Norma Legal Oficial del día 21 de marzo del año 2008 (21/03/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 21 de marzo de 2008

Funcionamiento de la Central de Riesgos de Siniestralidad derivada de Accidentes de Transito. CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28839, se modifico entre otros el articulo 30º de la Ley General del Transporte y MORDAZA Terrestre, a efectos de incluir, como alternativa a la contratacion del SOAT, el Certificado de Accidentes de MORDAZA ­ CAT, emitido por las Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes de MORDAZA - AFOCAT, destinados exclusivamente para vehiculos de transporte MORDAZA e interurbano regular de personas que presten servicios al interior de la region o provincia, incluyendo el servicio de transporte especial de personas en taxis y mototaxis; Que, mediante Decreto Supremo Nº 040-2006MTC modificado por los Decretos Supremos 012-2007MTC, 025-2007-MTC y 007-2008-MTC, se aprueba el Reglamento de Supervision de las Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes de MORDAZA (AFOCAT) y de Funcionamiento de la Central de Riesgos de Siniestralidad derivada de Accidentes de Transito; Que con fecha 8 de agosto de 2007 se emitio la Resolucion Directoral Nº 12451-2007-MTC/15 por la que ASOCIACION FONDO CONTRA ACCIDENTES DE MORDAZA DE TRANSPORTISTAS DEL MORDAZA "AFOCAT TRANS - CUSCO" fue inscrita provisionalmente en el Registro AFOCAT del MTC, al haber cumplido con el deposito del 30% del Fondo Minimo y haber celebrado el contrato de fideicomiso, conforme lo establece el Reglamento; Que con la MORDAZA del expediente con registros Nº 014130 (15/02/2007), 053815 (27/06/2007), 058058 (12/07/2007), 097375 (06/11/2007), 009602 (24/01/2008), 022129 (27/02/2008), 022352 (28/02/2008) y 022453 (28/02/2008), ha cumplido con todos los requisitos establecidos en el Articulo 24º del Reglamento de Supervision de las Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes de MORDAZA (AFOCAT) y de Funcionamiento de la Central de Riesgos de Siniestralidad derivada de Accidentes de MORDAZA, por lo que corresponde otorgarle el Registro Definitivo; Que, por Escritura Publica de fecha 07 de Febrero del 2007 se formalizo la constitucion de la ASOCIACION FONDO CONTRA ACCIDENTES DE MORDAZA DEL SINDICATO DE CHOFERES Y TRANSPORTISTAS DEL MORDAZA "AFOCAT ­ SICHYTRAC ­ CUSCO" otorgada ante Notario Publico Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con Partida Electronica Nº 11062187; Que, por Escritura Publica de fecha 21 de junio del 2007 se modifico su denominacion como ASOCIACION FONDO CONTRA ACCIDENTES DE MORDAZA DE TRANSPORTISTAS DEL MORDAZA "AFOCAT TRANS - CUSCO" otorgada ante Notario Publico Dr. MORDAZA MORDAZA Mercado; Estando a lo opinado por la Oficina de Registro de AFOCAT, mediante Informe Nº 022-2008-MTC/15.R AFOCAT y de conformidad con la Ley Nº 27791, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre, modificada por la Ley Nº 28839; y el Reglamento de Supervision de las Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes de MORDAZA y de Funcionamiento de la Central de Riesgos de Siniestralidad derivada de Accidentes de MORDAZA, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2006MTC; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la INSCRIPCION DEFINITIVA de ASOCIACION FONDO CONTRA ACCIDENTES DE MORDAZA DE TRANSPORTISTAS DEL MORDAZA "AFOCAT TRANS - CUSCO" constituida mediante escritura publica de fecha 07 de Febrero del 2007 otorgada ante Notario Publico Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA y registrada bajo la Partida Electronica Nº 11062187 del Registro de Personas Juridicas de los Registros Publicos de MORDAZA en el Registro de Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes de MORDAZA

a cargo de la Direccion General de Transporte Terrestre, como AFOCAT REGIONAL con Registro Definitivo Nº 0023 - R AFOCAT - DGTT - MTC/2007, pudiendo operar como tal en la Region Cusco. Articulo 2º.- La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA DE LA MORDAZA L. Director General (e) Direccion General de Transporte Terrestre 174588-1

ORGANISMOS AUTONOMOS CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA
Excluyen a magistrado de MORDAZA individual de evaluacion y ratificacion en el que se encuentra comprendido, Convocatoria Nº 001-2008-CNM
RESOLUCION DE CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 056-2008-CNM MORDAZA, 13 de marzo de 2008 VISTO: El oficio N° 021-2008-MP-FN-PJFS, de 10 de marzo de 2008, de la Fiscal Suprema encargada de la Presidencia de la Junta de Fiscales Supremos del Ministerio Publico; y el escrito del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Provincial en lo Penal del Distrito Judicial de MORDAZA, presentado el 12 de marzo de 2008; y, CONSIDERANDO: Que, el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA fue convocado a MORDAZA de evaluacion y ratificacion, en su condicion de Fiscal Provincial Titular en lo Penal del Distrito Judicial de MORDAZA, en virtud a la Convocatoria Nº 001-2008-CNM (publicada el 06 de enero de 2008). Esta evaluacion se realiza en cumplimiento a lo dispuesto en la clausula MORDAZA del Acuerdo de Solucion Amistosa suscrito entre el Estado Peruano y el citado doctor, homologado el 8 de diciembre de 2006 por la Comision Interamericana de Derechos Humanos. Que, con fecha 06 de diciembre de 2007, el doctor MORDAZA MORDAZA presento ante la Fiscal de la Nacion su carta de renuncia irrevocable al cargo de Fiscal Provincial en lo Penal del Distrito Judicial de MORDAZA, y mediante escrito de 18 de enero del ano en curso comunico al Consejo Nacional de la Magistratura, que se encuentra exceptuado de los alcances del MORDAZA de evaluacion y ratificacion al que ha sido convocado, porque con fecha 06 de diciembre de 2007, en carta dirigida a la Fiscal de la Nacion, presento su renuncia irrevocable al cargo por motivos de indole personal; y con fecha 12 de febrero del ano en curso, solicito al Consejo oficiar a la Junta de Fiscales Supremos requiriendo informacion sobre la aceptacion de su renuncia considerando que la misma fue presentada observando el plazo senalado en la Tercera Disposicion General del Reglamento de Evaluacion y Ratificacion de Jueces del Poder Judicial y de Fiscales del Ministerio Publico. Que, el Consejo Nacional de la Magistratura mediante Resolucion N° 051-2008-CNM, de 28 de febrero de 2008, resolvio continuar con el MORDAZA de evaluacion y ratificacion del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Provincial en lo Penal del Distrito Judicial de MORDAZA, comprendido en la Convocatoria N° 001-2008-CNM, hasta que se materialice la aceptacion de su renuncia,