Norma Legal Oficial del día 21 de marzo del año 2008 (21/03/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano MORDAZA, viernes 21 de marzo de 2008

NORMAS LEGALES

369263

Estado inscrita en la Partida Electronica 11738185 y registrada en el asiento Nº 154389 de Predios de MORDAZA del SINABIP; Que, se ha recibido de la Empresa Inversiones 2055 S.A.C., un MORDAZA levantamiento topografico del terreno solicitado, suscrito por el Ingeniero MORDAZA MORDAZA, en donde se aprecia que el area superficial 17,568.20 m2., no afecta el dominio del Centro Recreativo de Curayacu del distrito vecino de San MORDAZA, mencionando que la citada area ha sido debidamente estacada y replanteada, considerando ademas que los gastos del estudio de topografia, asi como del anteproyecto de Arquitectura y los estudios complementarios, forman parte de los gastos de la iniciativa privada que ha presentado la Empresa Inversiones 2055 S.A.C; Que, el anteproyecto arquitectonico elaborado por la Empresa Inversiones 2055 S.A.C. sobre el referido terreno cumple con la densidad, normatividad y los requisitos para su uso de nivel residencial, lo que permitira habilitar en forma apropiada esta area en el citado sector del Balneario, habiendose recomendado continuar con el desarrollo del Malecon y el tratamiento ornamental e iluminacion de las areas publicas vecinas; Que, conforme al titulo preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, las municipalidades provinciales y distritales son el Organo Local de gobierno promotores del desarrollo local, con plena capacidad para el cumplimiento de sus fines y promueven el desarrollo integral, sostenible y armonico de su circunscripcion; Que, concordantemente con lo expresado en los citados articulos, la misma Ley Organica de Municipalidades dispone que el gobierno nacional, a peticion de las municipalidades puede transferirles las tierras eriazas, abandonadas y riberenas que se encuentren en el territorio de su jurisdiccion y que requiera para sus planes de desarrollo; Que conforme articulo 51 de la invocada Ley Organica de Municipalidades ha presentado a la Superintendencia de Bienes Nacionales el proyecto completo de uso de los bienes solicitados y las evaluaciones de impacto ambiental a generarse, cumpliendo el requisito de la aprobacion por el Concejo Municipal; Que en sesiones de 3 y 31 de octubre del 2006, el Concejo manifesto su aprobacion del referido proyecto, que consolida un espacio escarpado y amplia el area urbanizada del Distrito en forma armonica; Que procede adelantar gestiones para convocar al correspondiente MORDAZA de seleccion que preven las normas sobre promocion de la inversion privada Que, los Informes Legal y Tecnico evaluan y concluyen que se encuentra conforme el uso y la factibilidad de lo solicitado, teniendo en consideracion lo que establece la Ley Nº 28059: Ley MORDAZA de Inversion Descentralizada y su Reglamento, asi como lo dispuesto por la Ordenanza No. 867: Reglamento de Promocion de la Inversion Privada en la Provincia de MORDAZA Metropolitana; Que, de conformidad con lo establecido por la Constitucion Politica del Peru y la Ley Organica de Municipalidades, Ley N° 27972, el Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, reunido en Sesion Ordinaria de fecha 7 de marzo del ano 2008; ACORDO: Articulo Primero.- Aprobar la propuesta de Iniciativa de Inversion Privada presentada por la Empresa Inversiones 2055 S.A.C., para desarrollar una inversion inmobiliaria de construccion de viviendas residencial de playa sobre un terreno eriazo, desocupado y de propiedad estatal, de diecisiete mil quinientos sesenta y ocho metros cuadrados con 20 decimetros cuadrados (17,568.20 m2) localizado en el sector noroeste del Distrito de MORDAZA MORDAZA MORDAZA y colindante con el Distrito de San MORDAZA, acogiendose para tal efecto, a lo que establece la Ley 28059: Ley MORDAZA de Inversion Descentralizada y su Reglamento. Articulo Segundo.- Reiterar la Solicitud al Gobierno Nacional, a traves de la Superintendencia de Bienes Nacionales, la transferencia a favor de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, del area del terreno eriazo de 17,568.20 m2., localizado en el cerro ubicado

en el lindero nor-oeste del Distrito de MORDAZA MORDAZA MORDAZA y colindante con el Distrito de San MORDAZA, con el objeto que, una vez transferido y registrado a favor de nuestra Municipalidad Distrital, pueda convocarse a Concurso Publico de Proyectos Integrales en base a la Iniciativa de Inversion presentada y adjudicarse a titulo oneroso al Ganador de la Buena Pro, a fin que desarrolle un proyecto residencial de playa, de conformidad con lo establecido en el Reglamento para la Promocion de la Inversion Privada en la Provincia de MORDAZA Metropolitana, aprobado por la Ordenanza N° 867 de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Articulo Tercero.- Encargar a la Oficina de Desarrollo MORDAZA de la Municipalidad que realice todos los tramites que correspondan ante la Superintendencia de Bienes Nacionales, a fin de concluir los tramites de transferencia del referido terreno eriazo a favor de nuestra Municipalidad Distrital y efectuar su respectiva inscripcion ante la Oficina Registral de Lima. Articulo Cuarto.- Autorizar a la Empresa Inversiones 2055 S.A.C., para que por su cuenta y riesgo, durante el plazo que demore el MORDAZA de la transferencia, inscripcion registral y convocatoria al Concurso Publico de Proyectos Integrales, proceda a completar su iniciativa, desarrollar las verificaciones y solicitar las factibilidades de servicios que correspondan al mencionado proyecto conforme lo establece el Reglamento para la Promocion de la Inversion Privada en MORDAZA Metropolitana. Articulo Quinto.- El presente acuerdo entra en vigencia a partir del dia siguiente al de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO. Mando se registre, publique y cumpla, en el distrito de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a los diez dias del mes de marzo del 2008. MORDAZA MORDAZA ABUGATTAS NAZAL MORDAZA 178103-1

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA
Modifican el D.A. Nº 03-2006-MSS, en lo referido a horario de ejecucion de obras civiles
DECRETO DE ALCALDIA Nº 06-2008-MSS MORDAZA de MORDAZA, 17 de marzo de 2008 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA DE SURCO: VISTO: El Informe N° 059-2008-GDU-MSS de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, el Informe N° 054-2008SGLAU-GDU-MSS de la Subgerencia de Licencias y Autorizaciones Urbanas, y el Informe Nº 146-2008OAJ-MSS de la Oficina de Asesoria Juridica, sobre modificaciones al Decreto de Alcaldia N° 03-2006-MSS; y CONSIDERANDO: Que, el Articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, establece que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armonico de las circunscripciones de su jurisdiccion; Que, el primer parrafo del Articulo 1º del Decreto de Alcaldia N° 03-2006- MSS, "Establece que las personas naturales o juridicas que efectuen obras civiles en