Norma Legal Oficial del día 04 de septiembre del año 2008 (04/09/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, jueves 4 de setiembre de 2008

Articulo 1º.- Establecer, los plazos para la MORDAZA de la documentacion establecida en el articulo 32º del Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 01099-MTC, para la prorroga de las licencias de las Agencias Maritimas, Agencias Fluviales, Agencias Lacustres, Empresas y Cooperativas de Estiba y Desestiba, para continuar ejerciendo sus actividades a partir del mes de enero del 2009, de acuerdo al siguiente cronograma: 1. Del 02 de enero de 2009 hasta el 10 de enero de 2009, deberan presentar sus solicitudes las Agencias Maritimas. 2. Del 16 de enero de 2009 hasta el 20 de enero de 2009, deberan presentar sus solicitudes las Empresas y Cooperativas de Estiba y Desestiba Maritimas. 3. Del 26 de enero de 2009 hasta el 30 de enero de 2009, deberan presentar sus solicitudes las Agencias Fluviales, Agencias Lacustres, Empresas y Cooperativas de Estiba y Desestiba Fluviales y Lacustres. Articulo 2º.- Aprobar los formatos OPS 10 y OPS 11 que se hace referencia en el inciso a) del articulo 32º del citado Reglamento, los mismos que forman parte de la presente Resolucion, a fin que las Agencias Maritimas, Agencias Fluviales, Agencias Lacustres, Empresas y

Cooperativas de Estiba y Desestiba, consignen bajo la condicion de Declaracion Jurada, la informacion anual de las actividades durante el ano 2008, la cual debera ser enviada por via electronica a lramirez@apn.gob. pe, eziegler@apn.gob.pe, asologuren@apn.gob.pe y documentariamente en formato Excel. Articulo 3º.- Las Cartas Fianzas o Polizas de Seguro de Caucion para el periodo anual 2009 deberan ser emitidas a favor de la AUTORIDAD PORTUARIA NACIONAL, tener una vigencia desde el 01/01/2009 hasta 31/12/2009 inclusive y garantizar "Las obligaciones y responsabilidades como Agencia Maritima o Agencia Fluvial o Agencia Lacustre o Empresa de Estiba y Desestiba o Cooperativa de Estiba y Desestiba en el Puerto donde realiza sus actividades, conforme a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 010-99-MTC y demas normas modificatorias y complementarias", teniendo en cuenta los montos establecidos en la Resolucion de Acuerdo de Directorio Nº 022-2008-APN/DIR, y presentadas en el cronograma estipulado en el articulo 1º de la presente Resolucion Articulo 4º.- Autorizar al Presidente del Directorio a publicar la presente Resolucion. Publiquese, registrese y comuniquese. MORDAZA BOYLE MORDAZA Presidente del Directorio

Form OPS 10

INFORME ANUAL QUE DEBEN PRESENTAR LAS AGENCIAS MARITIMAS, FLUVIALES Y LACUSTRES PARA PRORROGAR SUS LICENCIAS PARA EL PERIODO 2009
Razon Social: Domicilio: Puerto: Fecha arribo nave ______________________ ______________________ ______________________ Tonelaje movilizado por nave Naves Atendidas Importacion Exportacion Cabotage Embarque Descarga Transbordo Embarque Descarga Telef.: e-mail: ________________________ ________________________

Precisar Empresa y/o Cooperativa que han intervenido en la Estiba y Desestiba.

Nota: (1) El presente formato sera elaborado y llenado por separado por cada puerto. (2) Los Agentes Maritimos solo deben registrar en el presente formato, la carga movilizada de las lineas navieras que representaron. (3) Toda la informacion consignada en este formato sera considerada como Declaracion Jurada.

______________________________ Firma del Representante Legal. Directivo Responsable de su elaboracion DNI.