Norma Legal Oficial del día 16 de febrero del año 2020 (16/02/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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NORMAS LEGALES

Domingo 16 de febrero de 2020 /

El Peruano

Artículo 4. Modificación del artículo 13 de la Resolución de Superintendencia N.º 271-2019/SUNAT Modifícase el párrafo 13.1 del artículo 13 de la Resolución de Superintendencia N.º 271-2019/SUNAT, en los siguientes términos: "Artículo 13. Lugares para presentar la Declaración y efectuar el pago de regularización del Impuesto y del ITF 13.1 La presentación de la Declaración puede realizarse a través de SUNAT Virtual o el APP Personas SUNAT, según corresponda. En caso se presenten situaciones que inhabiliten temporalmente SUNAT Virtual, los sujetos obligados a presentar su Declaración mediante el Formulario Virtual N.º 710: Renta Anual ­ Simplificado ­ Tercera Categoría o el Formulario Virtual N.º 710: Renta Anual ­ Completo ­ Tercera Categoría e ITF podrán excepcionalmente efectuar dicha presentación mediante el PDT N.º 710 en los lugares fijados por la SUNAT para efectuar la declaración de sus obligaciones tributarias o en las sucursales o agencias del Banco de la Nación autorizadas a recibir sus declaraciones, según corresponda." DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera. Vigencia La presente resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial "El Peruano". Segunda. Declaración sustitutoria y rectificatoria La Declaración presentada mediante el Formulario Virtual N.º 709 ­ Renta Anual ­ Persona Natural, a través del APP Personas SUNAT, solo puede sustituirse o rectificarse presentando dicho formulario a través de SUNAT Virtual. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ENRIQUE VERA CASTILLO Superintendente Nacional (e) 1855576-1

3 de enero del presente año; designando a la abogada María Mercedes Domínguez Huamán como Jueza del 1º Juzgado Penal Unipersonal de Jaén, en mérito a que este Órgano de Gobierno aceptó la renuncia del señor Gonzalo Guillermo Espinoza Polo. Tercero. Que, no obstante ello, por Resolución Administrativa Nº 004-2020-P-CE-PJ, del 6 de enero del año en curso, se dispuso el cese por límite de edad, a partir del 11 del mismo mes y año, del mencionado juez; en mérito a la información remitida por la Gerencia General del Poder Judicial. Cuarto. Que, en tal sentido, teniendo en consideración el primer acto administrativo emitido, es menester disponer las medidas administrativas pertinentes. En consecuencia; el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, RESUELVE: Artículo Único.- Dejar sin efecto la Resolución Administrativa Nº 004-2020-P-CE-PJ, de fecha 6 de enero del año en curso, que dispuso el cese por límite de edad, a partir del 11 de enero del año en curso, del señor Gonzalo Guillermo Espinoza Polo en el cargo de Juez Especializado Penal titular de Jaén, Distrito Judicial de Lambayeque. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO Presidente 1856006-1

Imponen la medida disciplinaria de destitución a Asistente Judicial del Quincuagésimo Tercer Juzgado Especializado Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima
INVESTIGACIÓN Nº 427-2013-LIMA Lima, siete de agosto de dos mil diecinueve.-

PODER JUDICIAL

VISTA: La Investigación número cuatrocientos veintisiete guión dos mil trece guión Lima que contiene la propuesta de destitución del señor Hugo Velásquez Ruiz, por su desempeño como Asistente Judicial del Quincuagésimo Tercer Juzgado Especializado Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima, remitida por la Jefatura de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial mediante resolución número veintiuno, de fecha dieciséis de abril de dos mil dieciocho; de fojas trescientos sesenta y nueve a trescientos setenta y siete; y, el recurso de apelación interpuesto por el investigado contra la misma resolución, en el extremo que dispuso la medida cautelar de suspensión preventiva en el ejercicio de todo cargo en el Poder Judicial, hasta que se resuelva en definitiva su situación jurídica ante la instancia correspondiente. Oído el informe oral. CONSIDERANDO: Primero. Que en mérito de la queja formulada por el señor Marcial Melgarejo López con fecha once de setiembre de dos mil trece, de fojas uno a seis, se puso en conocimiento de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial las presuntas conductas disfuncionales incurridas por el señor Hugo Velásquez Ruiz, en su actuación como Asistente Judicial del Quincuagésimo Tercer Juzgado Especializado Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima, en la tramitación del Expediente número veintiún mil ciento treinta y cuatro guión dos mil doce seguido contra el mencionado quejoso, por el delito de estafa en la modalidad de defraudación, en agravio de la Empresa Promotora IMAITA Sociedad Anónima

CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Dejan sin efecto la Res. Adm. Nº 004-2020-P-CE-PJ, que dispuso el cese por límite de edad de Juez Especializado Penal titular de Jaén, Distrito Judicial de Lambayeque
PRESIDENCIA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 017-2020-P-CE-PJ Lima, 6 de febrero de 2020 CONSIDERANDO: Primero. Que mediante Resolución Administrativa Nº 001-2020-P-CE-PJ, de fecha 3 de enero del presente año, se aceptó a partir del 6 de enero último la renuncia del señor Gonzalo Guillermo Espinoza Polo al cargo de Juez Especializado titular del Primer Juzgado Penal Unipersonal de Jaén, Distrito Judicial de Lambayeque. Segundo. Que, al respecto, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque emitió la Resolución Administrativa Nº 008-2020-P-CSJLA/PJ, del