Norma Legal Oficial del día 15 de febrero del año 2002 (15/02/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 15 de febrero de 2002

Auditoria Interna del senor MORDAZA MORDAZA SANTAGADEA VALDIVIA; De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Organica del Ministerio Publico; SE RESUELVE: Articulo Unico.- DAR POR CONCLUIDA a partir de la fecha el encargo de funciones de Jefe de la Oficina de Auditoria Interna del senor MORDAZA MORDAZA SANTAGADEA VALDIVIA. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion 3159

Resolucion Nº 1250, de fecha 4 de setiembre del 2001, expedida por la Fiscalia Suprema de Control Interno, que declara Infundada la denuncia interpuesta contra el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Provincial Provisional de la Cuarta Fiscalia Provincial Penal de MORDAZA, por los supuestos delitos de Usurpacion de Funciones y Abuso de Autoridad; CONSIDERANDO: Que, se le atribuye al magistrado denunciado, en su condicion de Fiscal Provincial de la Cuarta Fiscalia Provincial Penal de MORDAZA, haber recepcionado con fecha 15 de marzo del 2000, la denuncia interpuesta por MORDAZA MORDAZA MORDAZA por el delito de Violacion de la MORDAZA Sexual en agravio de su menor hija, a pesar de haber estado a cargo de la Fiscalia Provincial de Bambamarca desde el dia 2 hasta el 30 de marzo del ano MORDAZA citado; asi mismo haber recepcionado con fecha 11 de marzo del mismo ano, la declaracion referencial de la menor agraviada, alterando en su perjuicio la verdad de los hechos; Que, del estudio y analisis de los actuados, se aprecia la existencia de los elementos configurativos del delito de Usurpacion de Funciones contemplado por el Articulo 361º del Codigo Penal; toda vez el magistrado denunciado tuvo pleno conocimiento que a la fecha de MORDAZA de la denuncia interpuesta por MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por el delito de Violacion de la MORDAZA Sexual en agravio de su menor hija, esto es el 11 de MORDAZA del 2000 no se encontraba de turno, tal como se desprende de la Resolucion Nº 008-2000MP-FSEGG-DJ-CAJAMARCA de fecha 31 de enero del 2000, obrante en MORDAZA a fs. 289, que establece el turno de las 5 Fiscalias Penales en MORDAZA en 15 dias cada una; que si bien es MORDAZA del sello de recepcion puesto en la denuncia MORDAZA referida, obrante en MORDAZA a fs. 1, consta haber sido recepcionado el 15 de marzo del 2000 en la Cuarta Fiscalia Provincial Penal de MORDAZA, fecha en la cual el magistrado denunciado se encontraba a cargo de la Fiscalia Provincial de Bambamarca desde el 2 hasta el 31 de marzo del 2000, tambien lo es que de las instrumentales obrantes a fs. 346/351, 327/329, 360 y 357, se determina con meridiana claridad que dicha denuncia fue presentada en la fecha MORDAZA citada ante la Fiscalia a su cargo, en la cual se encontraba de turno la Primera Fiscalia Provincial Penal; mas aun cuando la denuncia recien fue registrada en el cuaderno de ingreso de denuncias de dicha Fiscalia el 11 de MORDAZA del 2000, tal como aparece de la instrumental obrante a fs. 54, que siendo ello asi, se ha dado el elemento subjetivo -dolo- en la conducta del magistrado denunciado al haber usurpado funciones que no le correspondian; Por otro lado, respecto al delito de Abuso de Autoridad, no se dan los presupuestos que establece el Art. 376º del Codigo Penal, toda vez que el magistrado denunciado no ha cometido u ordenado un acto arbitrario en perjuicio del denunciante, pues si bien es MORDAZA este fue absuelto de la acusacion fiscal, ello no implica que los hechos incriminados no debian ser investigados, MORDAZA cuando en el MORDAZA se han respetado los principios constitucionales del debido MORDAZA y la doble instancia, que siendo ello asi, no es viable declarar fundado el recurso de apelacion en este extremo; En consecuencia, no enervando los fundamentos de la Resolucion materia de alzada, los argumentos expuestos en el recurso de apelacion interpuesto y de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 159º de la Constitucion Politica del Peru, Decreto Legislativo Nº 052 -Ley Organica del Ministerio Publico-; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar FUNDADO en parte el Recurso de Apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra la Resolucion Nº 1250 expedida por la Fiscalia Suprema de Control Interno; en consecuencia declarar Fundada en parte la denuncia seguida contra el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Provincial Provisional de la Cuarta Fiscalia Provincial Penal de MORDAZA, por el delito de Usurpacion de Funciones, Confirmandose en lo demas que contiene; por tanto remitanse los actuados a la Fiscalia Superior llamada por ley, para que proceda de acuerdo a sus atribuciones, declarandose agotada la via administrativa con la presente resolucion. Articulo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolucion de los senores Presidentes de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, del Consejo Nacional de la Magistratu-

Designan Gerente de Auditoria Interna
RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 261-2002-MP-FN
MORDAZA, 14 de febrero de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de la Fiscalia de la Nacion Nº 0076-2002-MP-FN de fecha 16 de enero del 2002 se designo la Comision encargada de llevar a cabo el MORDAZA de concurso de meritos, con caracter publico para la cobertura de la plaza de Gerente de Auditoria Interna del Ministerio Publico, de conformidad a lo establecido en el numeral 10 de la Directiva Nº 13-2000-CG/OATJ "Ejercicio de la Auditoria Interna en las Entidades Sujetas al Ambito de Control", aprobada por Resolucion de Contraloria Nº 261-2000-CG; Que, a traves del acta de fecha 11 de febrero del 2002 suscrita por el Gerente General, Gerente Central de Personal y ratificada por la Fiscal de la Nacion, resulto ganador del concurso publico de meritos el senor CPC MORDAZA F. MORDAZA MORDAZA, siendo necesario designarlo en el cargo de Gerente de Auditoria Interna del Ministerio Publico; De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 64º del Decreto Legislativo Nº 052 - Ley Organica del Ministerio Publico; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DESIGNAR a partir de la fecha al senor CPC MORDAZA F. MORDAZA MORDAZA en el cargo de Gerente de Auditoria Interna del Ministerio Publico, nivel remunerativo de Gerente Central. Articulo Segundo.- REMITIR MORDAZA autenticada de la presente resolucion a la Contraloria General de la Republica, a la Gerencia General del Ministerio Publico y al interesado para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion 3160

Declaran fundada en parte denuncia contra fiscal provincial provisional penal de MORDAZA por presunta comision de delito de Usurpacion de Funciones
RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 262-2002-MP-FN
MORDAZA, 14 de febrero de 2002 VISTO: El Recurso de Apelacion de fecha 27 de setiembre del 2001 interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra la