandose que este hecho sera declarado mediante Resolucion Ministerial expedida por el Ministerio de la Produccion; Que, mediante el Oficio Nº 08-2008-PRODUCE/ Com.Transf.Fusion, de vistos, la citada Comision de Transferencia, alcanzo al FONDEPES, en calidad de entidad incorporante, el Informe Final Nº 001-2008-COM. TRANSF./PC con MORDAZA al Ministerio de la Produccion y a la Secretaria de Gestion Publica de la Presidencia del Consejo de Ministros, un informe detallado de las acciones desarrolladas durante el MORDAZA de transferencia; Que, en el Informe Final citado precedentemente, se senala entre otros aspectos, que el MORDAZA de fusion ha concluido, en cuanto a los aspectos administrativos, de personal, logistico, documentario y de contabilidad; asi como, en el aspecto presupuestal conforme a lo dispuesto mediante Decreto de Urgencia Nº 036-2007, siendo la fecha de corte presupuestario el 31 de Octubre de 2007; asimismo, mediante el Oficio Nº 09-2008-PRODUCE/ Com.Transf.Fusion de vistos, dicha Comision alcanzo a este Ministerio, un proyecto de Resolucion Ministerial para la declaracion de la desactivacion y extincion del Centro de Entrenamiento Pesquero de Paita ­ CEP PAITA; Que, de otro lado, mediante Oficio Nº 1198-2008FONDEPES/OPP, el FONDEPES elevo al Ministerio de la Produccion un proyecto de Reglamento de Organizacion y Funciones, en concordancia con el articulo 4º del Decreto Supremo de fusion, para la adecuacion de los instrumentos de gestion del FONDEPES, teniendo en cuenta la finalidad, acciones y criterios de la Ley Nº 27658 ­ Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado; Estando a los documentos de vistos, con el visado de las Oficinas Generales de Planificacion y Presupuesto y de Asesoria Juridica; y de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1047 ­ Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion y el Decreto Supremo Nº 009-2007-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar la desactivacion y extincion del Centro de Entrenamiento Pesquero de Paita ­ CEP PAITA al haber concluido el MORDAZA de fusion de dicha entidad con el Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero ­ FONDEPES, dispuesta mediante Decreto Supremo Nº 009-2007-PRODUCE, por lo que, toda referencia que hubiere al Centro de Entrenamiento Pesquero de Paita - CEP Paita, respecto a sus bienes muebles e inmuebles, recursos, personal, acervo documentario, posicion contractual, obligaciones, pasivos y activos y a las competencias, funciones y atribuciones que venia ejerciendo, deberan entenderse como hechas al Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES.

Articulo 2º.- Disponer que los cargos de confianza y funcionales del extinguido Centro de Entrenamiento Pesquero CEP PAITA, cesan a partir de la publicacion de la presente Resolucion, quienes deberan efectuar la correspondiente entrega de cargos, conforme a la normatividad legal vigente. Articulo 3º.- Desactivar la Comision de Transferencia conformada mediante Resolucion Ministerial Nº 096-2007PRODUCE, a partir de la fecha, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Produccion 246886-1

Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de licencias del software de inteligencia de negocios Qlik View 8
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 670-2008-PRODUCE MORDAZA, 29 de agosto del 2008 VISTOS: el Memorando Nº 762-2008-PRODUCEOGA de la Oficina General de Administracion, el Informe Tecnico Nº 074-2008-PRODUCE/OGA-OL de la Oficina de Logistica de la Oficina General de Administracion, el Informe Nº 167-2008-PRODUCE/OGAJ-NKICS de la Oficina General de Asesoria Juridica y el Memorando Nº 0244-2008PRODUCE/OGTIE de la Oficina General de Tecnologia de la Informacion y Estadistica, y; CONSIDERANDO: Que, la adquisicion de bienes y la contratacion de servicios en el Ministerio de la Produccion se realiza al MORDAZA de lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 083-2004-PCM y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 0842004-PCM y sus normas modificatorias; Que, de acuerdo a lo opinado tecnicamente por la Oficina de Logistica de la Oficina General de Administracion mediante el informe de vistos, es necesario que se efectue la adquisicion de once licencias del Software de Inteligencia de Negocios Qlik View 8 (09 Licencias de Qlik View Analyzer para un servidor y 02 Licencias de Qlik View Professional) a fin de atender la necesidad manifestada por la Oficina General de Tecnologia de la Informacion y Estadistica; Que, al respecto, la Oficina mencionada precedentemente recomienda que atendiendo a las circunstancias de la comercializacion de los bienes requeridos, su contratacion se gestione al MORDAZA de lo dispuesto por el literal e) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el cual establece que los bienes brindados por unico proveedor se encuentran exonerados de los respectivos procesos de seleccion; Que, en dicho MORDAZA, el literal e) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado senala que estan exoneradas de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones de bienes o servicios que no admiten sustitutos y siempre que exista un solo proveedor; Que, el articulo 145º del Reglamento de la acotada Ley, dispone que en los casos en que no existan bienes o servicios sustitutos a los requeridos por el area usuaria, y siempre que exista un solo proveedor en el MORDAZA nacional, la entidad podra contratar directamente, considerandose que existe proveedor unico cuando por razones tecnicas o relacionadas con la proteccion de derechos, tales como patentes y derechos de autor, se MORDAZA establecido la exclusividad del proveedor; Que, en el presente caso, la adquisicion de las licencias del Software de Inteligencia Qlik View 8 reune las caracteristicas que configuran la causal de exoneracion de MORDAZA de seleccion establecida en el inciso e) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en atencion a lo informado y sustentado tecnicamente por la Oficina de Logistica mediante el informe del visto;