Norma Legal Oficial del día 26 de julio del año 2003 (26/07/2003)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 65

MORDAZA, sabado 26 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES

Pag. 248867 PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE
Prorrogan plazo de Beneficios Tributarios y Administrativos a que se refiere la Ordenanza Nº 117-MPL
ORDENANZA Nº 121-MPL Pueblo Libre, 25 de MORDAZA de 2003 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE POR CUANTO: Visto, en Sesion Extraordinaria de la fecha, el Dictamen Nº 061-2003-MPL/CPL-CPDE, de la Comision Permanente de Desarrollo Economico; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 117-MPL publicada el dia 9 de MORDAZA del 2003 en el Diario Oficial El Peruano, se establecio un beneficio temporal para todos aquellos contribuyentes de la jurisdiccion de Pueblo Libre, que tengan deudas tributarias pendientes de pago hasta el 31 de diciembre del ano 2002, por concepto del Impuesto Predial, Arbitrios Municipales y Tasa de Licencia de Funcionamiento, Multas Tributarias por omision o subvaluacion del Impuesto Predial; asimismo, se concedio un fraccionamiento especial de deudas tributarias y un beneficio de descuento del 80% en el monto de las multas administrativas impuestas hasta el presente ejercicio; Que, el Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, en el Articulo 29º precisa que el plazo para el pago de la deuda tributaria podra ser prorrogado, con caracter general; Que, en la citada Ordenanza se senalo un plazo de vigencia hasta el 26 de MORDAZA del ano 2003, por lo que siendo politica de la presente Gestion, brindar el MORDAZA de facilidades a los contribuyentes, ha dispuesto su prorroga para que el gran numero de contribuyentes que aun mantienen deudas, puedan acogerse a dichos beneficios; Estando a lo dispuesto en los Articulos 9º inciso 8), 39º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal aprobo por Unanimidad y con dispensa de lectura y aprobacion de Acta, la siguiente: ORDENANZA ACUERDA: Articulo 1º.- Prorroguese hasta el 18 de agosto del 2003, el plazo de vencimiento para acogerse a los beneficios contemplados en la Ordenanza Nº 117MPL, publicada el dia 9 de MORDAZA del ano 2003, en el Diario Oficial El Peruano; con excepcion de lo dispuesto en el articulo primero, MORDAZA parrafo, de las Disposiciones Complementarias de la citada Ordenanza. Articulo 2º.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Economico, Oficina de Informatica y Oficina de Ejecuc i o n C o a c t i va , e l c u m p l i m i e n t o d e l a p r e s e n t e Ordenanza, a la Oficina de Comunicacion Social, su difusion y a la Oficina de Administracion, su publicacion. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA M. TACCHINO D. MORDAZA 14116

MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA
Encargan el Despacho de la Alcaldia al MORDAZA MORDAZA
ACUERDO DE CONCEJO Nº 135-2003/MDV-ALC Ventanilla, 16 de MORDAZA del 2003 EL HONORABLE CONCEJO DISTRITAL DE VENTANILLA VISTO: En Sesion Extraordinaria de Concejo del 16 de MORDAZA del ano 2003, el pedido del senor MORDAZA, Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alava, donde solicita licencia para viajar a la Republica de MORDAZA por motivos estrictamente personales y con el MORDAZA UNANIME de sus integrantes y con la dispensa del tramite de aprobacion del acta; CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad, de conformidad con el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por el Articulo 194º mediante Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV Sobre Descentralizacion, concordada con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y demas normas complementarias; Que, es derecho de todo ciudadano hacer peticiones en forma individual o colectiva de conformidad con el Art. 2º numeral 20) de la Constitucion Politica del Estado; Que, el senor MORDAZA viajara a la Republica de MORDAZA desde el 3 al 10 de agosto del ano 2003, por razones estrictamente personales, por lo que solicita licencia al Pleno de esta Comuna para poder materializar su viaje; Que, el senor MORDAZA MORDAZA, al MORDAZA del Articulo 10º numeral 2) de la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972, expresa que dicho viaje a realizarse, debe de ser con goce de haberes y que, el Pleno de Concejo, puede otorgar la licencia solicitada; Que, a fin de continuar y cumplir con las acciones propias del Despacho de Alcaldia y de no interrumpir el normal desenvolvimiento de la misma, se hace necesario designar al Funcionario Titular que lo reemplace; en consecuencia, estando a lo expuesto y con las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27972, el Concejo Municipal;

Articulo 1º.- Conceder licencia, con goce de haberes, al senor MORDAZA, Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alava desde el 3 al 10 de agosto del ano 2003 a fin de que pueda viajar a la Republica de MORDAZA por motivos estrictamente personales. Articulo 2º.- Encargar el Despacho de Alcaldia al MORDAZA MORDAZA, senor Rogger MORDAZA MORDAZA MORDAZA, mientras dure la ausencia del Titular. Articulo 3º.- El costo del pasaje de viaje, estadia y los impuestos correspondientes seran cubiertos por el propio peculio del senor Alcalde; es decir, al Municipio no le generara egreso alguno por este concepto. Articulo 4º.- Encargar a la Direccion de Administracion, la publicacion del presente Acuerdo de Concejo, en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ALAVA MORDAZA 13994