Norma Legal Oficial del día 04 de septiembre del año 2008 (04/09/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, jueves 4 de setiembre de 2008

Articulo Primero.- DECLARAR en situacion de desabastecimiento inminente del Agua Potable al Distrito de Juanjui-Provincia de Mariscal MORDAZA, en tanto la carencia de este servicio basico podria generar enfermedades en la poblacion adulta y ninez. Articulo Segundo.- EXONERESE del MORDAZA de Seleccion la Adquisicion y Contrataciones de bienes y servicios. Articulo Tercero.- PUBLIQUESE el presente acto administrativo. Registrese, comuniquese, archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 246850-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE BRENA
Declaran en situacion de desabastecimiento inminente la adquisicion de leche fresca para el Programa del Vaso de Leche del distrito de Brena
ACUERDO DE CONCEJO Nº 295-2008/MDB Brena, 25 de agosto del 2008 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BRENA VISTO: En sesion Ordinaria de Concejo de fecha 25 de agosto de 2008, Informe Nº 214-2008-PVL/MDB, Informe Nº 217-2008-SGLOG-GAF/MDB, Informe Nº 218-2008-SGLOG-GAF/MDB, Informe Nº 222-2008GPP/MDB, Informe Nº 039-2008-GAF/MDB, Informe Nº 709-2008-GAJ/MDB, Informe Nº 032-2008-GM/MDB referido a Situacion de Desabastecimiento Inminente de Adquisicion de Leche Fresca UHT. CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, conforme a la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 establece que las Municipalidades Provinciales, Distritales y las delegadas conforme a Ley, tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Corresponde al Concejo las funciones normativas y fiscalizadoras y a la Alcaldia las funciones ejecutivas; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 477-2007MDB de fecha 14 de diciembre de 2007, se aprobo el Presupuesto Institucional de la Municipalidad de Brena para el ano fiscal 2008, modificado por Acuerdo de Concejo Nº 104-2008/MDB de fecha 14 de MORDAZA del 2008; Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 0232008-DA/MDB de fecha 11 de enero del 2008 se aprobo el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad de Brena para el ejercicio fiscal 2008 modificada por Resolucion de Gerencia Municipal Nº 043-2008-GM/MDB, de fecha 08 de febrero del 2008, Resolucion de Gerencia Municipal Nº 066-2008-GM/MDB de fecha 14 de febrero del 2008, Resolucion de Gerencia Municipal Nº 069-2008-GM/MDB de fecha 15 de febrero del 2008, Resolucion de Gerencia Municipal Nº 112-2008GM/MDB, de fecha 13 de marzo del 2008, Resolucion de Gerencia Municipal Nº 126-2008-GM/MDB de fecha 18 de marzo del 2008, Resolucion de Gerencia Municipal Nº 136-2008-GM/MDB de fecha 24 de marzo del 2008, Resolucion de Gerencia Municipal Nº 237-2008-GM/MDB, de fecha 15 de MORDAZA del 2008, Resolucion de Gerencia Municipal Nº 249-2008-GM/MDB de fecha 23 de MORDAZA del 2008, Resolucion de Gerencia Municipal Nº 320-2008-

GM/MDB de fecha 27 de MORDAZA del 2008, Resolucion de Gerencia Municipal Nº 328-2008-GM/MDB, de fecha 30 de MORDAZA del 2008; Que mediante Informe Nº 214-2008-PVL/MDB del Programa del Vaso de Leche comunica a la Gerencia de Administracion y Finanzas que con fecha 18 de agosto del 2008 se procedio a la evaluacion de la ADS-22008-CE/MDB en la cual se califico la propuesta tecnica de la Empresa Distribuciones y Producciones MORDAZA S.A., logrando una puntuacion de 60 puntos, la referida Empresa presento MORDAZA del RMP en la cual se observa que la referida Empresa presento MORDAZA del RMP en la cual se observa que la referida Empresa se encuentra habilitada para contratar con el Estado Peruano por lo que procedio a la calificacion. Con fecha 20 de agosto del 2008 procedieron a la aceptacion de la Buena Pro, se consulto al Registro Unico de Proveedores RPN detectando que la Empresa Distribuidora y Producciones MORDAZA S.A., se encuentra suspendida, razon por la cual queda desierta la ADS-2-2008-CE/MDB para el Item Nº II Leche Fresca Pasteurizada (UHT), motivo por el cual es de suma importancia declarar en Desabastecimiento Inminente con la finalidad de evitar que se vean afectados los 3,088 Beneficiarios del Programa del Vaso de Leche del distrito de Brena, cantidad aproximada de 30,214.00 bolsas de Leche Fresca UHT x 946 ml; Que mediante Informe Nº 039-2008-GAF/MDB de la Gerencia de Administracion y Finanzas senala que se ha tomado conocimiento que encontrandonos proximos a quedar desabastecido del siguiente producto: Leche Fresca UHT, para el normal desempeno del Programa del Vaso de Leche motivo, con la finalidad de garantizar el abastecimiento de este producto por el periodo de Ciento Veintitres (123) dias en tanto se suscriba contrato del MORDAZA definitivo. Asimismo el Programa del Vaso de Leche informa que el no abastecimiento de dicho producto afectaria directamente a los vecinos beneficiarios del distrito de Brena, pudiendo ocasionar un malestar de caracter social. Estando el Informe del Programa del Vaso de Leche donde manifiesta las cantidades a adquirir y estando el Informe procedente Nº 217-2008-SGLOGGAF/MDB, Informe Nº 218-2008-SGLOG-GAF/MDB de la Sub Gerencia de Logistica donde manifiesta el precio y el costo total del monto a contratar seria el siguiente:
PRODUCTO Leche Entera UHT X Bolsa de 946 mn CANTIDAD 30,214 MONTO POR PRECIO UNITARIO S/. 2.57 COSTO TOTAL S/. 77,649.98

Ascendiendo el valor referencial de S/. 77,649.98 (Setenta y Siete Mil Seiscientos Cuarenta y Nueve con 98/100 Nuevos Soles) Incluido el IGV.

Que mediante Informe Nº 709-2008-GAJ/MDB de la Gerencia de Asesoria Juridica senala que "el inciso "c" del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0832004-PCM, establece que se encuentran exonerados de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa las adquisiciones que se realicen en Situacion de Desabastecimiento Inminente declarada de conformidad con la normatividad vigente en materia de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Que, el articulo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que por Situacion de Desabastecimiento Inminente se considera aquella situacion extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial. Dicha situacion faculta a la Entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para resolver la situacion y llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda. Que el articulo 148º del Reglamento de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que la Entidad efectuara las adquisiciones o contrataciones en forma directa mediante acciones inmediatas, requiriendose invitar a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las caracteristicas y condiciones establecidas en las bases, la misma que podra ser obtenida por cualquier medio de comunicacion, incluyendo el facsimil y el correo