Norma Legal Oficial del día 04 de septiembre del año 2008 (04/09/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, jueves 4 de setiembre de 2008

Cuarto: Que, evaluada la documentacion obrante en estos actuados administrativos, se concluye por la factibilidad de las peticiones formuladas; debiendose suscribir el respectivo convenio para su ejecucion; En consecuencia, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 82°, inciso 26, del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, de conformidad con el informe de la senorita Consejera MORDAZA MORDAZA Munoz, en sesion ordinaria de la fecha, sin la intervencion de los senores Consejeros MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Minano por encontrarse de licencia, por unanimidad, RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a la Division de Requisitorias de la Policia Nacional del Peru a tener acceso, en forma de consulta via web, a la Base de Datos del Registro Nacional de Requisitorias del Poder Judicial. Articulo Segundo.- Aprobar el Convenio de Cooperacion Interinstitucional entre el Poder Judicial y el Ministerio del Interior, para viabilizar lo dispuesto precedentemente, que consta de 12 (doce) clausulas; delegandose al senor Presidente del Poder Judicial a suscribirlo, asi como a designar a dos representantes de este Poder del Estado para la coordinacion e inmediata ejecucion de las actividades propias del convenio. Articulo Tercero.- La Division de Requisitorias de la Policia Nacional del Peru designara dos representantes a quienes se les asignara en forma exclusiva las claves de acceso personales, y de igual forma la labor de coordinacion y ejecucion aludidos en el articulo precedente. Articulo Cuarto.- Transcribase la presente resolucion a la Presidencia del Poder Judicial, Ministerio del Interior, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia del MORDAZA, Division de Requisitorias de la Policia Nacional del Peru y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, publiquese y comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 247282-1

La MORDAZA, dentro del MORDAZA de aplicacion progresiva de la citada MORDAZA y cuyo inicio se produjo en dicha Corte Superior de Justicia, a partir del 01 de MORDAZA de 2007; Segundo: Asimismo, creo un sistema orientado a concluir los procesos tramitados bajo el Codigo de Procedimientos Penales, para lo cual se establecieron organos jurisdiccionales encargados de la liquidacion de expedientes; Tercero: Que, dentro de este contexto, teniendo en cuenta el balance del MORDAZA de implementacion realizado por la Comision Distrital de Magistrados de la Corte Superior de Justicia de La MORDAZA, y las conclusiones arribadas por el Equipo Tecnico Institucional de Implementacion del MORDAZA Codigo Procesal Penal; fluye a la luz de los resultados obtenidos, la necesidad de fortalecer en el mencionado Distrito Judicial la organizacion jurisdiccional encargada de atender los procesos bajo el MORDAZA Codigo Procesal Penal, en aras de crear una organizacion flexible en el area de los organos jurisdiccionales de juzgamiento, asi como incrementar el numero de Juzgados Penales Unipersonales, los cuales podran a su vez conformar Juzgados Penales Colegiados que MORDAZA necesarios cuando lo requiera el sistema (flujo de carga procesal); situacion que resulta coherente con la necesidad de convertir el unico Juzgado Penal Colegiado en la MORDAZA Sala Penal de Apelaciones, hecho que evidentemente coadyuvara a fortalecer la MORDAZA instancia, en especial si se considera que actualmente la unica Sala Penal de Apelaciones en funcionamiento resulta insuficiente para atender el volumen de apelaciones que viene conociendo. Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 82°, incisos 25 y 26, del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, de conformidad con el informe del senor Consejero MORDAZA MORDAZA Minano, en sesion ordinaria de la fecha, por unanimidad; RESUELVE: Articulo Primero.- Convertir los siguientes organos jurisdiccionales del Distrito Judicial de La MORDAZA, en la forma que a continuacion se indica: · El Juzgado Penal Colegiado con sede en MORDAZA en MORDAZA Sala Penal de Apelaciones, con competencia territorial en el Distrito Judicial de La Libertad. · Del Primer al MORDAZA Juzgados Penales Liquidadores de MORDAZA, en el Tercer, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Setimo y Octavo Juzgados Penales Unipersonales de MORDAZA, respectivamente, con competencia en las Provincias de MORDAZA y Viru. Los Juzgados Penales Unipersonales de MORDAZA, cuando lo requiera el sistema, conformaran Juzgados Penales Colegiados con competencia territorial en el Distrito Judicial de La MORDAZA, a excepcion de las Provincias de MORDAZA MORDAZA y Pataz. · El MORDAZA Juzgado Penal Liquidador de Ascope y el MORDAZA Juzgado Penal Liquidador de Chepen, en el MORDAZA y MORDAZA Juzgados de la Investigacion Preparatoria de Trujillo. · El Setimo y Octavo Juzgados Penales Liquidadores de MORDAZA, asi como el Juzgado Penal Liquidador de Pacasmayo, en el Primer, MORDAZA y Tercer Juzgados Penales Liquidadores de MORDAZA, respectivamente.

Convierten diversos organos jurisdiccionales del Distrito Judicial de La MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 223-2008-CE-PJ MORDAZA, 20 de agosto de 2008 VISTO: El Oficio N° 495-2008-ETI-PJ cursado por el Presidente (e) del Equipo Tecnico Institucional de Implementacion del MORDAZA Codigo Procesal Penal, proponiendo la conversion de organos jurisdiccionales encargados de la liquidacion de expedientes, a fin de fortalecer la organizacion jurisdiccional encargada de atender los procesos bajo el MORDAZA Codigo Procesal Penal que viene implementandose en el Distrito Judicial de La Libertad; CONSIDERANDO: Primero: Que, mediante Resoluciones Administrativas Nros. 030, 105 y 232-2007-CE-PJ, de fechas 08 de febrero, 18 de MORDAZA y 24 de setiembre del ano 2007, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dicto diversas disposiciones relacionadas con la entrada en vigencia del MORDAZA Codigo Procesal Penal en el Distrito Judicial de

Articulo Segundo.- La carga procesal del Primer al MORDAZA Juzgados Penales Liquidadores de MORDAZA, sera redistribuida equitativamente entre el Primer, MORDAZA y Tercer Juzgados Penales de dicha materia. Asimismo, la carga procesal del Juzgado Penal Liquidador de Pacasmayo, sera asumida en adicion de sus funciones por el Juzgado Penal Liquidador de Chepen. Articulo Tercero.- Facultar al Presidente de Ia Corte Superior de Justicia de La MORDAZA, a adoptar las acciones y medidas administrativas que MORDAZA necesarias para el adecuado cumplimiento de lo dispuesto precedentemente. Articulo Cuarto.- La presente resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Quinto.- Transcribase la presente resolucion a la Presidencia del Poder Judicial, Consejo Nacional de