Norma Legal Oficial del día 26 de julio del año 2020 (26/07/2020)


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NORMAS LEGALES

Domingo 26 de julio de 2020 /

El Peruano

Que, la Secretaría Técnica mediante Acta de Evaluación de fecha 10 de marzo de 2020, ha considerado pertinente aceptar la inscripción de la señora Marisol Yanqui Huamán, postulante a Corredor de Seguros Generales y de Personas, con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro, aprobado mediante Resolución S.B.S. Nº 3814-2018 de fecha 02 de octubre de 2018, concluyéndose el proceso de evaluación; Que, la solicitante ha cumplido con los requisitos formales y procedimientos establecidos en el Reglamento y en el citado Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 26702 y sus modificatorias ­ Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y en el Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA de esta Superintendencia aprobado por Resolución S.B.S. Nº 1678-2018; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la inscripción de la señora Marisol Yanqui Huamán, con matrícula numero N-4897, en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas, Sección III De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de Personas; y, a cargo de esta Superintendencia. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MELGAR ROMARIONI Secretario General 1873449-1

Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA de esta Superintendencia aprobado por Resolución S.B.S. Nº 1678-2018; Estando a lo opinado por el Departamento de Registros; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 26702 y sus modificatorias ­ Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y, en el Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA de esta Superintendencia aprobado por Resolución S.B.S. Nº 1678-2018; RESUELVE: Artículo Primero.- Cancelar la inscripción del señor Roberto Javier Almandoz Lara con matrícula G-0160, en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas: Sección III De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de Persona; por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- La cancelación del registro a que se refiere el artículo primero de la presente Resolución no exime al señor Roberto Javier Almandoz Lara del cumplimiento de las obligaciones que haya contraído con terceros, con anterioridad a la fecha de la presente Resolución. Artículo Tercero.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MELGAR ROMARIONI Secretario General 1873267-1

Cancelan inscripción de persona natural en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas
RESOLUCIÓN SBS Nº 1763-2020 Lima, 3 de julio de 2020 EL SECRETARIO GENERAL VISTA: La solicitud presentada por el señor Roberto Javier Almandoz Lara, respecto a la cancelación de su inscripción en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas (Registro): Sección III De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de Persona, con matrícula G-0160; y, CONSIDERANDO: Que, el señor Roberto Javier Almandoz Lara, solicita la cancelación de su inscripción en el Registro por las razones expuestas en la comunicación que obra en su expediente; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos establecidos por el artículo 22º del Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas, aprobado por Resolución S.B.S. Nº 808-2019, y en el procedimiento Nº 150 del

GOBIERNOS REGIONALES

GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS
Autorizan transferencia financiera a favor de diversas municipalidades distritales, para la ejecución de obras
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 009-2020-GRA/CR-SE. POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Amazonas, en Sesión Extraordinaria Nº 006, llevada a cabo de manera virtual el día viernes 26 de junio de 2020 a las 16:48 de la tarde, en los domicilios legal de cada uno de los consejeros regionales por el "Aislamiento Social Obligatorio" dispuesto por el Gobierno Central mediante Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM; VISTO: El Oficio Nº 700-2020-G.R. AMAZONAS/GR de fecha 25 de junio de 2020, mediante el cual el Sr. Gobernador Regional de Amazonas se dirige a la Consejera Delegada del Consejo Regional de Amazonas, solicitando convocar a una Sesión Extraordinaria con la finalidad de autorizar la suscripción de convenios y la Transferencia Presupuestal en favor de las Municipalidades de: CHILIQUÍN, FLORIDA, INGUILPATA, LEVANTO, MAGDALENA; MARISCAL CASTILLA, RECTA SAN FRANCISCO DEL YESO, YAMBRASBAMBA, SANTO TOMÁS, ARAMANGO, JALCA GRANDE, LA PECA, LEYMEBAMBA, SAN CRISTÓBAL, SAN PEDRO DE MAYNO Y SAN JERÓNIMO; y,