Norma Legal Oficial del día 10 de septiembre del año 2019 (10/09/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES

Martes 10 de setiembre de 2019 /

El Peruano

Fiscal Adjunta Provincial Titular de Prevención del Delito de Bagua, Distrito Fiscal de Amazonas, por incompatibilidad en razón de matrimonio, al Distrito Fiscal del Lambayeque. Artículo Segundo.- Dar por concluida la designación de la abogada Patricia Justina Coronado Rioja, Fiscal Adjunta Provincial Titular de Prevención del Delito de Bagua, Distrito Fiscal de Amazonas, en el Despacho de la Fiscalía Provincial Especializada en Prevención del Delito de Bagua, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 5315-2014-MP-FN, de fecha 12 de diciembre de 2014. Artículo Tercero.- Designar a la abogada Patricia Justina Coronado Rioja, Fiscal Adjunta Provincial Titular de Prevención del Delito de Bagua, Distrito Fiscal de Amazonas, en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial de Prevención del Delito de Chiclayo, Distrito Fiscal del Lambayeque. Artículo Cuarto.- Poner la presente resolución a conocimiento de la Junta Nacional de Justicia, a efectos de que, en su oportunidad, extienda un nuevo título a la abogada Patricia Justina Coronado Rioja, como Fiscal Adjunta Provincial Titular de Prevención del Delito de Chiclayo, Distrito Fiscal de Lambayeque, conforme a lo señalado en la parte considerativa y en el artículo tercero de la presente resolución. Artículo Quinto.- Poner la presente resolución a conocimiento de la Junta Nacional de Justicia, a efectos de que disponga la exclusión de la plaza de Fiscal Adjunto Provincial Titular de Prevención del Delito de Chiclayo, Distrito Fiscal de Lambayeque, de futuras convocatorias a concursos o las que pudiesen reanudarse. Artículo Sexto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Amazonas y Lambayeque, Gerencia General, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y a la abogada mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese. ZORAIDA AVALOS RIVERA Fiscal de la Nación 1805342-13

Potencial Humano, Oficina de Control de la Productividad Fiscal, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y a los fiscales mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese. ZORAIDA AVALOS RIVERA Fiscal de la Nación 1805342-14 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 2421-2019-MP-FN Lima, 9 de setiembre de 2019 VISTO Y CONSIDERANDO: El oficio Nº 671-2019-MP-FN-PJFSAPURIMAC, cursado por el abogado Wilber Aguilar Vega, Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Apurímac, mediante el cual eleva la propuesta para cubrir la plaza de Fiscal Adjunto Provincial, para el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Andahuaylas, la misma que, a la fecha, se encuentra vacante; y, en consecuencia se hace necesario nombrar al fiscal que ocupe provisionalmente dicho cargo, previa verificación de los requisitos de Ley. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Nombrar al abogado Jarol Avila Sequeiros, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Apurímac, designándolo en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Andahuaylas, con reserva de su plaza de origen. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Apurímac, Gerencia General, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y al fiscal mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese.

RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 2420-2019-MP-FN Lima, 9 de setiembre de 2019 VISTOS Y CONSIDERANDO: El oficio Nº 253-2019-MP-FN-PJFSAPURIMAC, así como el informe Nº 06-2019-MP-FN-PJFSAPURÍMAC, cursados por el abogado Wilber Aguilar Vega, Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Apurímac. Estando a lo expuesto en los mencionados documentos y de conformidad con lo establecido en el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento del abogado Roberto Arturo Reyes Gámez, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Apurímac, y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial de Prevención del Delito de Abancay, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1088-2015-MP-FN, de fecha 30 de marzo de 2015. Artículo Segundo.- Nombrar a la abogada Roxana Raisa Cáceres Kari, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Apurímac, designándola en el Despacho de la Fiscalía Provincial de Prevención del Delito de Abancay, con reserva de su plaza de origen. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Apurímac, Gerencia General, Oficina General de

ZORAIDA AVALOS RIVERA Fiscal de la Nación 1805342-15 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 2422-2019-MP-FN Lima, 9 de setiembre de 2019 VISTOS Y CONSIDERANDO: El oficio Nº 794-2019-MP-FN-PJFSAPURIMAC, cursado por el abogado Wilber Aguilar Vega, Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Apurímac, mediante el cual eleva la propuesta para cubrir la plaza de Fiscal Adjunto Provincial, para el Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Distrito Fiscal de Apurímac, la misma que, a la fecha, se encuentra vacante, así como la propuesta para el reemplazo de la plaza que se genere; y, el oficio Nº 7952-2019-MP-FN-FSNC-EDCF, suscrito por el abogado Octaviano Omar Tello Rosales, Coordinador Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, a través del cual ratifica el pedido efectuado por el Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Apurímac; en consecuencia, se hace necesario nombrar al fiscal que ocupe provisionalmente dicho cargo, previa verificación de los requisitos de Ley. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público.