Norma Legal Oficial del día 26 de julio del año 2020 (26/07/2020)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano / Domingo 26 de julio de 2020

NORMAS LEGALES

29

ANEXO ORDENANZA MUNICIPAL PARA EL PROGRAMA DE VIVIENDA DE VENTANILLA - PROVIVE, Y ESTABLECE LOS PROCEDIMIENTOS VINCULADOS AL PROGRAMA "TECHO PROPIO", EN LAS MODALIDADES DE "CONSTRUCCIÓN EN SITIO PROPIO" Y "MEJORAMIENTO DE VIVIENDA", EN EL DISTRITO DE VENTANILLA Artículo 1.- OBJETO. El objeto de la presente Ordenanza consiste en aprobar una nueva normativa local para el Programa de Vivienda de Ventanilla -PROVIVE, estableciéndose un procedimiento simplificado a efectos que los propietarios de las viviendas que hayan sido declarados elegibles para el Bono Familiar Habitacional, dentro del Programa Techo Propio soliciten y obtengan la Licencia de Edificación y Conformidad de Obra bajo las modalidades de Construcción en Sitio Propio" y "Mejoramiento de Vivienda", así como las Entidades Técnicas soliciten y obtengan la de aprobación, incorporación o adquisición de proyectos de vivienda de interés social del Banco Municipal de Proyectos de Vivienda.

Artículo 2.- ALCANCES Y ÁMBITO DE APLICACIÓN. La presente Ordenanza comprende a los propietarios de los predios o viviendas ubicadas en el distrito de Ventanilla, cuyo derecho de propiedad se encuentre debidamente inscrito ante los Registros Públicos, y hayan sido declarados elegibles por el Estado para el Bono Familiar Habitacional; y a las Entidades Técnicas acreditadas ante el Fondo MIVIVIENDA S. A. Artículo 3.- ÓRGANOS COMPETENTES. El órgano competente para llevar a cabo los procedimientos establecidos en la presente Ordenanza es la Subgerencia de Obras privadas, que actúa en primera instancia administrativa; siendo que la Gerencia de Desarrollo Urbano e Infraestructura conocerá del procedimiento respectivo, en segunda y última instancia administrativa. Artículo 4.- VIGENCIA. La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación, y vencerá el 31 de diciembre del año 2020.

COMUNICADO
REQUISITOS PARA PUBLICAR EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES DURANTE LA EMERGENCIA SANITARIA
Se comunica a las entidades públicas que durante la emergencia sanitaria se recibirán sólo en modo virtual las solicitudes de publicaciones en la Separata de Normas Legales, para lo cual deberá tomarse en cuenta lo siguiente: La documentación a publicar se recibirá mediante correo electrónico de lunes a viernes, de 8:30 am a 5.30 pm. Sábados, domingos y feriados se recibirán únicamente publicaciones para el día siguiente y en el horario de 8:30 am a 5.30 pm. 2. La persona con firma registrada ante la Gerencia de Publicaciones Oficiales, enviará la solicitud de publicación desde su cuenta de correo institucional a la siguiente cuenta electrónica: normaslegales@ editoraperu.com.pe. 1. 3. En el correo institucional se deberá adjuntar lo siguiente: a) Oficio firmado y escaneado dirigido al Gerente de Publicaciones Oficiales, en el que solicita la publicación de las normas que se indican. b) Dispositivo legal a publicar escaneado en un único PDF y debidamente refrendado. c) Archivos electrónicos de los documentos a publicar. El oficio y dispositivo legal podrán ser firmados digitalmente. Si no se cuenta con firma digital, debe consignarse sello y firma manual del funcionario autorizado. 4. Para todo dispositivo legal, con o sin anexos, el contenido del archivo o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL DOCUMENTO ORIGINAL IMPRESO que se entrega para su publicación. Cada entidad pública se hará responsable del contenido de los archivos electrónicos que entrega para su publicación. En caso se requiera una cotización del dispositivo legal, deberá enviarse un archivo al correo electrónico cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe. Todo documento que contenga tablas deberá ser trabajado en una hoja de cálculo de Excel, de acuerdo al formato original y sin justificar. El texto deberá ser redactado en formato Word; en caso incluya gráficos, estos deberán ser trabajados en formato PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises. Las publicaciones de normas legales, cotizadas y pagadas al contado, se efectuarán conforme a las medidas facturadas al cliente, pudiendo existir una variación de +/- 5% como resultado de la diagramación final. Este comunicado rige para las entidades públicas que no usan el Portal de Gestión de Atención al Cliente - PGA. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES

5. 6. 7. 8.