Norma Legal Oficial del día 17 de octubre del año 2002 (17/10/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, jueves 17 de octubre de 2002

NORMAS LEGALES
Cod. Exp. Descripcion de la Servidumbre

Pag. 231477
Area de Servidumbre 535,28 m2 Propietario del Predio Comunidad Campesina de Sanayca

De conformidad con lo dispuesto por el articulo 27º del Reglamento de Transporte de Gas Natural por Ductos, aprobado por Decreto Supremo Nº 041-99-EM; Con la opinion favorable del Director General de Hidrocarburos y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Ratificar el Acuerdo de Suspension de Plazo para solicitar la constitucion de los derechos de servidumbre a que se refiere la Clausula 7.1.1. del Contrato BOOT de Concesion de Transporte de Liquidos de Gas Natural por Ductos de Camisea a la Costa, suscrito entre el Estado, representado por el Director General de Hidrocarburos del Ministerio de Energia y Minas, y la empresa Transportadora de Gas del Peru S.A., el 9 de octubre de 2002, el cual forma parte de la presente Resolucion. Dicho acuerdo consta de tres (3) clausulas. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Energia y Minas. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Energia y Minas 18355

41129402

Estacion Repetidora North S 1B Ubicacion: Distrito de Sanayca, provincia de Aymaraes, departamento de MORDAZA Coordenadas UTM: Vertice Norte 291,96 320,26 320,94 319,54 299,74 292,88 4 650 Este 684 684 684 684 684 684 715,52 719,00 730,71 734,09 738,11 736,67

A 8 402 B 8 402 C 8 402 D 8 402 E 8 402 F 8 402 Cota m.s.n.m.:

Servidumbre de MORDAZA para custodia, conservacion y reparacion de las obras e instalaciones Coordenadas UTM: Vertice Norte Este

36 500,00 m2

Punto de inicio 8 408 634,93 675 585,81 ER North S 1B 8 402 320,94 684 730,71

Imponen servidumbres de sistemas de telecomunicaciones y de MORDAZA a favor de Consorcio Transmantaro S.A.
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 437-2002-EM/DM MORDAZA, 25 de setiembre de 2002 VISTO: El Expediente Nº 41129402 organizado por Consorcio Transmantaro S.A., sobre solicitud de imposicion de las servidumbres de sistema de telecomunicaciones y de MORDAZA para custodia, conservacion y reparacion de obras e instalaciones de la Estacion Repetidora North S 1B, ubicada en el distrito de Sanayca, provincia de Aymaraes, departamento de Apurimac; CONSIDERANDO: Que, Consorcio Transmantaro S.A., concesionaria de transmision de energia electrica, en merito de la Resolucion Suprema N° 020-98-EM de fecha 17 de marzo de 1998, solicita la imposicion de las servidumbres de sistema de telecomunicaciones y de MORDAZA para custodia, conservacion y reparacion de las obras e instalaciones de la Estacion Repetidora North S 1B; Que, la peticion se encuentra amparada en lo dispuesto por los incisos d) y f) del articulo 110° y siguientes de la Ley de Concesiones Electricas - Decreto Ley Nº 25844 y el articulo 220° y siguientes de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe Nº 086-2002-EM/DGE del 19 de agosto de 2002; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- IMPONER las servidumbres de sistema de telecomunicaciones y de MORDAZA para custodia, conservacion y reparacion de las obras e instalaciones de la Estacion Repetidora North S 1B, ubicada en el distrito de Sanayca, provincia de Aymaraes, departamento de MORDAZA, a favor de Consorcio Transmantaro S.A., con caracter permanente, de acuerdo a la documentacion tecnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro:

Articulo 2º.- La propietaria de los predios sirvientes, dentro del area de servidumbre, no podra construir obras de cualquier naturaleza ni podra realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de las servidumbres constituidas. Articulo 3º.- Consorcio Transmantaro S.A., debera adoptar las medidas necesarias a fin de que los predios sirvientes no sufran dano ni perjuicio por causa de las servidumbres, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Articulo 4º.- Consorcio Transmantaro S.A., debera velar permanentemente para evitar que en el area de servidumbre se ejecute cualquier MORDAZA de construccion. Articulo 5º.- La presente Resolucion entrara en vigencia el dia de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Energia y Minas 17369 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 438-2002-EM/DM MORDAZA, 25 de setiembre de 2002 VISTO: El Expediente Nº 41129002 organizado por Consorcio Transmantaro S.A., sobre solicitud de imposicion de las servidumbres de sistema de telecomunicaciones y de MORDAZA para custodia, conservacion y reparacion de obras e instalaciones de la Estacion Repetidora South 2A, ubicada en el distrito de Cotahuasi, provincia de La Union, departamento de Arequipa; CONSIDERANDO: Que, Consorcio Transmantaro S.A., concesionaria de transmision de energia electrica, en merito de la Resolucion Suprema N° 020-98-EM de fecha 17 de marzo de 1998, solicita la imposicion de las servidumbres de sistema de telecomunicaciones y de MORDAZA para custodia, conservacion y reparacion de las obras e instalaciones de la Estacion Repetidora South 2A; Que, la peticion se encuentra amparada en lo dispuesto por los incisos d) y f) del articulo 110° y siguientes de la Ley de Concesiones Electricas - Decreto Ley Nº 25844 y el articulo 220° y siguientes de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe Nº 082-2002-EM/DGE del 19 de agosto de 2002;