Norma Legal Oficial del día 26 de julio del año 2003 (26/07/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 26 de MORDAZA de 2003

Vistos, el Informe Especial Nº 197-2003-CG/ORIQ, resultante de la accion de control practicada en la Municipalidad Provincial de Mariscal MORDAZA MORDAZA, Region de MORDAZA, periodo 01.Ene.1999 al 31.Dic.2001; y, CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento del Plan Anual de Control del ano 2002 de la Oficina Regional Iquitos de la Contraloria General de la Republica, mediante Oficio Nº 0943-2002CG/DC, se dispuso una accion de control en la Municipalidad Provincial de Mariscal MORDAZA MORDAZA, por el periodo 01.Ene.1999 al 31.Dic. 2001; Que, de la revision efectuada a la documentacion que sustenta los gastos efectuados por la Municipalidad Provincial de Mariscal MORDAZA MORDAZA, con recursos provenientes del Fondo de Compensacion Municipal, se ha determinado que durante el ejercicio 1999 la citada municipalidad, en la aplicacion de sus gastos corrientes con recursos del Fondo de Compensacion Municipal, ha producido un desvio ascendente a S/. 236 771,46, suma que representa un exceso de 17,48% en gastos corrientes, en contravencion a lo dispuesto en la normativa que regula la aplicacion de recursos provenientes de esa fuente de financiamiento, lo cual ha generado principalmente el incumplimiento de la meta del proyecto "Construccion de Mini Coliseo de Caballo Cocha"; hecho que constituye indicios razonables de comision de Delito contra la Administracion Publica en la modalidad de Malversacion de Fondos, previsto y penado en el Articulo 389º del Codigo Penal; Que, conforme lo dispuesto en la MORDAZA Disposicion Transitoria de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, aprobada por Ley Nº 27785, publicada el 23 de MORDAZA del 2002, el MORDAZA integral de control iniciado MORDAZA de la entrada en MORDAZA de esta Ley, se regira por la normativa anterior hasta su conclusion; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del Articulo 22º de la precitada Ley Nº 27785, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Publico, en los casos en que en la ejecucion directa de una accion de control se encuentre dano economico o presuncion de ilicito penal, correspondiendo autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables y los hechos comprendidos en el Informe de Vistos; y, De conformidad con el Articulo 22º, inciso d) de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, y los Decretos Leyes Nºs. 17537 y 17667, sobre Defensa Judicial del Estado; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al senor Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, inicie e impulse las acciones legales por los hechos expuestos y contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Vistos, remitiendosele para tal efecto los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 14070 RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 245-2003-CG MORDAZA, 25 de MORDAZA de 2003 Visto, el Informe Especial Nº 200-2003-CG/LOC resultante del Examen Especial efectuado a la Municipalidad

Provincial de Huarochiri, periodo 1999 - 2001, considerando operaciones anteriores y posteriores; relacionadas con los objetivos del citado Examen Especial; y, CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento del Plan Anual de Control 2002 de la Gerencia de Gobiernos Locales y Regionales, este Ente Tecnico Rector del Sistema Nacional de Control, dispuso una accion de control en la Municipalidad Provincial de Huarochiri, cuyo objetivo fue evaluar la gestion administrativa de los recursos financieros y patrimoniales asignados a la entidad auditada, y la veracidad de las denuncias presentadas contra la administracion municipal; Que, como consecuencia de la accion de control efectuada, se ha evidenciado que la Municipalidad Provincial de Huarochiri, en el ano 2001 obtuvo un prestamo del Banco de La Nacion para la ejecucion de la Obra "Variante Pacomanta - Macachaya y el tramo de empalme Pucllucanchi - Chinachay", por la suma de S/ .200 000,00; sin embargo la obra se paralizo por falta de pago oportuno de las Valorizaciones Nºs. 2, 3 y 4, al haber el ex MORDAZA autorizado se efectue gastos corrientes no relacionados a la ejecucion de la obra por la suma de S/.99 434,03, sin regularizar este desvio en el periodo presupuestal correspondiente, inobservando el Acuerdo de Concejo Nº 018-2001/CMMPH-M que autorizo la solicitud de dicho prestamo y ocasionando la paralizacion de la obra en perjuicio de la comunidad a quien fue dirigida; constituyendo los hechos expuestos indicios de la comision del Delito de Malversacion previsto y penado en el Articulo 389º del Codigo Penal; Q u e , l a C o m i s i o n Au d i t o r a h a ev i d e n c i a d o irregularidades en la concesion y anulacion de rutas a empresas de transportes, habiendo emitido resoluciones contradictorias entre si sobre recursos incoados, relativos a hechos sobre los que se hallaba agotada la via administrativa y existia pronunciamiento del fuero jurisdiccional, ocasionando una incertidumbre juridica sobre la concesion de la ruta otorgada en el periodo 2000; constituyendo los hechos expuestos indicios de la comision del Delito de Abuso de Autoridad previsto y penado en el Articulo 376º del Codigo Penal; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del articulo 22º de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Publico, en los casos en que en la ejecucion directa de una accion de control se encuentre dano economico o presuncion de ilicito penal, correspondiendo autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto; De conformidad con el Articulo 22º inciso d) de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, Ley Nº 27785, y los Decretos Leyes Nºs. 17537 y 17667; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al senor Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, inicie las acciones legales correspondientes, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiendose para el efecto los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 14073