Norma Legal Oficial del día 17 de octubre del año 2002 (17/10/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

MORDAZA, jueves 17 de octubre de 2002

NORMAS LEGALES

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m2 ubicado en el distrito, provincia y departamento de Ica, para destinarlo como su Sede principal y brindar servicios educativos a la comunidad iquena; Que, desde la dacion de la Ley Nº 26922 se crean los Consejos Transitorios de Administracion Regional dentro de la expedicion de un MORDAZA constitucional de Descentralizacion del MORDAZA, contenidas en los articulos 188º y 189º de la Constitucion Politica del Peru; como organismo descentralizados del Ministerio de la Presidencia, con autonomia tecnica, presupuestal y administrativa en el ejercicio de sus funciones dentro de su ambito jurisdiccional, constituyendose en un pliego presupuestal dentro del Sector 025 del Ministerio de la Presidencia; Que, por el Decreto Supremo Nº 010-98-PRES se establece el Organigrama Estructural y reglamento de Organizacion y Funciones de los Consejos Transitorios de Administracion Regional teniendo como objetivo "Alcanzar la consolidacion del MORDAZA de descentralizacion y desconcentracion economica y administrativa a nivel departamental...", de la misma forma establece como funcion general la de "Administrar y controlar el patrimonio asignado y los que le fueran dados por encargo, asi como evaluar y determinar su uso y destino final, en aplicacion a los dispositivos legales vigentes", conduciendo las acciones necesarias con las Direcciones Regionales Sectoriales y los Organos Publicos Descentralizados en el ambito departamental, a fin de cumplir con los objetivos para el desarrollo regional; Que, en aplicacion del Decreto Supremo Nº 154-2001EF Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal prescribe que la Transferencia patrimonial predial interestatal es la traslacion de dominio que a titulo oneroso o gratuito se realiza entre entidades publicas asi como las que cuentan con reparticiones organicas, y se aprueban mediante Resolucion del Titular de su respectivo Sector o Pliego, la transferencia del patrimonio predial de sus respectivas dependencias; Estando al Informe Nº 005-2001-CTAR-ICA/CGP, con el visado favorable de la Secretaria Tecnica y la Gerencia de Asesoria Juridica; De conformidad con las facultades conferidas al Consejo Transitorio de Administracion Regional de Ica, por Ley Nº 26922 "Ley MORDAZA de Descentralizacion", Decreto Supremo Nº 010-98-PRES; Decreto de Urgencia Nº 030-98, Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, y la Resolucion Suprema Nº 299-2001-PRES; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar la transferencia en propiedad a favor del Instituto Superior Tecnologico "Catalina MORDAZA de Pecho" - Direccion Regional de Educacion de Ica el area de 47,765.42 m2 del Sublote "A2", ubicado en el ex fundo La MORDAZA Grande Av. MORDAZA MORDAZA S/N del distrito, provincia y departamento de Ica, para ser destinado como su Sede Principal y servicios educativos en beneficio de la poblacion iquena, con los siguientes linderos y medidas perimetricas: Por el Norte: Colinda con parte del terreno del ex fundo La MORDAZA Grande, hoy cedido en Uso al Instituto Peruano del Deporte y con la linea recta que va de Oeste a Este de 191.05 ml. Por el Sur: Colinda con parte del terreno del ex fundo La MORDAZA Grande, hoy Prolongacion Av. MORDAZA Valdelomar y linea mixta de tres tramos: 1° Tramo.- De Este o Oeste con 51.50 ml. 2° Tramo.- Curva de Este a Oeste con 33.10 ml. 3° Tramo.- De Este a Nor Oeste con 4.00 ml Por el Este: Colinda una parte con el terreno del ex fundo La MORDAZA Grande hoy cedido en Uso al Instituto Peruano del Deporte y la otra parte colinda con el fundo La MORDAZA Chica, hoy Urb. MORDAZA MORDAZA del Palmar y la linea recta que va de Norte a Sur con 344.50 ml. Por el Oeste: Colinda con terreno del ex fundo La MORDAZA Grande, hoy Av. MORDAZA MORDAZA y la linea quebrada de dos tramos: 1° Tramo.- Que va de Norte a Sur Este con 97.00 ml. 2° Tramo.- De Norte a sur con 260.10 ml. PERIMETRO.- 981.25 ml. Articulo Segundo.- Dejar sin efecto el articulo MORDAZA de la Resolucion Presidencial Regional Nº 0151-2000CTAR-ICA/PE. Articulo Tercero.- Disponer la baja patrimonial del registro contable y Margesi de Bienes Regionales del CTAR - ICA, del inmueble descrito en el articulo primero. Articulo Cuarto.- Notificar la presente Resolucion a la Superintendencia de Bienes Nacionales para su conocimiento y anotacion en el Margesi de Bienes.

Articulo Quinto.- La Oficina de Registros Publicos de Ica, por el merito de la presente Resolucion dispondra la inscripcion del Acto Registral prescrito en el articulo primero de la misma por constituir titulo suficiente para todos los efectos registrales. Articulo Sexto.- Publiquese por una sola vez en el diario oficial de la localidad la Resolucion materia del presente. Registrese y comuniquese. MORDAZA VILLAGOMEZ GARIBAY Presidente Ejecutivo Consejo Transitorio de Administracion Regional CTAR - ICA 18279

GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Califican terreno ubicado en el distrito de Surquillo como MORDAZA de Reglamentacion Especial - ZRE
ORDENANZA Nº 400
EL MORDAZA MORDAZA METROPOLITANO DE MORDAZA, ENCARGADO DE LA ALCALDIA; POR CUANTO: EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; En Sesion Extraordinaria de fecha 2 de octubre de 2002, vista la solicitud formulada por el Viceministerio de Vivienda y Construccion, para que se le otorgue al terreno ubicado en Av. MORDAZA MORDAZA, Mz. C, lotes 17 al 24, denominado Condominio Jardines de Aramburu, distrito de Surquillo, provincia y departamento de MORDAZA, cuya area es de 1.63 Ha., la calificacion de MORDAZA de Reglamentacion Especial (ZRE), a fin de ser incorporado al Programa de Subastas del Fondo Mi Vivienda; de acuerdo con lo opinado por la Comision de Desarrollo MORDAZA en su Dictamen Nº 077-2002-MML-CDU; y, CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 010-2002-MTC de fecha 19 de marzo del 2002, publicada el 20 de marzo del mismo ano, se constituye la Comision de Coordinacion para facilitar la construccion de viviendas, con la finalidad de promover el acceso de la poblacion a la propiedad privada destinada a la vivienda; Que, de conformidad a la Ordenanza Nº 372-MML de fecha 26 de marzo de 2002, publicada el 1 de MORDAZA del mismo ano, la Comision de Coordinacion creada por el Decreto Supremo Nº 010-2002-MTC, ha calificado como MORDAZA de Reglamentacion Especial - ZRE las areas de terrenos mencionados precedentemente, las cuales han sido seleccionadas para el desarrollo de programas de vivienda, que se regiran por el Reglamento de Habilitacion y Construccion MORDAZA Especial aprobado por Decreto Supremo Nº 053-98-PCM y sus Disposiciones Complementarias, teniendo en cuenta los Planes de Desarrollo Urbano; Que, el terreno de propiedad privada se encuentra inscrito en la Ficha Nº 1630427 - Partida Electronica Nº 49064476 del Registro de la Propiedad del Inmueble de Lima; Que, el Concejo Metropolitano en ejercicio de su competencia constitucional en materia de Planificacion MORDAZA, con arreglo a la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, concordante con el Articulo 3º del Reglamento de Acondicionamiento Territorial, Desarrollo MORDAZA y Medio Ambiente, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-85-VC y Ordenanza Nº 134-MML - Reglamentaria de Actualizacion y Reajuste del Plano de Zonificacion General de MORDAZA Metropolitana, y de conformidad con lo establecido en el Articulo 81º y literal c) del Art. 86º del Reglamento Interior del Concejo Metropolitano; Aprobo la siguiente: