Norma Legal Oficial del día 02 de agosto del año 2020 (02/08/2020)
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TEXTO DE LA PÁGINA 15
El Peruano / Domingo 2 de agosto de 2020
NORMAS LEGALES
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tipificada en el Código F1 del Anexo 2 de la Tabla de Infracciones y Sanciones del citado reglamento serán de cargo del propietario del vehículo; Que, en ese contexto, mediante Informe N° D0000492020-SUTRAN-OA, la Oficina de Administración formula la propuesta para la aprobación del tarifario de Gastos por el servicio de guardianía y remolque de vehículos (Grúa), derivados del internamiento vehicular en el depósito de Sutran; y determina los costos por concepto de dichos servicios, conforme a la información proporcionada por la Unidad de Recursos Humanos y la Unidad de Abastecimiento; Que, mediante Informe N° D000047-2020SUTRAN-GEN la Gerencia de Estudios y Normas opina de forma favorable sobre la propuesta de costos por servicio de guardianía y remolque de vehículos (grúa) derivados del internamiento de vehículos, conforme a lo formulado por la Oficina de Administración; Que, mediante Informe N° D000130-2020-SUTRANUPM, la Unidad de Planeamiento y Modernización emite opinión técnica favorable para aprobación de la propuesta de tarifario que establezca la obligación por parte de los administrados afectados por el internamiento de vehículos en los depósitos de la SUTRAN por aplicación de medidas preventivas o complementarias derivadas de acciones de fiscalización de la Entidad; opinión que es compartida por la Oficina de Planeamiento y Presupuestos, como es de verse en el Memorando N° 000291-2020-SUTRAN-OPP; Que, a través del Informe N° D000223-2020SUTRAN-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica opina que resulta viable la aprobación del tarifario de "Gastos por el servicio de guardianía y remolque de vehículos (Grúa), derivados del internamiento vehicular en el depósito de Sutran", por aplicación de una medida preventiva o complementaria como consecuencia de acciones de fiscalización; Que, de conformidad con Ley de Creación de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías SUTRAN, Ley N° 29380, y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Sutran, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2015MTC; Contando con los vistos buenos de la Gerencia de Estudios y Normas, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y la Oficina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1.- APROBAR el tarifario de "Gastos por el servicio de guardianía y remolque de vehículos (Grúa), derivados del internamiento vehicular en el depósito de Sutran", por aplicación de una medida preventiva, complementaria o accesoria, como consecuencia de acciones de fiscalización, conforme al siguiente detalle:
Servicio Servicio de guardianía de vehículos livianos (M1, M2, N1 y N2). Servicio de guardianía de vehículos pesados (M3 y N3, O1, O2, O3 y O4). Servicio de remolque (Grúa). Monto S/ 17.60 70.30 216.02
Terrestre de Personas, Carga y Mercancías Sutran (www.sutran.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE LUIS BELTRAN CONZA Gerente Gerencia General 1874810-1
ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS
COMISION DE PROMOCION DEL PERU PARA LA EXPORTACION Y EL TURISMO
Designan Gerente General de PROMPERÚ
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 28-2020-PROMPERÚ/PE Lima, 31 de julio de 2020 CONSIDERANDO: Que, el artículo 14 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo PROMPERÚ aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 060-2019-PROMPERÚ/PE, precisa que la Gerencia General es el máximo órgano administrativo de la Entidad; Que, conforme al Cuadro para Asignación de Personal Provisional CAP Provisional de PROMPERÚ, aprobado por Resolución Ministerial N° 107-2020-MINCETUR, el cargo de Gerente General de PROMPERÚ es un cargo de confianza; Que, mediante el artículo 2 de la Resolución N° 009-2020-PROMPERÚ/PE, se dispuso que el señor Luis Torres Paz asuma las funciones del cargo de Gerente General señaladas en el ROF de PROMPERÚ, hasta la designación de su titular; Que, encontrándose vacante el cargo de Gerente General de PROMPERÚ, es pertinente designar a la persona que ejercerá dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto en el literal h) del artículo 13° del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo PROMPERÚ; Con la visación de la Oficina de Recursos Humanos y de la Oficina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dejar sin efecto, a partir del 3 de agosto de 2020, el artículo 2 de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 009-2020-PROMPERÚ/PE, de fecha 17 de enero del 2020, mediante la cual se dispuso que el señor Luis Torres Paz asuma las funciones del cargo de Gerente General de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo PROMPERÚ, hasta la designación de su titular. Artículo 2.- Designar, a partir del 3 de agosto de 2020, al señor Javier Miguel Masias Astengo, en el cargo de Gerente General de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo PROMPERÚ. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALBERTO TORRES PAZ Presidente Ejecutivo 1874809-1
Artículo 2.- DISPONER que la Gerencia de Procedimientos y Sanciones realice las acciones que considere pertinentes a fin de implementar, verificar y ejecutar lo dispuesto en la presente resolución. Artículo 3.- NOTIFICAR la presente Resolución a la Superintendencia, la Gerencia de Procedimientos y Sanciones, la Oficina de Administración y la Oficina de Asesoría Jurídica, para su conocimiento y fines. Articulo 4.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano y en el Portal Institucional de la Superintendencia de Transporte