Norma Legal Oficial del día 04 de mayo del año 2007 (04/05/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 4 de MORDAZA de 2007

Jurada correspondiente, donde consignen expresamente su condicion de contribuyentes o responsables solidarios. La Subgerencia de Administracion Tributaria podra reactivar de oficio el codigo de contribuyente, cuando compruebe que la baja de oficio realizada, no es conforme con la realidad. Articulo Setimo.- MODIFICACION O DECLARACION Y CONFIRMACION DE DOMICILIO FISCAL Debera declarar su domicilio fiscal dentro del plazo senalado a continuacion, sin perjuicio de la posterior verificacion que realice la Administracion: a) El contribuyente y/o responsable inscrito o su representante legal, dentro de los cinco (05) dias de recibida la Resolucion en merito a la cual se ordena su inscripcion. b) El contribuyente y/o responsable dado de baja del Registro de Contribuyentes Activos o su representante legal, al dia siguiente de publicado el listado de contribuyentes con baja de oficio, en la Pagina Web de la Municipalidad. Los deudores tributarios que tengan la condicion de no hallados o no habidos, deberan modificar o confirmar el domicilio fiscal declarado, dentro del plazo de cinco (05) dias habiles contados desde el dia siguiente de recepcionado el requerimiento de la Administracion Tributaria para tal efecto, a traves del Formato de Actualizacion de Datos (FAD), formato de distribucion gratuita y libre reproduccion que se encuentra a disposicion del deudor tributario en la Pagina Web de la Municipalidad. DISPOSICIONES FINALES Y COMPLEMENTARIAS Primera.- FORMULARIO PARAELPROCESAMIENTO DE BAJA DE OFICIO Apruebese el Formulario de Baja de Oficio (FOB) que la Administracion Tributaria empleara a efectos de control de las bajas que realice en aplicacion de la presente norma. Segunda.- DEL CUMPLIMIENTO Encarguese a la Gerencia de Rentas y a la Subgerencia de Informatica el cumplimiento debido de la presente norma. Tercera.- DEROGACION Deroguense los dispositivos que se opongan al presente Decreto de Alcaldia. Cuarta.- VIGENCIA El presente Decreto entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA PELLA MORDAZA 55476-3

Extraordinarios Ponte al dia con MORDAZA MORDAZA para que los vecinos de MORDAZA MORDAZA regularicen el cumplimiento de sus obligaciones derivadas del Impuesto Predial, Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y seguridad ciudadana, ademas de las multas tributarias y administrativas. Que, el articulo 6 de la referida Ordenanza faculta al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia prorrogue la vigencia del mismo; Que, atendiendo a una moderna y eficiente gestion administrativa, resulta ser una funcion de la Municipalidad otorgar a los contribuyentes las facilidades para que se cumpla con la regularizacion del pago de sus obligaciones tributarias y administrativas que ademas repercute en el sinceramiento de los saldos por cobrar tributarios y no tributarios. ESTANDO A LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS POR EL ARTICULO 42 Y EL NUMERAL 6 DEL ARTICULO 20 DE LA LEY N° 27972 ORGANICA DE MUNICIPALIDADES; SE DECRETA: Articulo Primero.- PRORROGAR, hasta el 25 de MORDAZA del 2007, el vencimiento del plazo para acogerse al Regimen de Beneficios Tributarios y Administrativos Extraordinarios "Ponte al dia con MORDAZA Maria" establecido en la Ordenanza N° 209-MJM. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Rentas Administracion, Sub Gerencia de Informatica, Tesoreria, Logistica y Participacion Vecinal, el cumplimiento de la presente Ordenanza en las funciones que les competen y a la Secretaria General y Gerencia de Comunicaciones su publicacion y difusion respectiva. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA PELLA MORDAZA 55476-4

Prorrogan plazo para el pago de cuotas de Arbitrios de los meses de enero, febrero, marzo y MORDAZA de 2007
DECRETO DE ALCALDIA N° 015-2007-MDJM MORDAZA MORDAZA, 27 de MORDAZA del 2007 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MARIA; Visto, el Memorandum N° 487-2007-MDJM/GR fecha 27 de MORDAZA del 2007; y, CONSIDERANDO: Que, la Ordenanza N° 205-MJM, que regula el regimen tributario de los Arbitrios Municipales para el ano 2007, faculta al MORDAZA para dictar las medidas complementarias necesarias respecto a las tasas que la misma regula, asi como de los beneficios que establece; Que, es necesario extender los plazos concedidos para facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias. Estando a las atribuciones conferidas por el articulo 42º y el numeral 6 del Articulo 20º de la Ley N° 27972 - Organica de Municipalidades; SE DECRETA: Articulo Primero.- PRORROGAR, hasta el 25 de MORDAZA del 2007, el vencimiento del plazo para el pago de los Arbitrios Municipales de los meses de enero y febrero, marzo y MORDAZA del 2007. Articulo Segundo.- Encarguese a las Gerencias de Rentas, Administracion, Subgerencia de Informatica, el cumplimiento de la presente Ordenanza en las funciones de

Prorrogan plazo para acogerse al Regimen de Beneficios Tributarios y Administrativos Extraordinarios establecido en la Ordenanza N° 209MJM
DECRETO DE ALCALDIA N° 014-2007-MDJM MORDAZA MORDAZA, 27 de MORDAZA del 2007 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MARIA; Visto, el Memorandum N° 486-2007-MDJM/GR de fecha 27 de MORDAZA del 2007; y, CONSIDERANDO: Que, la Ordenanza N° 209-MJM, se establecio el Regimen de Beneficios Tributarios y Administrativos