Norma Legal Oficial del día 18 de enero del año 2004 (18/01/2004)


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EL MORDAZA DISTRITAL DE MORDAZA POMACOCHAS

NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 18 de enero de 2004

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUILMANA
Aprueban Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la municipalidad para el ano 2004
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 010-2004-MDQ Quilmana, 12 de enero del 2004 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUILMANA, DE LA PROVINCIA DE CANETE, DEPARTAMENTO DE MORDAZA VISTO: El Oficio Nº 01-2004-ABA/MDQ, de la Unidad de Abastecimiento, solicitando la aprobacion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el Ejercicio Presupuestal 2004; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al TUO de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado - Ley Nº 26850, aprobado por D.S. Nº 012-2001-PCM, de conformidad con el articulo 7º concordante con el articulo 6º del Reglamento de la Ley acotada y aprobada mediante D.S. Nº 0132001-PCM, cada entidad elaborara un Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, que contendra los bienes, suministros, servicios y obras que se requerira durante el Ejercicio Presupuestal; Que, conforme lo dispone el articulo 7º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado Ley Nº 26850, el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones sera aprobado por el Titular del Pliego o la MORDAZA autoridad administrativa dentro de los 30 dias naturales siguientes de aprobado el Presupuesto Institucional; Que, con el documento del visto, la Unidad de Abastecimiento eleva el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad Distrital de Quilmana para el periodo presupuestal 2004; el que ha sido elaborado siguiendo las disposiciones contenidas en la Directiva Nº 005-2003-CONSUCODE/PRE, siendo necesario proceder a su aprobacion; Con las atribuciones conferidas por la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, su Reglamento aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM y modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- APROBAR, el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad Distrital de Quilmana para el periodo presupuestal 2004, el mismo que como anexo forma parte de la presente Resolucion. Articulo 2º.- ENCARGAR a la Oficina de Secretaria General la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano; asi mismo, se ponga en conocimiento del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE y de la Comision de Promocion de la Pequena y Micro Empresa - PROMPYME, dentro de los plazos establecidos, disponiendo que la Unidad de Abastecimiento ponga a disposicion de los interesados el documento aprobado; siendo de cumplimiento de todos los organos estructurados de esta Municipalidad, por lo que deben optar todas las medidas pertinentes. Registrese, publiquese, cumplase y archivese. ZORINA E. NEGREIROS MORDAZA Alcaldesa 00994

VISTO.- La impugnacion de fechas 5 y 6 de enero del presente ano, por parte de Comercial MORDAZA E.I.R.L y Amanco del Peru S.A, respectivamente. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 024-2003/ MDF/GOB.R.A, se ratifica la conformacion del comite especial y se aprueba la reformulacion de las bases del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva Nº 001-2003-MDFP: AGUA POTABLE CHIDO POMACOCHAS (CONST.) "ADQUISICION DE TUBERIA"; Que, existiendo contravencion entre las bases, respecto a que la MORDAZA de propuestas en el lugar/medio: Secretaria de la MDF sito en el Jr. MORDAZA 501 de 8.00 a.m. a 12 m.; con lo estipulado en el articulo 57º del D.S. Nº 013-2001-PCM, que determina que los actos de MORDAZA de propuestas y otorgamiento de la buena pro son formales y se realizan en presencia del Comite Especial, el mismo que se inicia cuando el comite especial empieza a llamar a los postores en el orden en que adquirieron la bases para la entrega de los sobres correspondientes, segun lo estipulado en el articulo 59º inciso a) del mismo cuerpo legal acotado, siendo asi se llega a advertir que a los postores ese ha causado confusion en cuanto a la MORDAZA de las propuestas respectivas, realizado indebidamente por algunos postores via curier, de tal forma que se ha transgredido la MORDAZA reglamentaria precisada, causando un vicio con causal de nulidad contemplada en el articulo 10º inciso 1) de la Ley Nº 27444; Que, de acuerdo con lo establecido por el articulo 26º del Reglamento del T.U.O de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por D.S. Nº 0132001-PCM, el Titular del pliego o la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad, puede declarar la nulidad de oficio del MORDAZA de seleccion por cualquiera de las causales establecidas en el articulo 57º del acotado texto unico ordenado, hasta los actos primigenios que han dado origen al MORDAZA de seleccion; Que, el articulo 57º del D.S. Nº 012-2001-PCM, establece entre otros, que se declaran nulos los actos administrativos que contravengan las normas legales, situacion que viene produciendose en dos oportunidades por parte del Comite encargado de la elaboracion de las bases, por lo que es pertinente dejar sin efecto la conformacion del referido comite; Que, en el presente caso se ha cumplido el supuesto contenido en la MORDAZA en mencion, por lo que resulta procedente declarar la nulidad de oficio de la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 001-2003-MDF-P-Const.Agua Potable Chido Pomacochas "Adquisicion de Tuberia" debiendo retrotraerse la misma hasta los actos primigenios que han dado origen al presente MORDAZA de seleccion; Estando a lo dispuesto por el articulo 26º del Reglamento del T.U.O de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por D.S. Nº 0132001-PCM, y en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades; RESUELVE: Primero.- Declarese la NULIDAD de oficio de la nulidad Adjudicacion Directa Selectiva Nº 001-2003-MDF-PConst.Agua Potable Chido Pomacochas "Adquisicion de Tuberia", por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion, quedando sin efecto pronunciarse con respecto a las impugnaciones presentadas. Segundo.- Retrotraer el MORDAZA, hasta los actos primigenios que dieron origen al presente MORDAZA de seleccion materia de nulidad, consecuentemente se deja sin efecto la designacion del Comite Especial para este proposito por incurrir en nulidades insalvables en dos oportunidades. Tercero.- Dispongase la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 26º del D.S. Nº 013-2001-PCM, sin perjuicio de notificar a los postores. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA O. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Distrital 01007