Norma Legal Oficial del día 04 de septiembre del año 2008 (04/09/2008)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 6

379160

NORMAS LEGALES
Descargado desde www.elperuano.com.pe

El Peruano MORDAZA, jueves 4 de setiembre de 2008

Acceden a pedido de extradicion pasiva de procesado y disponen su entrega al Gobierno de la Republica MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 158-2008-JUS MORDAZA, 3 de setiembre de 2008 Visto; el Informe de la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 084-2008/COE-TC del 28 de agosto de 2008, sobre la solicitud de extradicion pasiva del ciudadano peruano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, formulada por el Juzgado Nacional en lo Criminal de Instruccion Nº 34 de la Capital Federal de la Republica Argentina; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Consultiva de fecha 21 de MORDAZA de 2008, la MORDAZA Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica declaro procedente la solicitud de extradicion pasiva del ciudadano peruano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, procesado por la presunta comision del delito de homicidio agravado, en perjuicio de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (Exp. Nº 302008); Que, mediante el Informe Nº 084-2008/COETC del 28 de agosto de 2008, la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados propone acceder al pedido de extradicion pasiva del referido procesado; Estando a lo dispuesto por el inciso 1) del articulo 514º del Codigo Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, el inciso 5) del articulo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial aprobado por Decreto Supremo Nº 01793-JUS, el Tratado de Extradicion entre la Republica del Peru y la Republica MORDAZA, suscrito en la MORDAZA de Buenos Aires el 11 de junio de 2004, aprobado por el Peru mediante Resolucion Legislativa Nº 28433 del 3 de diciembre de 2004, ratificado por Decreto Supremo Nº 009-2005-RE del 25 de enero de 2005, y cuya vigencia se dio desde el dia 19 de MORDAZA de 2006; y lo dispuesto en el literal "b" del articulo 28º del Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Acceder al pedido de extradicion pasiva del ciudadano peruano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, formulado por el Juzgado Nacional en lo Criminal de Instruccion Nº 34 de la Capital Federal de la Republica de Argentina; y declarado procedente por la MORDAZA Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, por la presunta comision del delito de homicidio agravado; y disponer su entrega al Gobierno de la Republica MORDAZA de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Justicia MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 247359-3

MUJER Y DESARROLLO SOCIAL

Instauran MORDAZA administrativo disciplinario a ex Presidenta del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Publica de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 342-2008-MIMDES MORDAZA, 25 de MORDAZA de 2008 VISTOS:

El Informe Final Expediente No. 019-CEPPAD de fecha 16 de MORDAZA de 2008 de la Comision Especial Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES, constituida mediante Resolucion Ministerial No. 442-2007-MIMDES y la Nota No. 90-2008-MIMDES/DVMDS de fecha 24 de MORDAZA de 2008 del Viceministro de Desarrollo Social; CONSIDERANDO: Que, mediante Informe No. 05-EE-02-2007-02-0309 "Examen Especial a la Sociedad de Beneficencia Publica de MORDAZA, Periodo Enero 2004 ­ Diciembre 2005" la Oficina de Control Institucional del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar ­ INABIF, determina la presunta responsabilidad administrativa de la senora MORDAZA Dilva MORDAZA de MORDAZA, Ex ­ Presidenta del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Publica de MORDAZA, al estar comprendida en las observaciones 02, 04 y 05 del referido informe; Que, con Informe Final Expediente No. 019-CEPPAD de fecha 16 de MORDAZA de 2008 de la Comision Especial Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES, constituida mediante Resolucion Ministerial No. 4422007-MIMDES, en adelante la Comision Especial Permanente, realiza la evaluacion de la procedencia de instaurar MORDAZA administrativo disciplinario a la citada ex funcionaria; Que, en el punto 6.2.2 "Responsabilidades" del Informe Final se senala que del contenido del Informe No. 05-EE-02-2007-02-0309 se advierte en lo referido a la Observacion No. 02 "Irregularidades rendiciones de cuenta de los fondos otorgados para comisiones de servicios" que se ha observado la irregular rendicion de fondos otorgados para Comisiones de Servicios durante los anos 2004 y 2005 a la Ex Presidenta del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Publica de MORDAZA, en adelante la Beneficencia, al no haberse evidenciado la documentacion sustentatoria en donde los gastos presentados por concepto de pasajes, hospedaje y alimentacion, esten de acuerdo con lo que establece la Directiva Interna No. 02-2004-SBPJ/P "Normas para la Programacion, Autorizacion, Ejecucion y Rendicion de Gastos por Viajes en Comision de Servicios dentro del Territorio Nacional", aprobada por Resolucion de Presidencia del Directorio No. 015-2004-SBPJ/P; Que, asimismo, se indica que los hechos expuestos en la Observacion No. 02, habrian inobservado las Normas Generales del Sistema de Contabilidad Gubernamental, aprobada mediante Resolucion Ministerial No. 801-81EFC/76, habiendo generado un perjuicio economico a la entidad por la suma de S/. 2,730.60 (Dos mil setecientos treinta con 60/100 Nuevos Soles), identificando responsabilidad administrativa a la citada ex funcionaria; Que, en relacion a la Observacion No. 04 "Se efectuaron pagos a cuenta por la fabricacion de puertas y ventanas de MORDAZA y vidrio para la obra: MORDAZA Refugio ­ Auditorio al margen de las bases administrativas y contrato suscrito; asimismo, no se aplicaron penalidades por incumplimiento de plazo de entrega del servicio en la adjudicacion de menor cuantia No. 004-2005-SBPJ" se senala que la Sociedad de Beneficencia al ejecutar el servicio de "Fabricacion e Instalacion de Puertas y Ventanas de MORDAZA y Vidrio" para la Obra "Construccion MORDAZA Refugio ­ Auditorio" de la Adjudicacion de Menor Cuantia No. 004-2005-SBPJ, efectuo pagos a cuenta que se encuentran al margen de lo establecido en las bases administrativas y contrato suscrito; asimismo, la Sociedad de Beneficencia no aplico