Norma Legal Oficial del día 18 de enero del año 2004 (18/01/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 18 de enero de 2004

Disponen la conformacion del Comite de Elaboracion del Proyecto de Normas Municipales para dar cumplimiento a la R.M. Nº 282-03-SA/DM
DECRETO DE ALCALDIA Nº 057 Ate, 15 de diciembre de 2003 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO: El Informe Nº 135-2003 DSPL/MDA de la Direccion de Servicios Publicos Locales que propone la conformacion de un Comite para elaborar un proyecto de normas que recoja lo dispuesto por la R.M. Nº 282-2003-SA/DM y la misma Resolucion Ministerial Nº 282-2003-SA/DM del Ministerio de Salud, publicada el 16 de marzo del ano 2003, que Aprueba el Reglamento Sanitario de Funcionamiento de Mercados de Abasto y el Decreto Supremo Nº 007-98SA que aprueba el Reglamento sobre Vigilancia y Control Sanitario de Alimentos y Bebidas, que disponen que las sanciones a los citados Reglamentos seran aplicadas por la Autoridad de Salud Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Estado establece que las Municipalidades son agentes del desarrollo de sus Pueblos como organos de Gobierno Local, tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Asi mismo, de conformidad con la Ley Organica de Municipalidades Nº 29792, las Municipalidades Distritales tienen a su cargo regular y controlar el aseo, higiene y salubridad en los establecimientos comerciales, industriales y otros lugares publicos como son los mercados. Que, en los gobiernos locales la Alcaldia cumple una funcion ejecutiva de acuerdo a lo establecido en el Art. 20º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; ejerciendo la misma a traves de Decretos y Resoluciones, para dictar los procedimientos necesarios para la administracion municipal. Que, el Gobierno Peruano a traves de la Resolucion Ministerial Nº 282-2003-SA/DM del Ministerio de Salud, publicada el 16 de marzo del ano 2003, aprueba el Reglamento Sanitario de Funcionamiento de Mercados de Abasto y el Decreto Supremo Nº 007-98-SA que aprueba el Reglamento sobre Vigilancia y Control Sanitario de Alimentos y Bebidas, disponiendo que las sanciones a los citados Reglamentos seran aplicadas por Autoridad de Salud. Que, es necesario que la Municipalidad Distrital de Ate a traves de personal profesional especializado en el control y vigilancia sanitaria, instruya, dirija y supervise la aplicacion de las normas emitidas en ese sentido, lo cual tendra un efecto socioeconomico positivo en el distrito, pues los controles a implementarse contribuira a una mas eficiente administracion de la produccion y comercializacion de los alimentos y servicios asociados a ellos, contribuyendo a una mayor seguridad alimentaria y nutricional de la poblacion del distrito. Que; en este sentido continuando con nuestro proposito, es necesario implementar las Disposiciones de la Resolucion Ministerial Nº 282-2003-SA/DM y el Reglamento Sanitario de Funcionamiento de Mercados de Abasto y el Decreto Supremo Nº 007-98-SA, que regiran en nuestro distrito en cuanto a las condiciones y requisitos sanitarios a los que deberan sujetarse el funcionamiento de los mercados de abastos MORDAZA publicos o privados, en las diferentes etapas de la cadena alimentaria, con la finalidad de asegurar la calidad sanitaria e inocuidad de alimentos y bebidas, tal como lo recoge el articulo 1º de la R.M. Nº 282-03 SA/DM. Que; es necesario conformar un Comite Municipal que se encargue de elaborar los Proyectos de dispositivos para establecer e implementar las Disposiciones Municipales que MORDAZA necesarias para cumplir con lo establecido en la la R.M. Nº 282-03 SA/DM; Comite que estara integrado por las dependencias municipales que conforme a sus facultades son responsables de velar dicho cumplimiento y;

Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas por el inciso 6) del Articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; SE DECRETA: Articulo 1º.- Disponer la conformacion del Comite de Elaboracion del Proyecto de Normas Municipales para dar cumplimiento a lo establecido en la Resolucion Ministerial Nº 282-03 SA/ DM; Reglamento que establece las condiciones y requisitos sanitarios a los que debe sujetarse el funcionamiento de los mercados de abastos publicos y privados; en adelante, COMITE PARA ELABORAR EL PROYECTO DE NORMAS QUE ESTABLEZCAN CONDICIONES Y REQUISITOS SANITARIOS EXIGIBLES A LOS MERCADOS DE ABASTOS DE ATE-CONSAMATE. Articulo 2º.- CONSAMATE, debera en concordancia con la R.M. Nº 282-2003-SA/DM: a.- Determinar los requisitos operativos y sanitarios a los sujetara el funcionamiento de los mercados de abastos en el distrito, desde la adquisicion, recepcion, almacenamiento, preparacion y comercializacion de alimentos, asi como las buenas practicas de su manipulacion. b.- Determinar las condiciones higienico sanitarias y de infraestructura minimas que deben cumplir los locales que funcionan como mercados de abastos. Articulo 3º.- CONSAMATE; estara conformado por: - Subdireccion de Comercializacion y Transportes. - Subdireccion de Obras Privadas. - Subdireccion de Saneamiento y Medio Ambiente. - Subdireccion de Defensa Civil. La Subdireccion de Comercializacion y Transportes asumira la Presidencia de CONSAMATE. Las Subdirecciones comprendidas en el presente articulo, en el plazo MORDAZA del primer dia a partir de la publicacion de este Decreto instalaran el Comite. Articulo 4º.- CONSAMATE, tiene como plazo 60 dias para la elaboracion de las Normas Municipales, que daran cumplimiento del Articulo 2º. Articulo 5º.- Las Normas que elabore CONSAMATE seran aprobadas por Decreto de Alcaldia. Articulo 6º.- La Direccion Municipal, dispondra los recursos necesarios para apoyar la labor del CONSAMATE, en atencion de los requerimientos para el mayor cumplimiento de sus funciones. Articulo 7º.- El presente Decreto, entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MAJINO MORDAZA 00995

MUNICIPALIDAD DE BARRANCO
Aprueban el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el ejercicio presupuestal 2004
RESOLUCION GERENCIAL Nº 008-2004/GM/MDB Barranco, 12 de enero de 2004 LA GERENTE MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BARRANCO CONSIDERANDO: Que, el articulo 7º de TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 012-2001PCM, concordante con el articulo 7º de su Reglamento, aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM y la Resolucion Nº 380-2003-CONSUCODE/PRE de fecha 29 de diciembre