Norma Legal Oficial del día 26 de julio del año 2020 (26/07/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

Domingo 26 de julio de 2020 /

El Peruano

Visto, el Expediente N° 20-020384-001, que contiene la Nota Informativa Nº 102-2020-CDC, el Memorando Nº 830-2020-CDC/MINSA y el Informe Nº 013-2020-UVEDHCDC/MINSA, del Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades; y, el Informe N° 727-2020-OGAJ/MINSA, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, los numerales I y II del Título Preliminar de la Ley N° 26842, Ley General de Salud, señalan que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo, por lo que la protección de la salud es de interés público; Que, los numerales 1), 3) y 5) del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, disponen como ámbito de competencia del Ministerio de Salud, la salud de las personas; epidemias y emergencias sanitarias; e, inteligencia sanitaria, respectivamente; Que, el artículo 4 del precitado Decreto Legislativo, contempla que el Sector Salud, está conformado por el Ministerio de Salud, como organismo rector, las entidades adscritas a él y aquellas instituciones públicas y privadas de nivel nacional, regional y local, y personas naturales que realizan actividades vinculadas a las competencias establecidas en la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, y que tienen impacto directo o indirecto en la salud, individual o colectiva; Que, los literales b) y h) artículo 5 del acotado Decreto Legislativo, modificado por Decreto Legislativo Nº 1504, Decreto Legislativo que fortalece al Instituto Nacional de Salud para la Prevención y Control de las Enfermedades, establecen que son funciones rectoras del Ministerio de Salud, formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial de promoción de la salud, prevención y control de enfermedades, recuperación, rehabilitación en salud, tecnologías en salud y buenas prácticas en salud, bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno, así como dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de la política nacional y políticas sectoriales de salud; Que, el artículo 119 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2017-SA, establece que el Centro de Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades es el órgano desconcentrado del Ministerio de Salud, dependiente del Viceministerio de Salud Pública, responsable de gestionar los procesos de vigilancia epidemiológica e inteligencia sanitaria, así como demás funciones establecidas en la normatividad vigente; Que, asimismo, el literal a) del artículo 120 del referido Reglamento, dispone que el Centro de Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades tiene como función formular, proponer e implementar normas, lineamientos, documentos normativos en materia de Vigilancia Epidemiológica en Salud Pública y Análisis de Situación de Salud; Que, con Resolución Ministerial Nº 179-2005/MINSA, se aprueba la NT Nº 026-MINSA/OGE-V.01 "Norma Técnica de Vigilancia Epidemiológica de las Infecciones Intrahospitalarias"; Que, en ese sentido, el Centro de Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades ha elaborado la Norma Técnica de Salud para la Vigilancia de las Infecciones Asociadas a la Atención de la Salud, cuya finalidad es contribuir a la prevención de las infecciones asociadas a la atención de la salud (IAAS), mediante la generación de información oportuna para la toma de decisiones; Estando a lo propuesto por el Centro de Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades; Con el visado del Director General del Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades, del Jefe del Instituto Nacional de Salud, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, de la Viceministra de Salud Pública y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud, y;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, modificado por el Decreto Legislativo N° 1504, Decreto Legislativo que fortalece al Instituto Nacional de Salud para la Prevención y Control de las Enfermedades y por la Ley N° 30895, Ley que fortalece la función rectora del Ministerio de Salud; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2017-SA, modificado por Decretos Supremos N° 011-2017-SA y N° 032-2017-SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la NTS N° 163-MINSA/2020/ CDC, Norma Técnica de Salud para la Vigilancia de las Infecciones Asociadas a la Atención de la Salud, que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Derogar la Resolución Ministerial Nº 179-2005/MINSA, que aprueba la NT Nº 026-MINSA/ OGE-V.01 "Norma Técnica de Vigilancia Epidemiológica de las Infecciones Intrahospitalarias". Artículo 3.- Encargar a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General la publicación de la presente Resolución Ministerial en el portal institucional del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. PILAR ELENA MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 1873534-1

Designan Jefa de Equipo del Despacho Ministerial
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 524-2020-MINSA Lima, 25 de julio del 2020 CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Secretarial N° 72-2020-MINSA, de fecha 08 de junio de 2020, se aprobó el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Administración Central del Ministerio de Salud, en el cual el cargo de Jefe/a de Equipo (CAP ­ P Nº 11) del Despacho Ministerial del Ministerio de Salud se encuentra clasificado como cargo de confianza y en condición de vacante; Que, en tal sentido se ha visto por conveniente designar a la profesional que ejercerá el cargo en mención; Con el visado del Director General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y de la Secretaria General; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, modificado por la Ley Nº 30895, Ley que fortalece la función rectora del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señora ESTELA AURORA ROEDER CARBO, en el cargo de Jefa de Equipo (CAP ­ P Nº 11), Nivel F-3, del Despacho Ministerial del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. PILAR ELENA MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 1873534-2