Norma Legal Oficial del día 18 de enero del año 2004 (18/01/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 18 de enero de 2004

gramacion, Formulacion y Aprobacion de los Presupuestos Institucionales de los Gobiernos Locales para el Ano Fiscal 2004; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972; por UNANIMIDAD, con dispensa del tramite de la lectura y aprobacion del Acta; ACUERDA: Articulo Primero.- APROBAR, el Presupuesto Institucional de Ingresos y Gastos del Pliego Municipalidad Distrital de Lince correspondiente al Ejercicio Fiscal 2004, por un monto total de S/. 18'233,500 (DIECIOCHO MILLONES DOSCIENTOS TREINTAITRES MIL QUINIENTOS CON 00/100 NUEVOS SOLES), conforme se detalla en anexo adjunto que forma parte integrante del presente Acuerdo. Articulo Segundo.- La Distribucion en gastos del Fondo de Compensacion Municipal (FONCOMUN), a tenerse en cuenta en el PIA 2004 sera: para Gastos Corrientes 35% y para Gastos de Inversion 65% de conformidad a lo dispuesto en Acuerdo de Concejo Nº 089-2003. Articulo Tercero.- Encargar al Sr. MORDAZA, Titular del Pliego la promulgacion del Presupuesto Institucional de Apertura 2004. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 00963

Que, conforme con lo expuesto resulta necesario establecer los montos que deben abonar los contribuyentes por concepto de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion de tributos y de recibos de pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el ano 2004; Que, estando a los Informes Nºs. 97-2003-OAT-MM y 1623-2003-OAJ-MM, mediante los cuales las Oficinas de Administracion Tributaria y Asesoria Juridica expresan su conformidad con la presente Ordenanza, y en uso de las facultades establecidas en la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, y con dispensa del tramite de aprobacion de Acta, el Concejo por UNANIMIDAD aprobo la siguiente: ORDENANZA DETERMINACION DE LOS MONTOS POR EMISION Y DISTRIBUCION DE DIVERSOS TRIBUTOS MUNICIPALES Articulo 1º.- Establezcase en S/. 8.00 (Ocho y 00/100 Nuevos Soles) el monto anual que deberan pagar los contribuyentes por concepto de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion del Impuesto Predial, distribucion de la declaracion jurada y Hojas de Liquidacion para el ano 2004, hasta por dos (2) predios. Por cada predio adicional se abonara S/. 2.00 (Dos y 00/100 Nuevos Soles) por el derecho mencionado. Articulo 2º.- Fijese en S/. 4.00 (Cuatro y 00/100 Nuevos Soles) el monto anual que deberan pagar los contribuyentes cuyo Impuesto Predial sea igual al 0.6% de la UIT (S/. 19.20), por concepto de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion del Impuesto Predial, distribucion de la declaracion jurada y Hojas de Liquidacion para el ano 2004. Articulo 3º.- Fijese en S/. 1.00 (Uno y 00/100 MORDAZA Sol) el monto trimestral que deberan abonar los contribuyentes por concepto de emision mecanizada, determinacion de cada arbitrio, incluida su distribucion y la liquidacion para el ano 2004 de cada uno de ellos. POR TANTO:

MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES
Determinan montos por emision y distribucion de diversos tributos municipales
ORDENANZA Nº 141 Miraflores, 13 de enero de 2004

Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. EL MORDAZA DE MIRAFLORES POR CUANTO: El Concejo Municipal de Miraflores en Sesion Ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, las Municipalidades son organos de Gobierno Local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, asimismo el articulo 74º del mismo cuerpo legal, otorga Potestad Tributaria, a los Gobiernos Locales, potestad que es reconocida en el Articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, para crear, modificar, suprimir o exonerar los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones dentro de los limites establecidos por Ley; Que, el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, senala que las Ordenanzas son normas de caracter general por medio de las cuales se regulan las materias en las que la Municipalidad tiene competencia normativa; Que, la Cuarta Disposicion Final del Decreto Legislativo Nº 776, Ley de Tributacion Municipal, faculta a las municipalidades a cobrar por el servicio de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion de impuestos y recibos de pago correspondientes, incluida su distribucion a domicilio, un monto no mayor al 0.4% de la Unidad Impositiva Tributaria vigente al 1 de enero de cada ejercicio; Que, mediante Decreto Supremo Nº 192-2003-EF, se establecio para el ano 2004, que el valor de la Unidad Impositiva Tributaria, como indice de referencia en normas tributarias es de Tres Mil Doscientos Nuevos Soles (S/. 3,200.00); MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 00878

Establecen MORDAZA legal del regimen tributario de arbitrios de limpieza publica, parques y jardines y serenazgo
ORDENANZA Nº 142 Miraflores, 13 enero del 2004 EL MORDAZA DE MIRAFLORES; POR CUANTO: El Concejo Municipal de Miraflores, en Sesion Ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, las Municipalidades son organos de Gobierno Local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, asimismo el articulo 74º del mismo cuerpo legal, otorga Potestad Tributaria, a los Gobiernos Locales, potestad que es reconocida en el Articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, para crear, modificar, suprimir o exonerar los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones dentro de los limites establecidos por Ley; Que, el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, senala que las Ordenanzas son